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Autor: Álvaro Mendiola

  • 72 horas clave para que una empresa pueda exonerar sus deudas con la Seguridad Social y Hacienda

    La nueva Ley Concursal prevé para las empresas con menos de diez empleados y una facturación inferior a los dos millones de euros que se encuentren en dificultades la posibilidad de abrir un procedimiento especial de continuación. Este procedimiento les puede permitir exonerar sus deudas con la Seguridad Social y Hacienda por un valor máximo de 10.000 euros en cada caso. 

    Esta es una ventaja importante respecto a la anterior legislación, que marcaba el límite en los 1.000 euros de deuda con cada entidad pública. Sin embargo, esta posibilidad está sujeta a algunas condiciones y es importante actuar con rapidez.

    Las microempresas en concurso pueden perder sus exoneraciones si no informan a la Administración

    72 horas a partir de la solicitud de apertura de un procedimiento especial de continuación. Este es el plazo que tienen las empresas para informar a la Seguridad Social y Hacienda según una reciente publicación en la web de la Seguridad Social,. De lo contrario, podrían perder el derecho a exonerar sus deudas públicas.

    Esta es una cuestión muy relevante en un procedimiento de este tipo. Porque no comunicar la apertura del concurso a la Administración, no hacerlo a tiempo o siguiendo correctamente los canales establecidos puede suponer para la empresa perder el derecho a las quitas y esperas que resulten del procedimiento especial de continuación. 

    Exoneración de hasta 20.000 euros en las deudas públicas de las empresas

    Y estas exoneraciones podrían ascender a un global de 20.000 euros (10.000 euros para Hacienda y otros 10.000 para la Seguridad Social). Concretamente, la nueva Ley Concursal prevé que la exoneración de las deudas públicas serán de un 50% del total adeudado con la Administración y sin poder superar 10.000 euros por entidad. Es decir, que la empresa sólo puede alcanzar el máximo de 20.000 euros si tiene obligaciones pendientes por valor de más de 20.000 euros con Hacienda y de más de 20.000 euros con la Seguridad Social.

    Cómo informar a la Seguridad Social de la apertura de un procedimiento concursal especial

    La Seguridad Social ha habilitado un servicio online a través del cual las microempresas que entren en un procedimiento concursal especial y mantengan deudas con la Tesorería General pueden notificar esta situación. 

    La condición básica es que la apertura del procedimiento especial de continuación se haya solicitado no antes de las 72 horas anteriores.

    Cómo lograr la exoneración de la deuda pública en un procedimiento concursal especial

    Para quedar exonerada de sus deudas públicas, la microempresa debe demostrar su endeudamiento a través de un procedimiento concursal especial. Y con el objetivo de facilitar este procedimiento, el pasado 9 de enero se puso en marcha un procedimiento que consiste en un test digital. 

    Esta nueva plataforma concursal de liquidación de bienes permite a las microempresas comunicarse directamente con los juzgados mercantiles. Por ejemplo, les facilita la presentación de los distintos formularios normalizados. De esta manera la información llega y puede ser almacenada por el Registro mercantil o por el juzgado competente, agilizando los trámites.

    Los requisitos para las empresas que deseen iniciar el procedimiento abreviado son dos: 

    • Tener una media de menos de 10 trabajadores a lo largo del año anterior.
    • Haber registrado un volumen de negocio inferior a los 700.000 euros y un pasivo inferior a los 350.000 euros durante el año anterior.

    Si tu empresa se encuentra en dificultades y te enfrentas a la presentación de un procedimiento concursal especial, en Confianz podemos asesorarte a lo largo de todo el proceso. 

  • Requisitos legales para instaurar el teletrabajo en la empresa

    Antes de la pandemia de COVID-19, en España solo teletrabajaba menos del 5% de los trabajadores. Desde entonces la cifra se ha multiplicado y en la actualidad supera el 30%. 

    Este boom obligó primero a reformar de manera urgente el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores mediante el Real Decreto Ley 28/2020 y, más adelante, a la creación de la nueva Ley de Teletrabajo 10/2021. Estas son sus líneas principales.

    Qué es el teletrabajo

    La nueva Ley de Teletrabajo se aplica a los trabajadores en Régimen General que realizan al menos un 30% de la jornada en esta modalidad. También los trabajadores menores de 18 años, con contrato de prácticas y contrato de formación en alternancia, pueden teletrabajar hasta un máximo del 50% de la jornada. Antes estos trabajadores estaban excluidos de esta modalidad. 

