Confianz

Autor: Confianz

  • La nueva Ley Antiopas sobre inversiones exteriores entrará en vigor el 1 de septiembre

    El próximo 1 de septiembre entrará en vigor el nuevo Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores. Esta normativa antiopas fija algunas de las medidas temporales que se aprobaron durante la pandemia para evitar la compra de activos estratégicos nacionales por parte de capital extranjero. 

    La principal novedad es que se reducen y agilizan los trámites administrativos. Así, el plazo de resolución para autorizar o vetar inversiones se reduce a la mitad y pasa de los seis a los tres meses. Se incluyen en este período además las consultas con la administración, que tendrá 30 días hábiles para dar respuesta.

    El escudo antiopas

    Recapitulemos cómo hemos llegado hasta aquí. Para ello debemos remontarnos a marzo de 2020, cuando el Ejecutivo puso en marcha el llamado escudo antiopas. De esta manera, el artículo 7 bis de la Ley 19/2003 establecía la obligatoriedad de un permiso previo por parte del Gobierno para aquellos inversores extracomunitarios que pretendieran invertir por un valor superior a 500 millones de euros o adquirir más del 10% de una empresa estratégica con cotización en Bolsa. Los motivos aducidos eran de seguridad, orden público y salud pública. Y el objetivo era evitar que el capital extranjero aprovechase las caídas bursátiles que se produjeron durante la pandemia del COVID-19 para hacerse con empresas españolas estratégicas.

    En noviembre de ese mismo año, esta medida se complementó con una disposición transitoria que establecía que el Gobierno debía autorizar también las inversiones directas extranjeras protagonizadas por sociedades de la UE y de la Asociación Europea de Libre Comercio sobre empresas cotizadas o incluso sobre las no cotizadas si la inversión superaba los 500 millones de euros. El objetivo era evitar que los inversores pudieran burlar las restricciones simplemente estableciendo sociedades en territorio comunitario.

    La inflación y la subida de tipos de interés ha provocado que esta normativa se haya prorrogado sucesivamente hasta la actualidad.

    Novedades de la Ley Antiopas 2023

    Ahora el Ejecutivo ha modificado y desarrollado el régimen de inversiones extranjeras en España y, en particular, el de control de inversiones. Estas son algunas de las principales novedades:

    • El plazo de resolución para autorizar o vetar inversiones se reduce de los seis a los tres meses. De esta manera se reducen y agilizan los trámites administrativos, una de las principales reclamaciones de empresas e inversores.
    • Se formaliza el sistema de consulta voluntaria que ya venía existiendo en la práctica. Mediante este procedimiento voluntario los inversores pueden recibir una respuesta confidencial y vinculante sobre la necesidad de que una determinada operación sea sometida a autorización o no. La Administración tendrá 30 dias hábiles para dar respuesta. En caso contrario, el interesado podrá presentar solicitud de autorización.
    • Se elimina la posibilidad de recurrir al procedimiento simplificado de 30 días hábiles para operaciones por un importe inferior a 5 millones de euros. 
    • No están sujetas al mecanismo de control las reestructuraciones internas en un grupo de empresas ni los incrementos de participación por inversores que ya tengan al menos un 10% en la sociedad española si esos incrementos no van acompañados de cambios en el control.
    • En caso de inversión a través de fondos de private equity el sujeto obligado a someterse a control como titular de la inversión será la sociedad gestora siempre que los socios o beneficiarios no ejerzan legalmente derechos políticos ni tengan acceso privilegiado a la información de la empresa.
    • Ya no quedan exentas todas las inversiones por importe inferior a un millón de euros. El umbral ahora varía en función del sector de la empresa en que se invierta. Quedan especialmente regulados el sector energético, el de comunicaciones electrónicas, la minería, las materias primas estratégicas, etc.

    Conclusiones

    En global, valoramos que esta nueva norma recoge por escrito algunos criterios interpretativos que ya venían aplicando las autoridades y ofrece una mayor seguridad jurídica en el mercado.

  • The new Antiopas law on foreign investment will enter into force on 1 September

    On 1 September, the new Royal Decree 571/2023 of 4 July on foreign investment will come into force. This antiopas regulation fixes some of the temporary measures that were approved during the pandemic to prevent the purchase of national strategic assets by foreign capital.

