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Categoría: Actualidad

  • Operaciones M&A distressed: fusiones y adquisiciones de empresas en apuros

    El aumento de las operaciones distressed es una tendencia creciente en el ámbito de las fusiones y adquisiciones en España. La incertidumbre política y económica están dando lugar a cada vez más operaciones de este tipo, orientadas a la reestructuración de empresas que atraviesan dificultades (distressed).

    Por un lado, existen en el mercado liquidez e inversores con apetito por el riesgo, como las divisiones de Special Opportunities de fondos y entidades de inversión. Por el otro, abundan las oportunidades de compañías de fiabilidad contrastada pero que se encuentran en problemas financieros debido a la coyuntura global de los últimos años. Son empresas que no son viables financieramente pero sí lo son económicamente. Es decir, su verdadero problema no es operativo sino que proviene de un excesivo endeudamiento.

    Qué son las operaciones distressed

    En las operaciones distressed la compañía vendedora atraviesa dificultades financieras y sus accionistas buscan operaciones corporativas que les otorguen alternativas de liquidez y/o viabilidad para mantener parte del negocio y hacer frente a sus pasivos financieros. Por este motivo estas empresas o algunas de sus unidades productivas o ramas de negocio están ahora disponibles a precios más reducidos. 

    Por su parte, el comprador tiene suficiente capacidad económica para afrontar la transacción y busca la rentabilidad a medio o largo plazo. En el caso de España estos compradores suelen ser fondos de inversión locales e internacionales.

    Las operaciones de M&A distressed suelen ser bilaterales, sin que se abran procesos competitivos de venta. 

    Adquisiciones rápidas, con cláusulas earn-out y anti-embarrassment

    Las operaciones distressed suelen ser rápidas, principalmente porque el vendedor o la compañía target tienen una urgencia de tesorería que no les permite alargar los plazos. Esto agiliza todo el proceso, también la auditoría de compra (due dilligence), lo que supone un cierto riesgo añadido para el comprador pero también facilita la negociación a la baja. 

    En cuanto a la fijación del precio, éste suele vincularse en parte a los resultados futuros de la compañía. Es lo que se conoce como cláusula earn-out. También son habituales las cláusulas anti-embarrassment o “antivergüenza”, con las que el vendedor se asegura un incremento del precio si a corto plazo la compañía se sanea y el comprador vende su participación a un precio superior.

    El pago suele diferirse como mínimo de forma parcial.

    ¿Cuándo es mejor acometer una operación distressed? ¿Antes o durante el concurso de acreedores?

    En la mayor parte de este tipo de operaciones se acaba planteando la decisión estratégica de cuándo es el mejor momento para llevarla a cabo: ¿en una situación preconcursal o concursal? No existe una respuesta única ni desde el punto de vista de la empresa target ni desde el punto de vista de la compradora.

    • En un escenario preconcursal la parte compradora tiene que asumir ciertos riesgos rescisorios. 
    • En un escenario concursal puede parecer que el vendedor tiene menos margen de negociación, pero hay que contar con la actuación del administrador concursal y/o el juzgado de lo mercantil, que presionarán para obtener una salida razonable a ciertos activos que dé liquidez a la concursada. 

    Ventajas de adquirir una empresa distressed

    Los fondos de inversión se sienten atraídos por las operaciones distressed porque el precio suele ser muy inferior. Pero no es el único motivo. Este tipo de M&A es también una manera de acceder minimizando el riesgo a un sector o área geográfica interesantes.

    Dificultades del M&A distressed

    La principal dificultad que hay que afrontar al emprender una operación de este tipo es que no sólo implica al comprador y al vendedor, sino que también hay que alinear los intereses de los acreedores de la empresa vendida. Esto conlleva la necesidad de negociar y ejecutar en paralelo la compraventa y la reestructuración de la deuda.

  • A qué empresas afecta la nueva Ley Whistleblower de protección del informante

    Esta misma semana ha entrado en vigor la nueva Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Conocida como Ley de Protección del Informante, esta nueva norma transpone la denominada Directiva Whistleblower y obliga entre otros a todas las empresas con más de 50 trabajadores a disponer un sistema interno que permita a los trabajadores informar sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el ámbito profesional. 

