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Autor: Confianz

  • Entrevista a Manuel Urrutia en Estrategia Empresarial

    La publicación Estrategia Empresarial ha realizado una entrevista a Manuel Urrutia, CEO de Confianz, sobre los actuales movimientos en el mercado M&A (fusiones y adquisiciones).

    De nuevo, nuestra firma se convierte en fuente de información de referencia  para tratar temas relacionados con Corporate.

    A lo largo de la entrevista realizada por la periodista Beatriz Itza, Manuel Urrutia desarrolla por qué estas operaciones suponen una oportunidad para la continuidad de las  empresas  y analiza las principales tendencias por las que se regirá el mercado durante los próximos meses.

    La entrevista completa aquí.

     

  • Due Diligence Financiera: en qué consiste y cómo se lleva a cabo

    ¿Qué es una Due Diligence Financiera?

    La due diligence financiera es un procedimiento que se lleva a cabo durante la compraventa de empresas. Se trata de una revisión exhaustiva de los datos financieros de la empresa objeto de adquisición con el fin de garantizar que no existen contingencias de ningún tipo. De esta forma, gracias a este estudio previo es posible tener una radiografía completa de la situación contable, legal, mercantil y fiscal de la empresa que va a ser comprada.

     

    ¿Quién lleva a cabo la Due Diligence Financiera?

    La Due Diligence financiera la realizan asesores externos ajenos a la empresa tanto compradora como vendedora. Este análisis se lleva a cabo de forma totalmente imparcial, una vez que ambas partes han firmado el acuerdo de intenciones de compraventa.

    De esta forma, el inversor obtendrá una visión real y justa de cualquier contingencia que pueda tener la empresa en todas las áreas. Igualmente, podrá evaluar los riesgos de compra y comprobar que las condiciones pactadas no se ven alteradas por ningún factor derivado de esta revisión.

     

    ¿Cuándo se pone en marcha?

    Por norma general, la Due Diligence se inicia cuando ambas partes intervinientes en la compraventa de la sociedad firman el acuerdo de intenciones. En ese momento es cuando los asesores externos del inversor comienzan el proceso. En caso de que se trate de una Due Diligence de venta, será la parte vendedora quien realizará este estudio incluso antes de anunciar la venta de la compañía.

     

    ¿Cómo se lleva a cabo una Due Diligence financiera?

    Este procedimiento, cuya prioridad será profundizar en el aspecto financiero del negocio a analizar, se divide en las siguientes fases:

    Planificación. Es la etapa inicial y el momento en el que se define el alcance de la Due Diligence entre el asesor externo y el cliente. Se planifica una programación del trabajo a realizar, estableciendo un calendario de entrega de documentación por la empresa a ser estudiada.

    Ejecución. Es la fase en la que se recopila y analiza toda la información recogida sobre la empresa investigada. Para ello es necesario mantener una comunicación constante con la empresa de cara a obtener los siguientes datos:

    • El funcionamiento del negocio y su evolución en el tiempo.
    • Los resultados que ha conseguido en un periodo de tiempo determinado.
    • Los gastos derivados de la empresa (personal, explotación etc.), las ventas y el EBITDA. Todo ello para conocer la rentabilidad de la empresa.
    • Los activos y pasivos de la compañía para identificar cualquier activo sobrevalorado o infravalorado.
    • Un estudio detallado de las inversiones de la empresa.
    • Análisis de la deuda a corto y largo plazo.
    • Análisis del flujo de caja para verificar la capacidad de la empresa para generar caja y cotejar la financiación que necesita la compañía.

    Un aspecto crucial de esta fase es la de garantizar la fiabilidad de la información que se facilite al asesor. En caso contrario, la base sobre la que se asiente la operación y la proyección financiera será incorrecta. ¿La consecuencia? Las conclusiones sobre la compraventa de la empresa estarían erradas y podría ocasionar la toma de una decisión equivocada por parte del inversor.