    Las personas que trabajen a distancia deberán tener los mismos derechos, retribución, condiciones laborales, promoción y conciliación, que el personal que acude al centro de trabajo.

    El acuerdo de teletrabajo: un requisito obligatorio 

    El trabajo a distancia debe ser siempre voluntario tanto para la empresa como para el trabajador. Y es imprescindible que exista un acuerdo escrito firmado entre ambos, ya sea en el contrato inicial o en un anexo posterior.

    El acuerdo deberá firmarse antes de iniciar el teletrabajo, y la empresa deberá entregar una copia tanto al representante legal de los trabajadores como a la oficina de empleo. 

    Atención, porque no formalizar por escrito el acuerdo de trabajo a distancia o no hacerlo ajustado a la norma se considera una infracción grave sancionable con multas que oscilan entre los 751 y los 225.018 euros.

    Contenidos del acuerdo de teletrabajo

    Si decides implantar la modalidad de trabajo a distancia en tu empresa, deberás firmar un acuerdo elaborado según la Ley 10/2021. Este acuerdo debe incluir obligatoriamente:

    • Centro de trabajo al que pertenece el trabajador. Hay que tener en cuenta que la norma da prioridad al trabajador a distancia para ocupar las vacantes que puedan surgir en modalidad presencial.
    • Lugar desde donde teletrabajará. 
    • Distribución de las jornadas entre el trabajo a distancia y el presencial. En cualquier caso, la decisión de teletrabajar es voluntaria y reversible para empresa y trabajador. Basta con que cualquiera de las partes comunique la solicitud en un plazo previo que también deberá quedar establecido en este acuerdo.
    • Horario de trabajo y reglas de disponibilidad.
    • Equipamiento necesario para teletrabajar.
    • Cuantificación de la compensación de los gastos del trabajador a distancia.
    • Protocolo a seguir en caso de haber dificultades técnicas que impidan el trabajo.
    • Medios de control empresarial de la actividad.
    • Instrucciones específicas para la protección de datos y seguridad de la información.
    • Plazos de preaviso para el ejercicio de situaciones de reversibilidad.
    • Duración del acuerdo.

    Derechos de los trabajadores a distancia

    Los trabajadores en modalidad de teletrabajo disfrutan de los mismos derechos que los que realizan su actividad en el centro de trabajo. Estos son algunos de los más importantes: 

    • Formación.
    • Promoción profesional: la empresa les debe informar por escrito de las oportunidades que existan, también de las presenciales. 
    • Recibir los medios suficientes según el inventario recogido en el acuerdo de trabajo a distancia.
    • Compensación de gastos relacionados con los equipos y medios vinculados a su actividad laboral.
    • Registro horario que incluya el inicio y fin de la jornada laboral, tramos de actividad, tiempo de activación de equipos, tiempo de preparación para las tareas y entrega. 
    • Prevención de riesgos laborales incluyendo tiempo de disponibilidad, descansos, desconexiones. 
    • Intimidad y protección de datos. La empresa no puede instalar programas en dispositivos propiedad del trabajador, ni exigir su uso para teletrabajar.
    • Desconexión digital fuera del horario de trabajo. 
    • Derechos colectivos: La empresa deberá facilitar los medios necesarios para garantizar el acceso a la comunicación con los representantes de los trabajadores.

    ¿Necesitas asesoría laboral a nivel legal para tu empresa? En Confianz podemos ayudarte.

  • Legal requirements for implementing telework in the company

    Before the COVID-19 pandemic, less than 5% of workers in Spain were teleworking. Since then the figure has multiplied and now exceeds 30%.

    This boom led first to the urgent reform of Article 13 of the Workers’ Statute by Royal Decree Law 28/2020 and, later, to the creation of the new Telework Law 10/2021. These are its main lines.

    What is telework

    The new Telework Law applies to workers in the General Regime who work at least 30% of the working day in this modality. Also workers under 18 years of age, with an internship contract and an alternating training contract, can telework up to a maximum of 50% of the working day. Previously, these workers were excluded from this modality.

    Remote workers should have the same rights, pay, working conditions, promotion and work-life balance as on-site staff.

    The telework agreement: a mandatory requirement 

    Telecommuting should always be voluntary for both the company and the employee. It is essential that there is a written agreement signed by both parties, either in the initial contract or in a later addendum.

    The agreement should be signed before telework begins, and a copy should be given by the company to both the workers’ legal representative and the employment office.