    The main novelty is that administrative procedures are reduced and streamlined. Thus, the resolution period for authorising or vetoing investments is halved from six to three months. This period also includes consultations with the administration, which will have 30 working days to respond.

    The antiopas shield

    Let’s look back at how we got here. To do so, we must go back to March 2020, when the Executive implemented the so-called «antiopas shield». In this way, article 7 bis of Law 19/2003 established the obligation of prior permission from the government for non-EU investors intending to invest more than 500 million euros or to acquire more than 10% of a strategic company listed on the stock exchange. The reasons given were security, public order and public health. The aim was to prevent foreign capital from taking advantage of the stock market crashes that occurred during the COVID-19 pandemic to take over strategic Spanish companies.

    In November of the same year, this measure was complemented by a transitional provision which established that the government should also authorise foreign direct investment by EU and EFTA companies in listed companies or even in unlisted companies if the investment exceeded 500 million euros. The aim was to prevent investors from circumventing the restrictions by simply setting up companies on EU territory.

    Inflation and rising interest rates have meant that this regulation has been successively extended to the present day.

    What’s new in the Antiopas Law 2023

    Now the Executive has modified and developed the regime for foreign investment in Spain and, in particular, the investment control regime. These are some of the main novelties:

    • The deadline for approving or vetoing investments is reduced from six to three months. This reduces and speeds up administrative procedures, one of the main complaints of companies and investors.
    • It formalises the system of voluntary consultation which had already existed in practice. Through this voluntary procedure, investors can receive a confidential and binding response as to whether or not a given transaction should be subject to authorisation. The authorities will have 30 working days to respond. Otherwise, the interested party may submit an application for authorisation.
    • The possibility of using the simplified procedure of 30 working days for transactions of less than EUR 5 million is eliminated.
    • Internal restructuring within a group of companies and increases in shareholdings by investors already holding at least 10% in the Spanish company are not subject to the control mechanism if such increases are not accompanied by changes in control.
    • In the case of investment through private equity funds, the person obliged to submit to control as the owner of the investment will be the management company, provided that the shareholders or beneficiaries do not legally exercise political rights or have privileged access to the company’s information.
    • All investments of less than €1 million are no longer exempt. The threshold now varies depending on the sector of the company in which the investment is made. The energy sector, electronic communications, mining, strategic raw materials, etc. are particularly regulated.

    Conclusions

    Overall, we believe that this new regulation takes up in writing some interpretative criteria that were already being applied by the authorities and offers greater legal certainty in the market.

  • Ahora es más fácil para las sociedades deducir como gasto el sueldo de sus administradores

    La Audiencia Nacional ha emitido recientemente una sentencia (Sentencia 368/2023, de 11 de enero) que flexibiliza las condiciones para que las sociedades puedan deducir como gasto en el Impuesto de Sociedades el sueldo de sus consejeros y administradores. 

    La doctrina del milímetro

    Hasta ahora, Hacienda impedía frecuentemente la deducción de estos sueldos por varios motivos, siendo el más frecuente que la remuneración exacta no aparecía detallada en los estatutos de la sociedad. 

    Era la conocida como “doctrina del milímetro”, que exigía de manera estricta dos condiciones para que las sociedades pudieran deducirse los gastos de las retribuciones de consejeros y administradores:

    1. Que los estatutos previeran expresamente la posibilidad de que estos cargos fuesen retribuidos.
    2. Que los mismos estatutos sociales precisasen el importe exacto de estos sueldos. 

    De no cumplir estos requisitos, la Administración entendía que las cantidades pagadas no eran obligatorias y por lo tanto no podían ser deducibles. Sin embargo, esta condición dejaba fuera a muchas sociedades. Porque los administradores y consejeros ocupan puestos clave y su remuneración suele variar en función de muchas variantes, como los resultados corporativos.