    Estas podrán ser infracciones penales o infracciones administrativas graves o muy graves, considerando entre éstas, en todo caso, a las que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

    Estructura del sistema de información Whistleblower

    El órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad será el responsable de la implantación del sistema interno de información, previa consulta con la representación legal de los trabajadores.

    El sistema de información deberá garantizar la imparcialidad, el respeto a los datos, la privacidad y la reserva de las comunicaciones. Estará integrado por dos elementos:

    • El canal interno de información propiamente dicho, que debe facilitar la presentación de información por vía postal, electrónica, telefónica o incluso presencial. Las comunicaciones orales deben ser registradas por el informante a través de una grabación o transcripción completa. El sistema debe asegurar la confidencialidad y la privacidad de la identidad del denunciante y permitir el envío y la tramitación de informes de manera anónima. Se mantendrá un archivo privado de los datos recibidos y de los estudios internos realizados.
    • El responsable del sistema interno de información, que puede ser una persona o un órgano colegiado. Cuenta con la autorización del consejo o el panel de gestión pero realiza sus tareas de forma independiente y autónoma.

    Los principios que rigen el sistema interno de información deben ser públicos. La gestión puede ser interna o externa a la empresa.

    Plazos de actuación

    En el plazo de siete días naturales el responsable del sistema interno de información deberá hacer acuse de recibo de la comunicación al informante.

    La respuesta a las actuaciones de investigación no podrá tardar más de 3 meses desde su recibo. Solo en casos de especial complejidad podrá extenderse durante 3 meses adicionales. Si los hechos demuestran ser delitos, la información debe enviarse de inmediato al Ministerio Fiscal o a la Fiscalía Europea.

    Medidas de protección al informante

    El objetivo fundamental de la Ley de Protección del Informante es salvaguardar a los informantes frente a las represalias que pudieran sufrir. Por este motivo les otorga protección durante un mínimo de 24 meses.

    Se entiende por represalia cualquier acto u omisión que supongan un trato desfavorable que suponga una desventaja en el contexto laboral solo por su condición de informantes. Estos actos u omisiones serán inválidos por completo y, en su caso, podrán derivar en el pago de la indemnización correspondiente.

    También se prevé la adopción de medidas de apoyo a los informadores, asesoramiento público y gratuito sobre procedimientos y recursos disponibles, ayuda legal en procesos penales y civiles transfronterizos o incluso asistencia económica y apoyo psicológico. 

    Multas de hasta un millón de euros

    Las infracciones podrán ser sancionadas con multas de entre 1.000 € y 300.000€ para las personas físicas y hasta  1.000.000 € para las personas jurídicas

    Cuál es la fecha límite para implantar un Whistleblower en la empresa

    Las empresas con 250 o más empleados deben implementar el sistema antes del 13 de junio. En el caso de las empresas con una plantilla de hasta 250 trabajadores cuentan con un margen adicional hasta el 1 de diciembre.

    Canales externos de notificación 

    El informante también podrá optar por utilizar el canal externo de notificación de la recién creada Autoridad Independiente de Protección del Informante. Esta tendrá que dar una respuesta en un plazo de tres meses: archivar el caso, enviarlo al Ministerio Fiscal, transferir lo actuado a la autoridad apropiada o iniciar un procedimiento sancionador.

    En última instancia, tras realizar la comunicación por los canales internos y externos y expirar los plazos previstos sin que se hayan tomado medidas apropiadas, el informante podrá hacer una revelación pública de la infracción si supone un peligro inminente para  el interés público.

  • Alternativas para un proceso de sucesión empresarial en las pymes. Enfoque estratégico y fiscal

    El objetivo de esta jornada es aportar algunas claves para situar bien el punto de partida, valorar pros y contras estratégicos de las diferentes alternativas (sucesión familiar o directiva, separación de negocios, fusión, venta o entrada de capital riesgo) y ahondar específicamente en las consecuencias fiscales que tiene cada una de ellas.