    Attention, because not formalising the telecommuting agreement in writing or not doing so in accordance with the regulations is considered a serious infringement punishable by fines ranging from 751 to 225,018 euros.

    Contents of the telework agreement

    If you decide to implement teleworking in your company, you must sign an agreement drawn up in accordance with Law 10/2021. This agreement must include the following:

    • Work centre to which the worker belongs. It should be borne in mind that the rule gives priority to the distance worker to fill vacancies that may arise in face-to-face mode.
    • Location from where you will telework.
    • Distribution of working hours between remote and face-to-face work. In any case, the decision to telework is voluntary and reversible for both the company and the employee. It is sufficient for either of the parties to communicate the request within a prior period of time that must also be established in this agreement.
    • Working hours and availability rules.
    • Equipment needed for teleworking.
    • Quantification of the compensation of the remote worker’s expenses.
    • Protocol to be followed in case of technical difficulties impeding the work.
    • Means of business control of the activity.
    • Specific instructions for data protection and information security.
    • Notice periods for the exercise of reversibility situations.
    • Duration of the agreement.

    Rights of remote workers

    Teleworkers enjoy the same rights as those who work at the workplace. These are some of the most important ones:

    • Training.
    • Career advancement: the company must inform them in writing of opportunities, including face-to-face opportunities.
    • Receive sufficient means according to the inventory in the telecommuting agreement.
    • Compensation of expenses related to equipment and means linked to their work activity.
    • Time recording including start and end of the working day, activity time, equipment activation time, preparation time for tasks and handover.
    • Prevention of occupational hazards including availability time, breaks, disconnections.
    • Privacy and data protection. The company may not install software on employee-owned devices, nor require their use for teleworking.
    • Digital disconnection outside working hours.
    • Collective rights: The company shall provide the necessary means to ensure access to communication with workers’ representatives.

    Do you need legal labour advice for your company? At Confianz we can help you.

  • Las fusiones y adquisiciones inmobiliarias crecen un 65% en España

    El sector inmobiliario está centrando gran parte de las operaciones de M&A en el mercado español. Según datos de Transactional Track Record, entre enero y noviembre de 2022 se han anunciado o cerrado fusiones y adquisiciones inmobiliarias por valor de 12.780 millones de euros, un 65% más que en el mismo período del año pasado. En total se han producido 266 operaciones, un 15% más que en 2021. 

    40 operaciones solo en el mes de noviembre

    Enero se mantiene de momento como el mes más activo para las transacciones dentro del sector inmobiliario, pero noviembre se ha cerrado con unas cifras muy destacables. A lo largo del mes pasado, un total de 40 operaciones sumaron un importe agregado de 1.446,49 millones de euros. 

    Una de las más destacadas fue la constitución de la nueva joint venture Wellder Senior Assets, nacida de la unión de Renta Corporación y APG.  La compañía nace con un capital inicial de 125 millones y un objetivo de apalancamiento del 50%, lo que debería permitir una inversión en activos por valor de 250 millones.

    Un sector que despierta el interés de inversores extranjeros

    Fuera de nuestras fronteras, Francia y Estados Unidos son los principales destinos de las inversiones del sector español de empresas inmobiliarias. En total, en lo que va de año se han producido 23 operaciones en estos países. Pero el que lleva acumulado un mayor importe es Canadá, con 1.268 millones de euros. 

    En el sentido inverso, son Reino Unido y de nuevo Estados Unidos los países que más invierten en el ladrillo español, con 28 y 27 operaciones respectivamente. Si nos fijamos en el importe el principal inversor es Alemania, con 1.144 millones.

    El boom de las proptech: tecnológicas inmobiliarias

    España es una potencia mundial en el sector inmobiliario, y en el ámbito tecnológico también está demostrando mucho músculo. Ya el año pasado fue el segundo país a escala global que recibió más inversión en empresas tecnológicas del negocio inmobiliario, las denominadas proptechs. Según el estudio Proptech Global Trends 2021, elaborado por ESCP Business School en colaboración con el Principado de Mónaco, las startups españolas del real estate captaron 856 millones de euros en 2021.

    Esta cifra supera a la de países líderes en desarrollo tecnológico como Reino Unido (799 millones de euros), India (771,7 millones de euros) o Alemania (215 millones de euros). Solo el mercado de las proptech estadounidenses, con transacciones por valor 6.100 millones de euros, es mayor que el español. 