    Cierre. Es la última fase del procedimiento y cuando se presentan las conclusiones aglutinadas en un informe final. Este documento debe hacer hincapié en aquellos riesgos e incumplimientos detectados que pueden hacer cambiar de opinión al potencial comprador.

    Para facilitar la comprensión de este informe, es aconsejable que guarde la siguiente estructura:

    • Introducción. Recoge el objetivo de la Due Diligence, quien lo ha encargado y su alcance.
    • Resumen. Se detallan los aspectos críticos o hechos relevantes hallados durante el análisis de los datos.
    • Análisis desarrollado. En esta parte el asesor se explayará en cada una de las partes analizadas de una forma clara y sencilla para que la empresa solicitante pueda leerlo e interpretarlo sin dar lugar a equívocos.

    Si tienes cualquier duda sobre el proceso de compraventa de empresas, no dudes en escribirnos y consultarnos sobre cualquier aspecto. Tal y como hemos recogido en este artículo, se trata de un procedimiento algo complejo y con importantes implicaciones para ambas partes implicadas. Por ello, es recomendable contar con el apoyo de una consultoría especializada en este tipo de operaciones y analizar a fondo todos los detalles.

  • Cómo afecta el concurso de acreedores a la relación laboral con los empleados

    Tras un cierre de año complicado para muchas empresas, todo apunta a que el concurso de acreedores continuará siendo el gran protagonista del nuevo ejercicio. Ante esta perspectiva, desde Confianz queremos aportar nuestra experiencia en este ámbito y dar a conocer las implicaciones de este tipo de procedimientos para los empleados de una empresa.

     

    ¿El inicio del concurso de acreedores supone el fin del contrato de trabajo?

    Esta es una de las cuestiones que más dudas despierta. Para resolverla, determinemos en primer lugar qué implica la ejecución de este procedimiento.

    Así pues, la declaración del concurso de acreedores ocurre cuando la empresa en cuestión se encuentra en estado de insolvencia. Es decir, cuando no puede o prevé que no va a poder cumplir regularmente con las obligaciones económicas que se le exigen.

    Dada esta situación, la solicitud para iniciar este proceso puede ser realizada por la propia empresa (concurso voluntario) o por sus acreedores (concurso necesario). ¿Las opciones? Por un lado, acordar el pago de las deudas contraídas de algún modo viable para ambas partes. Por otro, liquidar la compañía en su totalidad y saldar así las deudas.

    Ahora bien, a pesar de que se dé este segundo caso, iniciar este procedimiento de liquidación no extingue por sí misma la relación laboral con los trabajadores. Todo lo contrario, la voluntad del legislador será la de no interrumpir la actividad de la empresa y, por tanto, tampoco la de los empleados que prestan sus servicios. Sin embargo, esto no significa que la compañía concursada no pueda despedir a sus trabajadores basándose en causas legales.

     

    ¿Qué ocurre cuando se trata de un despido colectivo?

    En los casos de despido colectivo, este podrá ser solicitado por el empleador concursado, la administración concursal o los trabajadores de la empresa mediante sus representantes legales. Una vez solicitado este proceso, el juez al cargo del procedimiento concursal de la empresa consultará a las partes legitimadas para solicitar el concurso.

    En caso de llegar a un acuerdo que logre la conformidad de la mayoría de los trabajadores, se procederá a indemnizar a los empleados correspondientes. No obstante, en caso contrario, el juez resolverá los despidos que considere conforme a la legislación y la situación de la compañía.

     

    En caso de que la empresa se declare insolvente durante el concurso de acreedores, ¿qué salario o indemnización recibirá el trabajador?