    • Ponentes:
      • Joaquín Moral, Socio de CONFIANZ, S.L.
      • 2 CEO empresa familiar
    • Día: 19 de abril de 2023
    • Horario: de 18.30 a 20.00 h.
    • Lugar: Salón de grados Facultad de Economía y Empresa UPV/EHU, Avda. Lehendakari Aguirre, 83  48015 Bilbao
    • Asistencia: GRATUITA

    (Previa inscripción en la web de la Cátedra de Empresa Familiar: http://www.ehu.eus/es/web/catedra-empresa-familiar/izena-emateko-orria)

    Más información

  • Se acerca una ola de fusiones en el sector de los seguros

    La alta inflación está disparando los costes operativos y reduciendo drásticamente los márgenes de las aseguradoras en España. Sobre todo en aquellas especializadas en pólizas de automóviles. El sector de los seguros ha demostrado una gran resiliencia durante las últimas crisis, pero en los últimos meses está teniendo dificultades para superar el aumento del número de siniestros, los problemas de suministros y el alza de los costes de las reparaciones.

    Por este motivo, se espera que en los próximos meses se multipliquen las operaciones de M&A en el sector de las aseguradoras. La primera en salir al mercado es la filial española del grupo americano Liberty Mutual, una transacción que podría mover unos 1.400 millones de euros.

    Subidas de precios y recortes de plantillas en las empresas de seguros

    La incertidumbre es generalizada. Para hacer frente a las dificultades las aseguradoras preparan una subida generalizada del precio de las pólizas, y tres compañías líderes ya han puesto en marcha o anunciado reestructuraciones de sus plantillas para mejorar su eficiencia y mejorar la rentabilidad. Entre 2021 y 2022 Mapfre prejubiló a casi 600 empleados. A finales del año pasado Catalana Occidente inició un proceso de salidas voluntarias para hasta 550 trabajadores. Por su parte, la francesa Axa acaba de comunicar su intención de llevar a cabo un ERE en su filial española. 

    Posible opa sobre Línea Directa 

    La industria de los seguros está muy atomizada. En España existen unas 200 aseguradoras, y las subidas de las pólizas y las reducciones de plantilla no serán suficiente para todas ellas. Algunas tendrán que buscar nuevos socios.

    Al ya mencionado caso de Liberty Seguros es posible que se sume pronto una de las empresas de referencia en los seguros para automóviles: Línea Directa. Tras su salida a bolsa en abril de 2021 las acciones de la compañía han perdido más de un 35% de su valor. Este descenso continuado ha disparado los rumores que apuntan a que fondos de inversión y otras aseguradoras podrían estar preparando una oferta pública de compra. 

    Para blindarse ante la posibilidad de una opa hostil, en las últimas semanas Línea Directa ha atraído dos nuevos accionistas de peso a su estructura de capital. Se trata de la gestora Candriam, propiedad de la firma de pólizas The New York Life, y de los dueños de la farmacéutica Rovi. Candriam ha tomado un 3% del capital, mientras que la familia López-Belmonte se ha hecho con un 4,32%. 

    Una tendencia global en todo el mundo

    En España la última gran adquisición que se ha producido en el sector de los seguros fue protagonizada por Mutua Madrileña, que a finales de 2021 adquirió el 8% de El Corte Inglés por 1.105 millones de euros y se convirtió así en su proveedor en exclusiva de seguros. 

    A nivel internacional, las fusiones y adquisiciones de aseguradoras marcaron el año pasado un récord histórico. Un reciente informe del despacho de abogados global Clyde & Co, cifra en 449 el número de operaciones registradas en 2022 en todo el mundo. Esto son 31 más que en 2021. América se mantuvo como la región más activa en 2022, con 236 fusiones y adquisiciones. En Europa se produjeron 127 transacciones; en la región Asia-Pacífico, 60; y en Oriente Medio y África, 24. 

    Los grandes acuerdos por valor de más de 1.000 millones de dólares fueron 19, y se espera que en este 2023 la cifra de megatransacciones crezca entre las grandes empresas del sector de los seguros. Porque las fusiones y adquisiciones son la mejor manera de crecer rápidamente. 

  • Nueva directiva del impuesto mínimo del 15%: así afectará a las grandes empresas

    El pasado 22 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la nueva directiva que establece un umbral de tributación mínima global para grandes empresas. Su objetivo es establecer un nivel de tributación internacional mínimo para las multinacionales. Para ello establece un marco de normas que prevén que, cuando el tipo efectivo en un país sea inferior al 15%, se recaude un impuesto adicional o complementario.