    Ya no es necesario incluir el importe exacto de estas remuneraciones en los estatutos de la sociedad

    Esta es una disquisición legal que ya hace tiempo que dura. En el pasado el Tribunal Supremo ya se había manifestado estableciendo que lo importante es demostrar la realidad de la prestación del servicio, su efectiva retribución y su correlación con la actividad empresarial. Ahora la Audiencia Nacional ha ratificado esta posición y ha añadido además expresamente que no es necesario incluir los importes exactos del sueldo en los estatutos para considerarlo como gasto deducible.

    Basta con establecer un límite máximo de sueldo para que éste sea deducible

    En esta última sentencia de la Audiencia Nacional, el carácter remunerado del cargo sí que constaba en los estatutos. Sin embargo, no se especificaba en ellos el importe exacto de la retribución. Se limitaba a establecer que la remuneración de los administradores se determinaría en la Junta y que su cuantía nunca podría exceder del 10% de los beneficios líquidos de cada ejercicio. 

    Esta práctica de fijar como límite un porcentaje de los beneficios es habitual en muchas empresas. Ahora la Audiencia Nacional ha interpretado de manera más flexible la normativa mercantil aplicable para concluir que la Administración está aplicando una interpretación excesivamente rígida y que no es preciso que los estatutos especifiquen una cuantía concreta ni tampoco un porcentaje concreto. Es válido que los estatutos simplemente fijen un límite máximo a la Junta. Porque al final esta mayor flexibilidad beneficia al accionista.

    Cuáles son las nuevas condiciones para deducir como gasto en el Impuesto de Sociedades el sueldo de consejeros y administradores

    Tras esta última sentencia de la Audiencia Nacional las condiciones para que una empresa se pueda deducir en el Impuesto de Sociedades el sueldo de consejeros y administradores se flexibilizan notablemente. Bastan con dos requisitos mínimos:

    • Que la Junta directiva, que es el máximo órgano de una Sociedad, no haya impugnado ese salario y decidido que el socio en cuestión no puede cobrarlo. 
    • Que este sueldo se haya registrado correctamente en la contabilidad y se pueda justificar con documentos como el extracto bancario. 

    En cualquier caso, es conveniente realizar un análisis individual de cada caso concreto para poder valorar sus consecuencias fiscales. Porque aunque los tribunales son cada vez más flexibles habrá que estar atento a la evolución de sus criterios.

  • ‘ salaries as an expense

    The National High Court has recently issued a ruling (Ruling 368/2023 of 11 January) that relaxes the conditions for companies to deduct the salary of their directors and administrators as a corporate tax expense.

    The milimetre doctrine

    Until now, the tax authorities often prevented the deduction of such salaries for various reasons, the most frequent being that the exact remuneration was not detailed in the company’s articles of association.

    This was known as the «millimetre doctrine», which strictly required two conditions for companies to be able to deduct the costs of directors’ and managers’ remuneration:

    1. That the bylaws expressly provide for the possibility of these positions being remunerated.
    2. The exact amount of these salaries should be specified in the Articles of Association.

    If these requirements were not met, the Administration understood that the amounts paid were not obligatory and therefore could not be deductible. However, this condition left out many companies. Because directors and board members occupy key positions and their remuneration often varies according to many variables, such as corporate performance.

    It is no longer necessary to include the exact amount of such remuneration in the company’s articles of association

    This is a legal disquisition that has been going on for a long time. In the past, the Supreme Court had already ruled that what is important is to demonstrate the reality of the service rendered, its effective remuneration and its correlation with the business activity. Now the Audiencia Nacional has ratified this position and has also expressly added that it is not necessary to include the exact amounts of the salary in the articles of association in order to consider it as a deductible expense.

    It is sufficient to set a salary ceiling for the salary to be deductible

    In the latter judgment of the Audiencia Nacional, the remunerated nature of the position was indeed stated in the articles of association. However, they did not specify the exact amount of the remuneration. It was limited to establishing that the remuneration of the directors would be determined at the general meeting and that the amount could never exceed 10% of the net profits of each financial year.

    This practice of setting a percentage of profits as a limit is common in many companies. Now the Audiencia Nacional has interpreted the applicable commercial law in a more flexible manner to conclude that the Administration is applying an excessively rigid interpretation and that it is not necessary for the articles of association to specify a specific amount or a specific percentage. It is valid for the articles of association simply to set a maximum limit for the general meeting. Because in the end this greater flexibility benefits the shareholder.