    Esta cuestión es muy recurrente entre los empleados de una compañía que inicia un concurso de acreedores. Sin embargo, la respuesta varía en función de la naturaleza de la deuda que contraiga la empresa. Analicemos la distinta casuística:

    • Los empleados tendrán derecho a recibir la totalidad de los salarios e indemnizaciones por despido devengados tras la declaración del concurso. Igualmente, también podrán percibir aquellos salarios correspondientes a los 30 días de trabajo realizados con anterioridad a la declaración del procedimiento concursal. Siempre y cuando la cuantía total no supere el doble del salario mínimo interprofesional.
    • En lo que respecta a los salarios pendientes de cobro anteriores al inicio de la declaración, el trabajador podrá percibir la cuantía resultante de la multiplicación del triple del salario mínimo interprofesional por el número de días de salario aplazados.
    • En caso de que, como consecuencia del estado de insolvencia de la empresa, el trabajador no pueda recibir estas cuantías, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) abonará, parcialmente, tales importes impagados. El líquido a percibir por parte de FOGASA será de hasta el doble del salario mínimo interprofesional diario por el número de días pendientes de pago. Esta medida estará limitada a un máximo de 120 días.
    • Con respecto a las indemnizaciones por despido o extinción del contrato de trabajo, la entidad FOGASA podrá abonar al empleado el salario de hasta un año. Ahora bien, el sueldo diario del trabajador para realizar este cálculo anual no podrá exceder el doble del salario mínimo interprofesional. Esto incluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

    En Confianz contamos con un equipo de profesionales expertos en derecho laboral y concursal dispuestos a asesorar a cualquier trabajador que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en este post. No dudes en escribirnos y atenderemos tu caso.

  • Novedades fiscales para las pymes ante el cierre de 2020

    A punto de dejar atrás el último mes del año, las pymes afrontan ahora un momento de reflexión para el próximo ejercicio. Después de un año complicado provocado por la crisis sanitaria, desde Confianz recomendamos hacer un repaso a todas las novedades fiscales de cara a concluir correctamente este año fiscal.

     

    Cambios en el sistema de tributación

    Una de las principales novedades fiscales y consecuencia inmediata del estado de alarma ha sido la posibilidad única de tributar por estimación directa en lugar de por módulos. Esta particularidad tiene su origen en la reducción excepcional de los ingresos que han sufrido muchas pymes durante este año. Como consecuencia, las empresas que encajen en esta categoría deberán elegir si el próximo año volverán a tributar mediante el sistema de estimación objetiva de nuevo. No obstante, todas las previsiones apuntan a que el sistema de cotización por ingresos reales puede llegar a convertirse en una realidad extensible a todas las organizaciones.

     

    Impuesto de Sociedades: liquidación en julio y noviembre

    Con el fin de dar un pequeño espaldarazo a las pymes españolas, desde la Agencia Tributaria han permitido a las pymes presentar el Impuesto de Sociedades durante el mes de julio aunque no se hubiesen aprobado las cuentas anuales. Esta condición, indispensable en condiciones normales, ha supuesto un respiro al tejido productivo español cuya situación económica no ha pasado por su momento más favorable. No obstante, en compensación por esta ayuda momentánea, las empresas han presentado de nuevo la declaración de este impuesto antes del pasado 30 de noviembre, en este caso con las cuentas anuales ya certificadas.

     

    Cambio en la información del domicilio fiscal

    El pasado mes de marzo se anunció un cambio relativo a la manera de informar sobre el domicilio fiscal en las empresas. Esto es, a partir de este año deberán separarse los datos que hagan referencia a este domicilio del resto de la información. Para ello, es recomendable comprobar estos datos en el borrador de la Declaración de la Renta que deberá cumplimentarse el próximo mes de abril referente a este año 2020.

     

    ERTE: exención de cuotas a la Seguridad Social

    Un aspecto importante a tener en cuenta y fruto directo de la crisis sanitaria es el siguiente. A pesar de que una determinada empresa continúe en ERTE una vez concluida la prórroga, debe considerar las implicaciones que haya tenido en sus cuentas hasta fin de año. Lógicamente, estas implicaciones dependerán del tipo de ERTE que haya llevado a cabo. Igualmente, será clave la fecha en la que se acogió la empresa a esta medida. En lo que respecta a este último punto es preciso saber a ciencia cierta que hemos comunicado de manera correcta tanto la declaración de ERTE como la reanudación de la actividad empresarial. Esto último en caso de que la compañía haya logrado ponerse en marcha de nuevo.