    La digitalización se ha abierto paso a marchas forzadas: hace cinco años había 50 empresas proptech en España y hoy existen más de 500, con la consiguiente atomización del mercado que esto supone. Cuando un sector nuevo comienza a captar grandes cantidades de inversión, las fusiones y adquisiciones no tardan en aparecer. 

    Comienza la concentración en las proptech

    Ya en abril la gestora Med Capital lanzó un fondo para invertir en proptechs. Med Capital Venture Fund I es el fondo de inversión más grande del sector proptech, con 25 millones de euros que destinará a tomar pequeñas posiciones en compañías disruptivas del sector inmobiliario español que faciliten transacciones inmobiliarias y que mejoren los sistemas de construcción, mantenimiento o gestión de los activos.

    Otro ejemplo es el de la proptech de origen finlandés Rive (antes kodit.io), que tras adquirir a la española Lucas en 2021 está acelerando el crecimiento en España de su negocio de compraventa de viviendas de segunda mano. Para ello acaba de cerrar una ronda de financiación por valor de 23 millones de euros, liderada por IDC Ventures, junto con otros fondos de inversión.

  • Real Estate mergers and acquisitions grow by 65% in Spain

    The real estate sector is the focus of most of the M&A transactions in the Spanish market. According to data from Transactional Track Record, between January and November 2022, real estate mergers and acquisitions worth €12.78 billion have been announced or closed, 65% more than in the same period last year. In total there have been 266 deals, 15% more than in 2021.

    40 OPERATIONS IN NOVEMBER ALONE

    January remains the most active month for transactions in the real estate sector, but November closed with some remarkable figures. Over the course of last month, a total of 40 transactions totalled an aggregate amount of 1,446.49 million euros.

    One of the most important was the incorporation of the new joint venture Wellder Senior Assets, born from the merger of Renta Corporación and APG.  The company was created with an initial capital of 125 million and a target leverage of 50%, which should allow for an investment in assets worth 250 million.

    A SECTOR ATTRACTING THE INTEREST OF FOREIGN INVESTORS

    Outside Spain, France and the United States are the main destinations for investments in the Spanish real estate sector. In total, so far this year there have been 23 operations in these countries. However, the one with the largest accumulated amount is Canada, with 1,268 million euros.

    In the other direction, the United Kingdom and the United States are the countries that invest most in Spanish brick, with 28 and 27 operations respectively. If we look at the amount invested, the main investor is Germany, with 1,144 million.

    THE PROPTECH BOOM: REAL ESTATE TECHNOLOGIES

    Spain is a world power in the real estate sector, and it is also showing a lot of muscle in the technological field. Last year it was already the second country globally that received the most investment in technology companies in the real estate business, the so-called proptechs. According to the study Proptech Global Trends 2021, prepared by ESCP Business School in collaboration with the Principality of Monaco, Spanish real estate startups attracted 856 million euros in 2021.

    This figure exceeds that of leading countries in technological development such as the United Kingdom (€799 million), India (€771.7 million) and Germany (€215 million). Only the US proptech market, with transactions worth €6.1 billion, is larger than the Spanish market.

    Digitalisation has come on fast: five years ago there were 50 proptech companies in Spain and today there are more than 500, with the consequent atomisation of the market that this entails. When a new sector begins to attract large amounts of investment, mergers and acquisitions soon follow.

    FOCUS ON PROPTECH BEGINS

    Back in April, Med Capital launched a fund to invest in proptechs. Med Capital Venture Fund I is the largest investment fund in the proptech sector, with €25 million to take small positions in disruptive companies in the Spanish real estate sector that facilitate real estate transactions and improve construction, maintenance or asset management systems.

    Another example is the Finnish proptech company Rive (formerly kodit.io), which after acquiring the Spanish company Lucas in 2021 is accelerating the growth of its business of buying and selling second-hand homes in Spain. To this end, it has just closed a €23 million financing round, led by IDC Ventures, along with other investment funds.

     

  • The restructuring expert in the new insolvency law

    One of the most notable new features of the new Insolvency Act is the introduction of a new auxiliary figure: the restructuring expert. In this article we review their functions and the appointment process.

    Functions

    The first thing to know is what are the functions of this new figure who is now involved in insolvency proceedings. The restructuring expert acts as a mediator who promotes negotiation between the parties. He also helps inexperienced debtors and facilitates judicial decisions when disputes arise between the parties. In addition, in the case of non-consensual plans, he prepares a report on the going value of the company.