    What are the new conditions for deducting directors’ and administrators’ salaries as a corporate tax expense

    What are the new conditions for deducting directors’ and administrators’ salaries as a corporate tax expense

    Following this latest ruling by the Audiencia Nacional, the conditions for a company to be able to deduct the salary of directors and administrators from its corporate income tax are considerably more flexible. Two minimum requirements are sufficient:

    • That the Board of Directors, which is the highest body of a Society, has not challenged this salary and decided that the member in question cannot receive it.
    • That this salary has been correctly recorded in the accounts and can be supported by documents such as a bank statement.

    In any case, it is advisable to carry out an individual analysis of each specific case in order to be able to assess the tax consequences. Although the courts are becoming increasingly flexible, it will be necessary to keep an eye on the evolution of their criteria.

  • How to calculate remuneration in family businesses

    Remuneration is one of the thorniest issues facing family businesses. Salary issues vary according to the stages the family business goes through during its life cycle, as it faces the different generational successions. This is why it is important to take care of this aspect in order to neutralise a potential source of internal conflict.

    Remuneration in family businesses throughout their life cycle

    First generation: the entrepreneurial stage 

    This first stage in the life of family businesses is perhaps the one that poses the least conflict. Because the company is unquestionably run by the founder. Meanwhile, the next generation is just starting out in the business and usually accepts his decisions on tax savings, family donations, estate planning, retirement plans, etc. without opposition.

    Second generation: payoffs at the sibling stage

    The complication increases as time goes by and the children take on more and more responsibilities within the family business. When it is time for the handover, the parents will have shaped the salary expectations of the second generation leaders as they progress through the business.

    One possible strategy is for each sibling to receive different remuneration according to his or her training, functions and performance. However, such decisions pose risks for family relations. It is no coincidence that it is at this stage that conflicts over salaries often arise. It is advisable to confront them with a frank and open attitude. This is a way to dispel suspicions and to strengthen the commitment of all family members to the company.

    In second-generation family businesses there are usually two possibilities:

    • It is common for a sibling team to work in partnership co-managing the company, with very few inactive family shareholders and virtually no non-family involvement.
    • In other cases, some business families prefer to choose a new leader from among the second generation siblings.

    Long-term planning is important to avoid that the first children to join the family business end up with a very high and steadily increasing salary. This can lead to conflicts with the children who decide to join the company later on.

    Creating a holding company for the family shareholding can be highly advisable at this stage. This will help to achieve the above objectives.

    Third generation: the stage of cousins and family dynasty

    When it is the turn of the third generation, a new era begins for the family business, which increasingly resembles a conventional company. Because not all family shareholders work there. Some stay away from the day-to-day business and only receive dividends. And their point of view must also be taken into account when calculating the remuneration of family members who do receive a salary from the company. There is a risk here that they may perceive that they are overpaid, at the expense of their dividends. However, those who work in the company may feel that their degree of emotional involvement in the entrepreneurial family project is underestimated.

    This is a source of conflict that can end up having disastrous consequences if a rational, open and professional remuneration scheme, similar to that of a non-family business, is not adopted. It is very useful in this respect to take as a reference the average salaries paid in companies of similar size and in the same sector.

    Initially, a family business is usually the brainchild of a single entrepreneur. Over time, however, ownership is likely to be divided among successor-heirs. As the growth of the family dilutes the shareholdings of individual members, it may be necessary to establish additional incentives for managers. It is recommended that these incentives be linked to increased shareholder value.

    The family protocol can set the remuneration policy

    Good planning and management of the remuneration plan depends to a large extent on the health of institutional coexistence in the family business. In this sense, having a family protocol is often useful, among other things, to establish the conditions for family members’ access to management positions and to draw up salary policies and career plans. The drafting of such a protocol usually requires an external source of advice that can gain the trust of active and inactive shareholders alike.

    Having a family holding company at this stage is essential.

    Are you looking for support in planning your remuneration or creating a family protocol? Then let us show you the way to effective and fair management. Let’s talk soon.