     

    Ayudas económicas durante el Estado de Alarma

    Los primeros meses del Estado de Alarma vinieron acompañados de distintos cambios y ayudas que afectaron a las empresas de nuestro país. En este sentido, las pymes pudieron acogerse a dos tipos de medidas:

    • Medidas en forma de ayudas económicas requeridas durante la pandemia como consecuencia directa de la paralización de actividad. ¿A qué hacen referencia estas ayudas? Créditos ICO, avales, préstamos concretos para hacer frente a los pagos mensuales…
    • Medidas de moratoria o exoneración de los pagos obligatorios. Una de las primeras ayudas que planteó el Gobierno fue el aplazamiento del pago de sus cuotas a la Seguridad Social durante seis meses.

    En definitiva, afrontar el cierre del año fiscal es una tarea ardua en circunstancias normales. Pero aún más en un contexto como el actual en el que las condiciones provocadas por la crisis sanitaria complican aún más esta labor. Por ello, por un lado es imprescindible recopilar toda la documentación importante. Por otro, revisar todas las novedades fiscales de cara a clarificar la situación fiscal de cada empresa al máximo posible.

  • Cómo garantizar la viabilidad de mi empresa en 2021

    La crisis provocada por la emergencia sanitaria avanza a pasos agigantados causando verdaderos contratiempos en la viabilidad empresarial de nuestro país. Prueba de ello son los miles de negocios que se han visto forzados a presentar concurso de acreedores, suspensión de pagos o declaración de quiebra. De hecho, según los últimos datos proporcionados por el INE, son ya casi 1678 las compañías que han optado por este tipo de procedimientos ante la imposibilidad de afrontar sus pagos y deudas.

    Según Manuel Urrutia, Socio y Director General de Confianz, “Para todas aquellas empresas de menor o mayor tamaño que están sufriendo de manera directa el impacto de la crisis, son necesarias medidas estructurales que garanticen su continuidad en el mercado. En tiempos de incertidumbre, hay quienes se niegan a aceptar riesgos y quienes no son tan reacios. Pero en todos los casos, mi recomendación es la de asumir el menor riesgo posible y poner sobre la mesa todo el abanico de posibilidades a nuestro alcance”.

    Una de cada dos pymes españolas cree que peligra su supervivencia en 2021, según indica el tercer barómetro realizado por la patronal Cepyme

    Ante esta situación, urge contar con nuevas medidas que complementen las ya adoptadas por el Gobierno. Medidas que garanticen la viabilidad empresarial del tejido productivo español para paliar los efectos negativos de la crisis.

    ¿Cuáles son las claves para garantizar la viabilidad empresarial en 2021?

    Manuel Urrutia explica los siguientes puntos a tener en cuenta.

    Financiación bancaria

    Hoy en día existen fórmulas de financiación que posibilitan que el acceso a un crédito no sea tan dificultoso como parece. Una alternativa a tener en cuenta pueden ser los créditos cuyos importes están limitados a un máximo de 25.000 euros con el fin de sostener aquellos proyectos que demuestren ser viables. Las condiciones de estos préstamos mejoran a las de los habituales. E incluso cuentan con un plazo de amortización máximo que puede llegar hasta los cinco años e intereses que rondan el 4%.

    Inversores privados

    Esta es la opción más recomendable para aquellas empresas que se encuentren en fases iniciales de desarrollo y se hayan visto forzadas a detener su plan de negocio debido a la pandemia. Estos inversores privados aportarán dinero al proyecto a cambio de una participación en el capital de la empresa con el fin de obtener una significativa plusvalía en un período de entre 3 y 7 años. Este tipo de inversores suelen decantarse por proyectos de carácter tecnológico y con un alto potencial de crecimiento.