    How the restructuring expert is appointed

    Articles 672, 673, 676 and 678 of the Insolvency Act provide that the restructuring expert in insolvency or preinsolvency proceedings is appointed by the judge. He may only do so in two cases:

    • When requested by the debtor or a majority of the creditors.
    • Autonomously, when it deems it necessary to safeguard the interests of creditors or when judicial approval is sought for a restructuring plan that has effects on third parties who have not voted in favour of it.

    Tasks of the restructuring expert

    Among his or her knowledge, skills and abilities, the restructuring expert must be able to detect the warning signs of early insolvency. In this regard, we cannot forget that the Insolvency Act transposes Directive (EU) 2019/1023 of the European Parliament and of the Council of 20 June 2019, the fundamental objective of which is to offer bankruptcy prevention or early warning services.

    In order to increase the efficiency of restructuring, insolvency and debt discharge procedures, the expert must be able to predict difficulties, restructure the organisation pre-emptively and adapt it to the market. To this end, some of his main concrete tasks are to analyse the company’s financial situation and financial statements and to draw up viability plans and growth strategies. He also implements financial solutions, restructuring and continuity measures. He evaluates compliance programmes and implements risk control systems.  Finally, it advises on early warning systems, such as foreclosure and insolvency proceedings.

    Skills of the restructuring expert

    In order to carry out all these tasks effectively, the restructuring material expert must have specialised legal, financial and business knowledge, such as:

    1. The rules applicable to each specific case of insolvency proceedings.
    2. Early warning and early intervention.
    3. The duties of organisational.
    4. Risk control.
    5. Compliance programmes.
    6. The execution of a financial analysis.
    7. The implementation of a feasibility plan.
    8. The valuation of organisations.
    9. What is restructuring or refinancing and what does it consist of.
    10. The implementation of possible financial solutions.
    11. The implementation of growth strategies.

    What is the profile of the restructuring expert?

    According to Article 674 of the new Insolvency Law, the restructuring expert must be a «natural or legal person, Spanish or foreign, who has specialised legal, financial and business knowledge and experience in restructuring matters or who proves that he or she meets the requirements to be an insolvency administrator in accordance with this law».

    In practice, this means that the restructuring expert becomes a profession. No qualification or compulsory registration is required to practise this profession. However, this new insolvency law will require qualified professionals and experts in insolvency proceedings.

    At Confianz we have extensive experience in insolvency law. Do not hesitate to contact us if you have any questions on this subject.

  • El experto en materia de reestructuración en la nueva Ley Concursal

    Una de las novedades más remarcables de la nueva Ley Concursal es la introducción de una nueva figura auxiliar: el experto en materia de reestructuración. En este artículo repasamos cuáles son sus funciones y el proceso de nombramiento.

    Funciones

    Lo primero es saber cuáles son las funciones de esta nueva figura que interviene a partir de ahora en los concursos de acreedores. Pues bien, el experto en reestructuraciones actúa como un mediador que promueve la negociación entre las partes. También ayuda a deudores con poca experiencia y facilita las decisiones judiciales cuando surgen controversias entre las partes. Además, en el caso de los planes no consensuales elabora un informe sobre el valor en funcionamiento de la empresa.

    Cómo se nombra al experto en materia de reestructuación

    Los artículos 672, 673, 676 y 678 de la Ley Concursal establecen que al experto en materia de reestructuración dentro de un proceso concursal o preconcursal lo nombra el juez. Solo podrá hacerlo en dos casos:

    • Cuando lo solicite el deudor o una mayoría de los acreedores.
    • De manera autónoma, cuando lo considere necesario para salvaguardar el interés de los acreedores o cuando se pretenda la homologación judicial de un plan de reestructuración que despliegue efectos a terceros que no hubiesen votado a su favor.

    Tareas del experto en reestructuración

    Entre sus conocimientos, habilidades y destrezas, el experto en materia de reestructuración debe estar capacitado para detectar las señales de alerta de insolvencia temprana. En este sentido, no podemos olvidar que la Ley Concursal transpone la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, cuyo objetivo fundamental es ofrecer servicios de prevención de quiebra o early warning (alerta temprana).

    Para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, el experto debe ser capaz de predecir las dificultades, reestructurar la organización de forma preventiva y adaptarla al mercado. Con este objetivo, algunas de sus tareas concretas principales son analizar la situación y estados financieros de la empresa y elaborar planes de viabilidad y estrategias de crecimiento. También implementa soluciones financieras, medidas de reestructuración y continuidad. Evalúa programas de cumplimiento normativo e implementa sistemas de control de riesgos.  Por último, asesora tanto en los sistemas de alerta temprana, como la ejecución hipotecaria y el concurso de acreedores.