  • Cómo calcular las retribuciones en la empresa familiar

    Las retribuciones son una de las cuestiones más espinosas a las que se enfrentan las empresas familiares. Las cuestiones salariales varían según las etapas que atraviesa la empresa familiar a lo largo de su ciclo de vida, a medida que afronta las diferentes sucesiones generacionales. Por este motivo es importante cuidar este aspecto para neutralizar una posible fuente de conflictos internos.

    Las retribuciones en las empresas familiares a lo largo de su ciclo de vida

    Primera generación: la etapa empresarial 

    Esta primera etapa de la vida de las empresas familiares es quizás la que plantea menos conflictos. Porque la empresa está dirigida de manera incuestionable por el fundador. Mientras, la siguiente generación apenas inicia su andadura en el negocio y suele aceptar sin oposición sus decisiones sobre ahorro de impuestos, donaciones familiares, planificación patrimonial, planes de jubilación etc. 

    Segunda generación: retribuciones en la etapa de los hermanos

    La complicación aumenta a medida que pasa el tiempo y los hijos van adquiriendo cada vez más responsabilidades dentro de la empresa familiar. Cuando llegue el momento del relevo, los padres deberán haber configurado las expectativas salariales de los líderes de la segunda generación a medida que progresan en la empresa. 

    Una estrategia posible es que cada hermano reciba una remuneración diferente en función de su formación, funciones y desempeño. Sin embargo, estas decisiones plantean riesgos para las relaciones familiares. No es casualidad que sea en esta fase cuando suelen aparecer los conflictos en relación a los salarios. Es recomendable afrontarlos con una actitud franca y abierta. Porque esta es una manera de disipar sospechas y reforzar el compromiso de todos los miembros de la familia con la empresa. 

    En las empresas familiares de segunda generación se suelen dar dos posibilidades: 

    • Es habitual que un equipo de hermanos trabaje de manera asociada codirigiendo la empresa, con muy pocos accionistas familiares inactivos y prácticamente sin participación de no familiares.
    • En otros casos algunas familias empresarias prefieren elegir un nuevo líder entre los hermanos de la segunda generación.

    Es importante una planificación a largo plazo para evitar que los primeros hijos en entrar a trabajar en la empresa familiar acaben cobrando un sueldo muy alto y en constante aumento. Porque esto puede ocasionar conflictos con los hijos que decidan entrar en la empresa más adelante. 

    Crear una sociedad tenedora de la participación familiar puede ser muy aconsejable en esta fase. De esta manera se ayuda a conseguir los objetivos referidos. 

    Tercera generación: la etapa de los primos y la dinastía familiar

    Cuando llega el turno de la tercera generación comienza una nueva era para la empresa familiar, que cada vez más se parece a una empresa convencional. Porque no todos los accionistas familiares trabajan en ella. Algunos se mantienen alejados del día a día y únicamente reciben dividendos. Y hay que tener en cuenta también su punto de vista en el cálculo de las retribuciones de los miembros de la familia que sí que cobran una nómina de la empresa. Se corre aquí el riesgo de que perciban que están sobrepagados, a expensas de sus dividendos. Sin embargo, los que trabajan en la empresa pueden sentir que se subestima su grado de implicación emocional en el proyecto de la familia empresaria.

    He aquí una fuente de conflictos que puede acabar teniendo consecuencias desastrosas si no se adopta un plan de retribución racional, abierto y profesional, similar al de una empresa no familiar. Resulta de gran utilidad en este sentido tomar como referencia los salarios medios que se pagan en empresas de tamaño similar y en el mismo sector. 

    En un principio la empresa familiar suele ser fruto del impulso de un emprendedor único. Pero con el paso del tiempo la titularidad está abocada a dividirse en los sucesores-herederos. A medida que el crecimiento de la familia diluye las participaciones de cada uno de los miembros puede ser necesario establecer incentivos adicionales para los directivos. Es recomendable que estos incentivos estén ligados al aumento del valor para el accionista.

    El protocolo familiar puede fijar la política de retribuciones

    La buena planificación y gestión del plan de retribuciones depende en buena parte la salud de la convivencia institucional en la empresa familiar. En este sentido contar con un protocolo familiar suele ser útil para, entre otras cosas, fijar cuáles son las condiciones de acceso de los familiares a los puestos directivos y trazar políticas de salarios y planes de carrera. Para su elaboración suele ser necesaria una fuente externa de asesoramiento que se gane la confianza de los accionistas activos e inactivos por igual.