    Ayudas y subvenciones para emprendedores

    No hay que olvidar la opción de acceder a subvenciones públicas, ya sean nacionales, autonómicas o municipales. Estas ayudas no suelen ser sencillas de conseguir dada su escasez y exigencia en los requisitos para obtenerlas. No obstante, pueden ser la mejor elección para aquellas empresas que estén vinculadas a áreas que la Administración quiera fomentar en el momento actual (digitalización, economía sostenible, industria 4.0…).

    Fondos de inversión

    Para aquellas compañías devaluadas por la crisis, los fondos de inversión pueden suponer opción viable para salir a flote de cara al próximo año. En este sentido, contar con la ayuda de un fondo inversor cumple un triple objetivo: la búsqueda externa de liquidez lejos de los bancos, un apoyo ante una necesidad de crecimiento o la profesionalización de la gestión empresarial.

    Durante los últimos meses, las operaciones de este tipo han aumentado de manera significativa. Es en tiempos de crisis cuando los fondos detectan las mejores oportunidades y se lanzan a por ellas a precios altamente competitivos. En estos momentos, los fondos se muestran muy interesados en aquellas empresas con un alto potencial pero que están cortas de efectivo.

    Reestructuración de la empresa

    Este tipo de procesos se hacen con la finalidad de hacer a las empresas más eficientes y competitivas en el mercado. Suelen enfocarse en la reducción de costes tras una crisis como la actual, pero también responden a la necesidad de adaptarse a cambios tecnológicos o de mercado. Esta reestructuración puede ser interna, para lograr una mayor eficiencia a nivel organizativo o financiera, cuando busca salvaguardar la viabilidad económica de la empresa a través de fusiones, adquisiciones y operaciones de este tipo.

    Previsión de gastos

    Es conveniente hacer una planificación lo más detallada posible de los cobros y pagos pendientes que nos permita anticipar posibles problemas de liquidez. Así conseguiremos tener un margen de maniobra lo suficientemente flexible para tomar medidas frente a una situación de insolvencia. Esto también nos permitirá acordar nuevas formas de pago a clientes y proveedores o incluso aplazar el pago de impuestos para no acabar ahogados.

    Reducir costes

    Este es uno de los puntos que mayor fricción genera dentro de una empresa. En términos generales, siempre es posible reducir de forma significativa los costes, sin la obligatoriedad de prescindir de los empleados.  Dependiendo de la actividad económica de la empresa, se pueden plantear desde soluciones para optimizar el stock, servicios de renting en lugar de comprar, rentabilizar las instalaciones de la empresa, eliminar aquellas líneas de negocio improductivas… Estos son algunas de los aspectos en los que es más sencillo incidir en primera instancia.

    Para que estas medidas encaminadas a asegurar viabilidad empresarial puedan ser ejecutadas, será crucial acompañarlas de un importante seguimiento a la viabilidad de la empresa que incorpore una visión integral del negocio centrada en asegurar el cumplimiento exhaustivo del business plan.