    Competencias del experto en reestructuración

    Para llevar a cabo todas estas tareas con efectividad, el experto en material de reestructuración debe tener conocimientos jurídicos, financieros y empresariales especializados como:

    1. La normativa aplicable a cada caso concreto de proceso concursal.
    2. Los sistemas de alerta e intervención temprana.
    3. Los deberes de los administradores de las organizaciones.
    4. Las técnicas de control de riesgos.
    5. Los programas de cumplimiento normativo.
    6. La ejecución de un análisis financiero.
    7. La ejecución de un plan de viabilidad.
    8. La valoración de organizaciones.
    9. Qué es y en que consiste una reestructuración o refinanciación.
    10. La implementación de posibles soluciones financieras.
    11. La implementación de estrategias de crecimiento.

    Cuál es el perfil del experto en la reestructuración

    Según el artículo 674 de la nueva Ley Concursal, el experto en materia de reestructuración debe ser una “persona natural o jurídica, española o extranjera, que tenga los conocimientos especializados, jurídicos, financieros y empresariales, así como experiencia en materia de reestructuraciones o que acredite cumplir los requisitos para ser administrador concursal conforme a esta ley”. 

    En la práctica, esto significa que el experto en materia de reestructuración pasa a convertirse en una profesión. Para ejercerla no es necesaria ninguna titulación ni colegiación obligatoria. Sin embargo, esta nueva ley concursal va a requerir de profesionales cualificados y expertos en concursos de acreedores.

    En Confianz atesoramos una larga experiencia en derecho concursal. No dudes ponerte en contacto con nosotros si tienes alguna duda en sobre este tema.

  • Claves para una reestructuración empresarial ante un escenario de incertidumbre

    Toda empresa necesita aprender cómo manejarse y afrontar una reestructuración empresarial en situaciones de crisis y en períodos de recesión económica, que pueden volverse más frecuentes o prolongados en un futuro próximo. El objetivo debe ser evitar la crisis empresarial o por lo menos reducir su recurrencia.

    Las causas más comunes de los escenarios de incertidumbre para las empresas pueden ser la falta de diversificación de los productos y servicios ofrecidos, la aparición de cambios inesperados en el mercado, la falta de previsión en los cambios de ciclos económicos, el uso de tecnología obsoleta, la carencia de recursos financieros o la falta de competitividad para operar en los mercados extemos. Las consecuencias de estas crisis potenciales pueden abarcar la pérdida de empleos y de capital de los inversores, acreedores y clientes. 

    Causas de la crisis empresarial

    La crisis de una empresa puede tener su origen en numerosos y variados factores:

    Causas de origen externo

    • Competencia excesiva
    • Fuerte caída de la demanda
    • Fase depresiva del ciclo económico
    • Crisis político-económicas
    • Conflictos locales de mercado
    • Cambios sociales

    Causas de origen interno

    • Gestión ineficaz
    • Sistema productivo ineficiente
    • Inversiones improductivas
    • Exceso de endeudamiento
    • Alta morosidad
    • Falta de fondos propios
    • Pérdidas operativas
    • Flujos de caja negativos

    Las tres fases de la crisis empresarial

    Conocer las tres fases de la crisis empresarial típica es útil para identificar y manejar el problema de manera precoz y evitar llegar a un nivel de insolvencia irreparable.

    Fase I: indicios o síntomas

    Ninguna empresa es inmune a la aparición de una crisis que puede poner en riesgo su viabilidad. Por este motivo, en esta fase es importante ser capaces de reconocer la nueva realidad con agilidad para adoptar las medidas más eficaces.

    La crisis puede comenzar por ejemplo tras un plan de expansión con un alto nivel de endeudamiento que deja a la empresa sin suficiente autonomía financiera. Los créditos pueden modificar sustancialmente la relación deuda/capital y dejar a la empresa sin reservas

    Suficientes para afrontar una etapa prolongada de crisis.

    Los primeros indicios de la recesión empresarial suelen ser una reducción de las ventas y la consiguiente acumulación de inventario. Puede tratarse de un bache temporal, pero es importante detectarlos y evaluar la situación para evitar entrar una espiral de crisis. 

    Fase II: intensificación de la crisis y reestructuración

    Si la crisis se alarga y agrava es necesario implementar un programa de reestructuración empresarial que puede ser estratégico, organizativo, procesal, financiero o varias opciones a la vez. 