    Tener una sociedad holding familiar en esta fase es esencial. 

    ¿Buscas apoyo en la planificación de tu retribución o en la creación de un protocolo familiar? Entonces permítenos mostrarte el camino hacia una gestión eficaz y equitativa. Hablemos pronto.

     

  • Próximo Listing Act: la UE promoverá la salida a bolsa de las empresas

    Para la segunda mitad del año 2023 España asume la presidencia de turno de la UE. Y una de las novedades legislativas importantes que están previstas para este mandato es la conocida como Listing Act, la nueva regulación europea para promover la salida de las empresas a bolsa. Para ello se propone reducir plazos, bajar tasas y simplificar los trámites.

    Salir a bolsa será más fácil y rápido con el Listing Act

    El expediente de la nueva norma conocida como Listing Act promoverá las salidas a bolsa con varias medidas:

    • Reducir los plazos para las ofertas públicas de venta de acciones (OPV).
    • Simplificar los farragosos folletos de salida, que quedarían reducidos a la mitad. Aunque seguiría siendo un documento de 300 páginas, reducirá notablemente la burocracia para las empresas. Esto supone un importante ahorro en consultores y servicios profesionales.

    La nueva Ley del Mercado de Valores ya simplifica las obligaciones burocráticas de las empresas cotizadas

    La reciente ley del Mercado de Valores que acaba de aprobarse en el Congreso  también intenta animar los mercados bursátiles con la llegada de nuevas empresas.  

    Por un lado, reduce los folletos de emisión para valores de renta fija como los bonos de las empresas. Por el otro, incorpora al reglamento español la figura de las SPAC, sociedades de adquisición con propósito especial por sus siglas en inglés. Esta es una fórmula procedente de Estados Unidos que permite cotizar por la vía rápida. El mecanismo consiste en sacar a bolsa una sociedad vacía con el objetivo de fusionarla con una empresa tradicional, que queda de forma automática integrada en el parquet. Algunas empresas españolas ya aprovechan esta fórmula. Por ejemplo, la empresa catalana Wallbox cotiza en Nueva York gracias a una SPAC.

    La posición de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)

    Por su parte, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) también lleva ya tiempo trabajando para facilitar la salida a bolsa de las empresas españolas. Como la fórmula implantada hace dos años que exime a las cotizadas de ofrecer información trimestral.

    El supervisor está muy comprometido con la reducción de las cargas burocráticas. Por ello intenta limitar la cantidad de información que se exige a las cotizadas al tiempo que preserva los derechos de los accionistas a conocer los detalles y la evolución de sus inversiones.

    La CNMV ha propuesto también una rebaja de las tarifas que cobra a las empresas por salir al parquet. El organismo acumula un superávit de 12 millones de euros que van al Tesoro y considera que este dinero sería más útil si sirviese para reducir la carga sobre las empresas.

    Y su presidente Rodrigo Buenaventura incluso ha propuesto recientemente que a las sociedades no cotizadas también se les exija información relacionada con aspectos como la información financiera sobre sostenibilidad. El objetivo es evitar que el hecho de no tener que rendir cuentas  les suponga una importante ventaja competitiva frente a las que están en bolsa.

    La Comisión Nacional del Mercado de Valores cifra en 300.000 millones de euros las inversiones necesarias para hacer frente al reto de la transición energética y la digitalización. Sin embargo, los bancos solo están en disposición de aportar 100.000 millones. Para alcanzar el resto de la financiación, la entidad señala que una de ellas deben ser los mercados bursátiles.

    La propuesta de directiva Debra

    Por último, hay que señalar que aunque su horizonte está más en el largo plazo, también existe una propuesta de directiva europea cuyo objetivo es equiparar la carga fiscal de las operaciones en el mercado a la de los intereses de la deuda bancaria. Se conoce como directiva Debra.