  • Nuevo reconocimiento del ranking Leaders League para Confianz

    Leaders League, el reconocido portal francés especializado en el ámbito legal y financiero , ha incluido por primera vez a la firma Confianz en la última edición de su ranking correspondiente al ejercicio de 2021. En concreto, esta distinguida publicación clasifica a la firma como líder en Derecho Corporativo y M&A. Esta mención supone todo un honor para el equipo de Confianz. Igualmente, formar parte de este ranking constata un reconocimiento añadido a los que ya posee la firma en el terreno internacional.Figurar en el ranking de Leaders League constituye un importante espaldarazo a la destacada labor de todos cuantos formamos Confianz. Y el fruto de la búsqueda de un buen talento sumado a la excelencia”, apunta Manuel Urrutia, Socio y Director General de Confianz. “Indudablemente, este hito queda también avalado por la confianza que nuestros clientes depositan cada día en nosotros”. Durante más de 20 años, Leaders League ha analizado el mercado legal y financiero de más de 40 países, haciendo un estudio de los mejores profesionales por cada región. Los criterios utilizados para elaborar sus prestigiosos rankings son el reconocimiento y reputación de las firmas. De igual forma, cobran especial relevancia la cantidad y calidad de los casos llevados, y el prestigio y diversidad de sus clientes. A día de hoy cuentan con un gran alcance internacional y disponen de múltiples categorías en sus clasificaciones. Y en esta ocasión, han reconocido los servicios que ofrece Confianz, tanto en el terreno legal como en el campo del derecho corporativo así como en el apoyo a las empresas en materia de fusiones y adquisiciones.
  • El desempeño individual de los trabajadores, clave en la retribución salarial de 2021

    Las políticas gubernamentales, la situación económica mundial y la posición de cada empresa han sido hasta la fecha los factores más influyentes a la hora de fijar la política de retribuciones de los empleados. No obstante, dada la coyuntura actual, cada vez cobran más importancia aspectos como el desempeño individual de cada trabajador. De hecho, hablamos de que un 98% de las compañías valora el nivel de ocupación de cada trabajador en materia de retribución salarial.

    En este sentido, surge un nuevo escenario laboral. Un escenario en el que la digitalización juega un papel fundamental en la labor diaria de los trabajadores en casi la totalidad de los sectores del tejido productivo de nuestro país. De igual forma, el confinamiento provocado por la pandemia también ha ocasionado importantes cambios en el desempeño diario de millones de trabajadores. Y en concreto, en la gestión de los recursos humanos de esas organizaciones.

    Todo esto da lugar a que el sistema retributivo de una empresa deba ser muy dinámico, capaz de adaptarse a los cambios internos y externos. Y de todo ello se habló en la jornada sobre ‘Directrices en materia retributiva para 2021’. El evento fue organizado por APD Zona Norte y Confianz, en colaboración con ESTRATEGIA EMPRESARIAL.

    El encuentro congregó a todos sus asistentes en el Palacio Euskalduna de Bilbao y sirvió para presentar las conclusiones más relevantes del Estudio de Compensación Total de Mercer. Al mismo tiempo, se analizaron aquellas cuestiones retributivas que desde una perspectiva jurídico-laboral y fiscal están suscitando hoy mayor interés por su novedad o litigiosidad.

    La importancia del entorno en la retribución salarial

    El estudio elaborado por Mercer destaca los factores que en mayor medida determinarán el aumento salarial el próximo año: el desempeño individual, la posición en el rango salarial y la posición en el mercado. También, y en materia retributiva, se calcularon las retribuciones fijas medias anuales de los responsables de Recursos Humanos y de Proyectos.

    La sesión se completó con la exposición de la experiencia práctica de la firma Protec Arisawa Europe. Finalmente, se organizó un coloquio en el que el medio centenar de asistentes tuvo la oportunidad de plantear sus preguntas.

    Joaquín Moral Atienza, socio Director de Confianz, moderó un coloquio final donde el medio centenar de asistentes tuvo la oportunidad de plantear sus preguntas a los ponentes.

  • La complejidad del despido improcedente en alta dirección

    La relación laboral entre una empresa y un alto directivo, al igual que sucede con el resto de cargos, puede llegar a su fin si se dan una serie de requisitos. Si bien es cierto que el despido improcedente en perfiles de alta dirección exige ciertas circunstancias especiales, es una posibilidad totalmente viable y frecuente en el terreno laboral.

    En estos casos de destitución del directivo, y tras largos años de discusión entre los tribunales y el Ministerio de Hacienda, el afectado tendrá derecho a una indemnización. Incluso en aquellas circunstancias en las que hubiera pactado con la empresa que no haya indemnización por cese. Igualmente, esta indemnización disfrutará de exención fiscal.