    Lo más urgente en toda reestructuración es poner en marcha iniciativas para mantener un flujo de efectivo suficiente para mantener las operaciones en marcha. Porque, sin liquidez, la empresa tendrá muy difícil acceder a nuevos créditos y puede entrar en una quiebra financiera.

    Una posible estrategia para lograrlo es vender instalaciones o divisiones. Proceder a la enajenación de todos aquellos elementos, unidades o líneas de producción, no necesarios o poco productivas. Por otra parte, a veces es mejor perder algún elemento rentable que pueda proporcionar el ingreso de fondos sustanciales de efectivo que aferrarse a él y acabar perdiéndolo todo. Sin embargo, a veces el cierre de instalaciones y la integración de la producción pueden absorber fondos más altos que los que libera, por ejemplo en relación a la plantilla.

    Otras opciones para aumentar la liquidez es reestructurar la deuda o recortar gastos. En cualquier caso, la gerencia debe evaluar constantemente si el negocio no es viable y no vale la pena continuar operando. La palabra clave es rightsizing: en cada sector hay un tamaño óptimo para las empresas y por debajo de él es muy difícil competir.

    Fase III: concurso de acreedores

    En esta fase, la situación del negocio continúa deteriorándose y es necesario acudir a un concurso de acreedores que puede acabar con una renegociación exitosa de la deuda o con la liquidación de la empresa. 

    Si tu empresa se encuentra en esta situación, en Confianz podemos ayudarte tanto para emprender una reestructuración empresarial como para afrontar un proceso concursal con garantías.

  • Family office: qué es, funciones y cuándo crearlo

    Los patrimonios pequeños y medianos pueden ser gestionados de manera relativamente fácil, ya sea por los mismos propietarios (si disponen del tiempo y los conocimientos necesarios) o con la ayuda de un asesor financiero. Sin embargo, cuando se trata de organizar una fortuna familiar entran en juego cuestiones como la cohesión familiar. Es en esos momentos cuando puede surgir la necesidad de crear un family office.

    El family office es un instrumento que tienen las familias empresarias para separar con claridad las decisiones empresariales de las patrimoniales y financieras con el objetivo de preservar el patrimonio ya obtenido por la familia a través de una gestión eficiente.

    Cuándo constituirlo

    Para constituir un family office se requiere de una dimensión patrimonial y financiera cuyo volumen sea difícil de gestionar por la propia familia. Algunas situaciones típicas en las que las familias empresarias necesitan crear esta sociedad es por ejemplo tras la venta de una de sus empresas o en el caso de personas que ganan cantidades muy elevadas en un período de tiempo muy corto, ya sea derivado de una herencia, una carrera deportiva, un premio…

    Esta figura debe ser autosuficiente y generar su propia rentabilidad. La estructura jurídica es la de una sociedad limitada, un banco privado que da servicio a una o varias familias empresarias.

    El family office gestiona el patrimonio invirtiendo en activos tanto financieros como no financieros: planificación, fiscalidad, fondos de inversión, planes de pensiones, gestión de inmuebles, etc. El objetivo es lograr un crecimiento patrimonial a través de una estrategia de inversión global.

    Suelen estar formados por administradores, asesores financieros, especialistas fiscales y expertos en derecho, preferiblemente independientes. El funcionamiento del family office se debe fundamentar sobre la estrategia de inversión y riesgo que señale el Consejo de Familia a través del Plan Estratégico Familiar.

    Funciones 

    Los objetivos fundamentales de un family office son: 

    • Preservar la riqueza de generación en generación gestionando el patrimonio como una sola unidad.
    • Lograr una gestión patrimonial y financiera eficaz desde el punto de vista fiscal. 
    • Facilitar a la familia tomar decisiones adecuadas e informadas.
    • En muchos casos, prestar también servicios de asesoramiento fiscal, financiero y legal a los miembros individuales de la familia. Este es uno de los puntos diferenciales que la distinguen de la banca privada.
    • Servir como plataforma a las siguientes generaciones en la formación de cómo gestionar el patrimonio. 
    • Organizar las sesiones del gobierno familiar (Consejo de Familia) y las actividades conjuntas de la familia.

    Tipos 

    Single family office (SFO)

    Se trata de una sociedad que es para una única familia. Esto significa que los profesionales que gestionen la fortuna de este grupo familiar lo harán en exclusiva para ellos. Según el informe ‘Single Family Office Survey 2021’, elaborado por Credit Suisse, en España este tipo ha crecido de manera considerable en los últimos años. Actualmente se constituyen SFO a partir de 150 millones de euros en activos gestionados.