  • Next Listing Act: EU to promote company flotations

    In the second half of 2023, Spain will take over the rotating presidency of the EU. And one of the important legislative developments planned for this mandate is the so-called Listing Act, the new European regulation to promote the flotation of companies on the stock exchange. To this end, it is proposed to reduce deadlines, lower fees and simplify procedures.

    Going public will be easier and faster with the Listing Act

    The new Listing Act dossier will promote IPOs with a number of measures:

    • Reduce deadlines for public offerings of shares (IPOs).
    • Simplify the cumbersome exit prospectuses, which would be reduced by half. Although it would still be a 300-page document, it will significantly reduce bureaucracy for companies. This means significant savings on consultants and professional services.

    The new Securities Market Act already simplifies bureaucratic obligations for listed companies 

    The recent stock market law that has just been passed in Congress is also intended to encourage the stock markets with the arrival of new companies. 

    On the one hand, it reduces issuing prospectuses for fixed-income securities such as corporate bonds. On the other hand, it incorporates the figure of SPACs (Special Purpose Acquisition Companies) into Spanish regulations. This is a formula originating in the United States that allows for a fast-track listing. The mechanism consists of listing an empty company on the stock exchange with the aim of merging it with a traditional company, which is automatically integrated into the stock exchange. Some Spanish companies are already taking advantage of this formula. For example, the Catalan company Wallbox is listed in New York thanks to a SPAC.

    The position of the National Securities Market Commission (CNMV)

    The National Securities Market Commission (CNMV) has also been working for some time to facilitate the IPO of Spanish companies. Such as the formula implemented two years ago that exempts listed companies from providing quarterly information.

    The supervisor is strongly committed to reducing bureaucratic burdens. It therefore seeks to limit the amount of information required from listed companies while preserving shareholders’ rights to know the details and performance of their investments.

    The CNMV has also proposed a reduction in the fees it charges companies for going public. The body accumulates a surplus of €12 million that goes to the Treasury and considers that this money would be more useful if it were used to reduce the burden on companies.

    And its chairman Rodrigo Buenaventura has even recently proposed that unlisted companies should also be required to report on aspects such as financial information on sustainability. The aim is to prevent unaccountability from giving them a significant competitive advantage over listed companies.

    The Spanish Securities and Exchange Commission (CNMV) estimates the investment needed to meet the challenge of the energy transition and digitalisation at 300 billion euros. However, banks are only in a position to provide 100 billion. To reach the rest of the financing, the entity points out that one of them must be the stock markets.

    The Debra directive proposal

    Finally, it should be noted that although its horizon is more long term, there is also a proposal for a European directive which aims to bring the tax burden of market transactions in line with that of interest on bank debt. It is known as the Debra directive.

  • 54% of Spanish companies will grow this year with M&A operations

    The second half of 2023 looks set to be very active in the M&A sector. According to the report «Perspectivas M&A en España 2023» conducted by KPMG in collaboration with the employers’ association CEOE, 54% of executives expect to boost the growth of their companies through M&A transactions in the coming months.

    After surveying 1,100 Spanish entrepreneurs, the study concludes that one in four executives expect to accelerate the growth of their business with an acquisition or alliance in 2023. This is a significant increase from 2022, when only 11% did so.

    In recent times we are already seeing large deals by international private equity funds. Some outstanding examples are the recent purchase of Amara NZero by the British fund Cinven, valued at 700 million euros, or the acquisition of Windar Renovables by Bridgepoint for 650 million euros. In the coming months, it is expected that many large companies will launch secondary businesses on the market, choosing to focus on their core business and resorting to this type of divestment to obtain liquidity.

    Objectives: diversify, generate synergies, creat new lines of business…

    In the current environment, joint ventures, alliances and acquisitions are seen by many companies as a good way to cope with uncertainties. The reasons for undertaking M&A according to business people are mainly the following:

    • Find a good market opportunity (50%).
    • Achieving geographical diversification (36%). In these cases, the preferred formula is the joint venture.
    • Enter new lines of business (35%).
    • Consolidate market share (34%).
    • Generate cost synergies (31%).
    • Increase customer base (29%).
    • Overcome the limited options currently offered by organic growth (26%).