    Ahora bien, ¿qué se considera un alto directivo a efectos de la ley? Según las disposiciones específicas del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto se reconoce como personal de alta dirección a «aquellos trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, y relativos a los objetivos generales de la misma, con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la entidad«.

    Es decir, bajo este criterio se distingue a este perfil directivo por las siguientes circunstancias:

    • La falta de subordinación en la prestación de servicios, ejerciendo su labor de manera totalmente autónoma y con plena responsabilidad.
    • La  toma de decisiones estratégicas para el conjunto de la empresa y no para las distintas unidades que la componen. Estos poderes son inherentes a la titularidad jurídica de la empresa y relativos a los objetivos generales de la misma.

    Requisitos para la extinción del contrato

    Los contratos de alta dirección pueden tener una duración limitada. Es decir se pueden extinguir por voluntad del alto directivo o del empresario. En caso de que sea este último quien quiera llevar a cabo el desistimiento de la relación laboral, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    • El desistimiento del empresario exige una comunicación por escrito.
    • El empresario debe enviar un preaviso al alto directivo con al menos, tres meses de antelación.
    • Ese plazo se puede extender hasta los 6 meses en aquellos contratos de carácter indefinido o cuya duración supere los cinco años.
    • El incumplimiento de este preaviso otorga el derecho al alto directivo del cobro de la cantidad equivalente al total del salario dejado de percibir por la falta de esta notificación.

     El despido improcedente en alta dirección

    Como hemos comentado, las condiciones de trabajo de un perfil de alta dirección difieren de las de un empleado común. Principalmente debido a las responsabilidades que conlleva su puesto. Por este motivo, la legislación que actúa al respecto prevé un tipo de contrato específico para que el directivo se encuentre protegido de manera equivalente a las funciones del cargo que ostenta.

    En los casos en los que la extinción del contrato se considere improcedente, tanto la empresa como el alto directivo deberán llegar al siguiente acuerdo. Por un lado, pueden proceder al abono de la indemnización que corresponda o por otro, se puede llevar a cabo la readmisión del trabajador en la plantilla. Ahora bien, en aquellas situaciones en las que no haya un acuerdo, se optará siempre por el pago de la indemnización.

    Dicha cuantía se fijaría en lo estipulado por ley para casos de despido colectivo. Es decir, 20 días de salario por año trabajado con un límite fijado en 12 mensualidades.

    No obstante, cuando se da esta situación de despido improcedente en alta dirección, el plazo exigido a la empresa para el preaviso desciende a un mes. Es decir, ya no importará si se trata de un contrato temporal o indefinido, o con una duración inferior o superior a cinco años.

    En este sentido, las sentencias en materia de despidos en alta dirección revisten una gran importancia ya que sientan jurisprudencia en una cuestión que resulta especialmente delicada dada la coyuntura. La destrucción de puestos de trabajo es cada vez más frecuente en el momento actual y alcanza a todos los niveles de la organización empresarial. Por ello, conviene disponer de una seguridad jurídica que actúe en beneficio de todos las partes implicadas. Tanto del directivo como de la propia empresa hasta alcanzar el consenso.

  • Cómo saber si es el momento de presentarse a concurso de acreedores

    La crisis provocada por la emergencia sanitaria está causando verdaderos estragos en el tejido empresarial de nuestro país. Prueba de ello son los cientos de negocios que se han visto forzados a presentar concurso de acreedores. De hecho, y según desvela un estudio elaborado por la consultora Informa D&Blos procedimientos de este tipo llevados a cabo durante el mes de septiembre han aumentado un 70% con respecto al pasado mes de agosto y casi un 20% en comparación con el mismo mes de 2019.