    De media, los single family offices dan soporte a seis miembros de la familia, y un mayoritario 60% trabaja con dos generaciones. Un 20% trabaja únicamente con la primera generación y un 17% llega hasta la tercera.

    Multi-family office (MFO)

    Si el patrimonio no es lo suficientemente elevado como para formar un family office propio la mejor opción es acudir a uno multifamiliar, cuyo coste suele ser más económico al no existir dedicación exclusiva. En este caso suele tratarse de fortunas de entre 20 y 150 millones de euros.

  • Los pactos de no competencia en las operaciones de M&A

    Entre las cláusulas que aparecen cada vez más a menudo en los contratos de fusiones y adquisiciones están los pactos de no competencia. En su explicación más simplificada, este acuerdo protege al comprador porque le asegura que, una vez concluida la operación, la parte vendedora no va a crear una nueva empresa idéntica que compita con la que acaba de adquirir. 

    Este es un riesgo muy real, ya que el vendedor posee información muy relevante para el negocio. Además, tiene acceso a los clientes más valiosos, el fondo de comercio de la compañía, el know-how y hasta la misma plantilla. Incluso puede conocer secretos industriales. 

    En el SPA (Share Purchase Agreement) que se redacta en las adquisiciones de compañías es habitual que el comprador imponga algunas obligaciones al vendedor. La prohibición de competencia es una de las más utilizadas por la parte compradora para proteger sus intereses. 

    Las dos obligaciones de la parte vendedora

    De hecho, el Tribunal Supremo, en su Sentencia 9 de mayo de 2016, llega a estipular que el empresario transmitente tiene básicamente dos obligaciones:

    1. Comunicar al comprador los conocimientos e informaciones relativos a los procedimientos técnicos de producción y a las estructuras, sistemas y relaciones que configuran la organización comercial de la empresa, tales como los sistemas de ventas, las listas de clientes y proveedores, las estrategias comerciales en el mercado, las redes de distribución y comercialización, etc”.
    • Abstenerse de llevar a cabo una actividad competitiva con la actividad de la empresa enajenada. El objetivo de esta obligación de no hacer no es otro que evitar que el vendedor sustraiga, retenga la clientela adquirida, u dificulte la generación de nueva clientela que la empresa transmitida está habilitada para generar en el momento de la transmisión.”

    Qué incluyen los pactos de no competencia

    Las cláusulas o pactos de no competencia deben detallar prohibiciones o limitaciones de conducta concretas. También el ámbito territorial en el que se aplican y su duración exacta en el tiempo. Un ejemplo podría ser la obligación de cesar los contactos con proveedores clave y clientes de la compañía. O la prohibición del fichaje de empleados en activo. 

    De cara a evitar posteriores conflictos, el pacto debe redactarse de manera precisa y no debe excederse en las prohibiciones de competencia. Es importante que sean cláusulas proporcionales para evitar ligitios en un futuro.

    Cuánto dura la prohibición de competencia

    En el ámbito español

    Respecto a la delimitación temporal de la duración de la prohibición de competencia, en el derecho español se ha discutido repetidamente cual sería el plazo de validez de estos pactos contractuales. El Tribunal Supremo estableció en su Sentencia de 18 de mayo de 2012 que la cláusula de inhibición de la competencia o non-compete está justificada siempre y cuando su duración, ámbito geográfico y contenido no exceda “lo razonablemente útil o conveniente para garantizar que el valor de la transmisión no se viera deteriorado por la actuación del transmitente”. En la práctica, otras sentencias posteriores han considerado excesivo un plazo mayor a tres o cuatro años.

    En el caso de la Audiencia Previa de Madrid, en su Sentencia de 4 de diciembre de 2015, señaló como parcialmente nulas aquellas cláusulas que establezcan periodos superiores a 2 años. Se aplicaría así pues de manera analógica el límite legal máximo estipulado para los pactos de no competencia que rige en materia laboral.

    En el ámbito europeo

    Según el derecho europeo (Comunicación 2005/C56/03), las cláusulas inhibitorias de competencia están justificadas durante un máximo de tres años en operaciones de compraventa que incluyan la transferencia de la clientela como fondo de comercio y conocimientos técnicos. En los casos en los que la operación solo incluye el fondo de comercio, el plazo se reduce a dos años.