    In short, alliances or joint ventures reduce risks and facilitate entry into new businesses, sharing synergies and also facilitating access to debt.

    What are the main difficulties in undertaking M&A transactions

    According to the entrepreneurs surveyed, these are the main difficulties they face when undertaking an M&A transaction:

    • Economic uncertainty (72%).
    • Finding good investment opportunities (41%).
    • High asset prices (36%).
    • Complexity of the transaction (30%).
    • Difficulty in obtaining financing (27%).

    Securing funding, one of the main challenges

    This last challenge, that of financing, deserves a special comment. After years of very low rates, it is now much more expensive to finance. For this reason, transactions where the strategic side outweighs the financial side are now much more likely to be completed successfully. However, in the second half of the year, divestments to raise liquidity are expected to increase cash and reduce debt.

    According to the KPMG and CEOE study, the main sources of financing to support mergers and acquisitions are domestic banking (47%), private equity (17%), foreign banking (16%), capital markets (12%) and alternative sources of financing (8%).

    As we can see, the responses recorded suggest that banks in Spain are still willing to finance transactions. However, it is worth highlighting the growing role played by private equity funds, which now account for almost 25% of M&A investment in Spain. We are seeing this in large deals such as Pronovias and Abengoa, and the forecast is for them to play an increasingly important role in the market.

  • Cómo preparar la empresa para la nueva factura electrónica obligatoria

    Todavía existen muchas dudas sobre la próxima obligatoriedad para las empresas de utilizar la factura electrónica. En este artículo te explicamos todos los detalles, los plazos y las sanciones derivadas del incumplimiento de esta nueva norma.

    ¿Qué es una factura electrónica?

    Igual que la factura tradicional, la factura electrónica es un documento comercial que deja constancia de una compraventa de bienes o servicios y de los correspondientes impuestos aplicados, como el IVA o el IRPF. La única diferencia es que se emite por medios electrónicos y en formato digital. 

    Los datos obligatorios que debe incluir la factura electrónica son idénticos a los de la factura tradicional. Es decir:una numeración correlativa, fecha de emisión, datos identificativos del emisor y receptor, concepto, base imponible, etc.

    Por lo demás, seguimos pendientes de la aprobación de un reglamento oficial de la facturación electrónica y de las posibles condiciones adicionales que éste pueda incluir. Por ejemplo, es probable que sea obligatoria también la identificación de las facturas con un código QR.

    La regulación progresiva 

    La primera vez que se reguló la factura electrónica en España fue en la Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que impulsó el uso de este tipo de facturas en las administraciones públicas. 

    Cinco años más tarde, la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, extendió la factura electrónica obligatoria a todas las operaciones de sociedades con el sector público que no superen los 5.000 euros.

    La norma más reciente es la Ley de Creación y Crecimiento Empresarial de 2022, que extiende la obligatoriedad de la factura electrónica a todo el sector privado. Así, su artículo 12 especifica que todas las empresas “deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas”. Hay que resaltar aquí que quedan fuera de esta obligación las facturas dirigidas a consumidores o usuarios finales.

    Principales objetivos de la implementación de la e-factura

    • Luchar contra la morosidad, porque la factura electrónica facilita el seguimiento de los plazos de pago.
    • Reducir costes en las transacciones comerciales.
    • Impulsar la transformación digital en las empresas.
    • Fomentar el uso de medios electrónicos para la transferencia mercantil.

    ¿Qué plazos tienen las empresas para utilizar la factura electrónica?

    Las empresas con una facturación anual mayor a los 8 millones de euros tienen hasta septiembre de 2023 para adaptarse totalmente a la facturación electrónica. En el caso de las empresas con una facturación anual menor, los plazos se alargan considerablemente, hasta septiembre de 2025.

    Las sanciones para las empresas que no se adapten a la facturación electrónica podrán enfrentarse a multas de hasta 10.000 euros.

    Requisitos tecnológicos

    La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal establece “la obligación por parte de productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos”.

    En definitiva, se trata de una serie de requisitos técnicos que deben cumplir los softwares de gestión, contabilidad y facturación. Recomendamos así pues prepararse ya con la implantación de un software solvente, que ofrezca garantías y que cumpla con la normativa actual y futura.