    Según Manuel Urrutia, Socio y Director General de Confianz y especialista en derecho societario y en fusiones y adquisiciones, “existe una alternativa antes de dar por perdida una empresa en deterioro constante e incapaz de asumir sus deudas. Debe afrontarse como la última opción, pero el concurso de acreedores puede representar una solución que, organizado a tiempo, posibilita que los negocios vuelvan a ser viables.”

    El concurso de acreedores se ha convertido en la opción perfecta para reflotar empresas o para cerrarlas tras la crisis por Coronavirus.

    Un alto porcentaje de los concursos de acreedores que se presentaron durante el mes de septiembre, acabaron en la liquidación de la empresa. Para evitarlo, presentarlo a tiempo se convierte en un factor clave. Es necesario que el empresario sepa reconocer que las cosas no van como se esperaba en lugar de continuar acumulando deuda o seguir invirtiendo sin obtener beneficios.

    ¿Cómo saber si es el momento de presentarse a un concurso de acreedores?

    Manuel Urrutia sugiere los siguientes puntos a tener en cuenta.

    1. Disminución de los ingresos, sobre todo los recurrentes. Es decir, cuando los ingresos mensuales de un negocio empiezan a bajar asiduamente, dado que en nuestro país es más difícil que en otros acompasar los gastos a esa disminución, especialmente los salariales.
    1. Incumplimiento de las obligaciones. Cuando el negocio empieza a ir mal es habitual que se dejen de cumplir con las obligaciones, pero no sólo las que se tienen con Seguridad Social o Hacienda, sino también con proveedores u otros agentes que participan en la actividad. Estos es cuando nuestros clientes pueden estar pasando por una mala racha económica.
    1. Apalancamiento financiero elevado. O dicho de otra forma, tener una deuda financiera alta.
    1. Vencimiento de contratos o concesiones administrativas.
    1. Previsión de los cambios regulatorios en el sector. Los negocios no están aislados de lo que ocurre a su alrededor y, a veces, la actualización de normativas o la entrada en vigor de un nuevo marco regulatorio puede afectarles.

    Dada la coyuntura, las previsiones oficiales ya vaticinan una oleada de procesos concursales en todos los sectores que aumentará de manera exponencial en los próximos meses y se prolongará hasta el 2021. Ante esta situación, lo más recomendable es tener la capacidad de prever con tiempo la toma de tan difícil decisión y ver el concurso de acreedores como una alternativa viable a tener en cuenta para salvar la empresa.

    A continuación, compartimos la cobertura mediática referente a este contenido:

  • Best Lawyers distingue un año más a dos socios de la firma Confianz

    Best Lawyers distingue un año más a dos socios de la firma Confianz

    Best Lawyers, una de las publicaciones jurídicas más prestigiosas del ámbito internacional, ha reconocido un año más a la firma Confianz en la última edición de su guía, correspondiente al ejercicio de 2021.

    Por quinto año consecutivo, la publicación ha incluido a Manuel Urrutia, Socio y Director General de la consultora y especialista en derecho societario y en fusiones y adquisiciones. Igualmente, la nueva guía de Best Lawyers distingue por segunda vez a Álvaro Mendiola, Socio de la firma y experto en derecho tributario.

    Figurar un año más en una publicación de tal envergadura como es Best Lawyers supone un verdadero reconocimiento al trabajo de la firma”, apunta Manuel Urrutia. “Constata el rigor con el que desempeñamos nuestra labor diaria y la dedicación que nos ha hecho convertirnos en un despacho de referencia para el empresariado”.

    Este directorio jurídico norteamericano goza del mayor prestigio entre el sector de la abogacía ya que son los propios abogados quienes llevan a cabo un riguroso proceso de investigación y deciden qué profesionales merecen ser incluidos en la guía, dada su labor profesional durante el último curso. Y en esta ocasión, más de 500 grupos empresariales han reconocido los servicios que ofrece Confianz, tanto en el terreno legal como en el campo de la asesoría fiscal, financiera y comercial, así como en el apoyo a empresas de carácter familiar.

     

    www.bestlawyers.com