    La OCDE calcula que esta importante novedad en materia de fiscalidad internacional recaudará 220.000 millones de euros a nivel global. 

    Qué empresas se verán afectadas

    La directiva (UE) 2022/2523 del Consejo se aplicará sobre aquellos grupos empresariales con presencia en la Unión Europea (UE) cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o superiores a 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro ejercicios precedentes. Esto incluye tanto las matrices últimas como las matrices intermedias y las filiales residentes en la UE.

    Cuándo entrará en vigor la directiva del impuesto mínimo

    Esta directiva deberá ser transpuesta a la normativa de los Estados miembros durante 2023, para comenzar a aplicar la regla de inclusión de rentas desde el 1 de enero de 2024. Por su parte, la regla de beneficios insuficientemente gravados empezará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025.

    Cómo se pagará el impuesto mínimo del 15%

    Regla de inclusión de rentas

    La matriz última del grupo que resida en la UE deberá ingresar el impuesto complementario de la propia matriz y de cualquiera de sus filiales, residentes o no en la UE, cuando unas y otras queden gravadas a un tipo inferior al 15%.

    Regla de beneficios insuficientemente gravados

    En algunas situaciones no se puede aplicar la regla de inclusión de rentas. Por ejemplo, cuando la jurisdicción en la que se ubica la matriz no la contempla. En estos casos serán las entidades matrices intermedias o las filiales del grupo residentes en la UE las que deberán pagar el impuesto complementario.

    Impuestos complementarios nacionales

    Además, la directiva permite a los Estados miembros adoptar impuestos domésticos que aseguren una tributación mínima del 15% para las sociedades ubicadas en su jurisdicción. Estos impuestos complementarios nacionales serán deducidos del impuesto complementario global del grupo.

    Así se calculará el tipo efectivo de gravamen

    El cálculo del tipo efectivo de gravamen del grupo es una operación compleja.

    En primer lugar, el tipo efectivo de gravamen se mide en cada jurisdicción por separado. Para determinarlo, se dividen los impuestos cubiertos ajustados entre las ganancias y pérdidas admisibles.

    Los impuestos cubiertos ajustados corresponden al impuesto sobre sociedades, aunque con algunas correcciones. Por ejemplo, en las jurisdicciones en las que el tipo nominal del impuesto sea superior al 15%, los impuestos por activos y pasivos diferidos se recalculan al 15%.

    Por su parte, las ganancias y pérdidas admisibles se calculan partiendo de la cuenta de pérdidas y ganancias utilizadas para la elaboración de los estados financieros consolidados. Sobre esta magnitud contable se realizarán ajustes para eliminar ingresos o gastos que habitualmente se excluyen de la base imponible del impuesto sobre sociedades según las diferentes las normativas de los distintos países. Por ejemplo: dividendos cualificados, deterioros de inmovilizado, gastos por pagos ilícitos o por sanciones…

    Consecuencias en España

    Estas nuevas reglas no deberían tener un gran impacto recaudatorio en España, dado que ya hay una regla doméstica de tributación mínima que ya sitúa el tipo efectivo de las sociedades, en general, por encima del 15%. 

    Sin embargo, algunos grupos se podrían ver afectados, dado que en algunos casos todavía hoy es posible tributar por debajo del 15%. Este es el caso de empresas acogidas a regímenes fiscales especiales o que apliquen deducciones por doble imposición.

  • 72 horas clave para que una empresa pueda exonerar sus deudas con la Seguridad Social y Hacienda

    La nueva Ley Concursal prevé para las empresas con menos de diez empleados y una facturación inferior a los dos millones de euros que se encuentren en dificultades la posibilidad de abrir un procedimiento especial de continuación. Este procedimiento les puede permitir exonerar sus deudas con la Seguridad Social y Hacienda por un valor máximo de 10.000 euros en cada caso. 

    Esta es una ventaja importante respecto a la anterior legislación, que marcaba el límite en los 1.000 euros de deuda con cada entidad pública. Sin embargo, esta posibilidad está sujeta a algunas condiciones y es importante actuar con rapidez.

    Las microempresas en concurso pueden perder sus exoneraciones si no informan a la Administración

    72 horas a partir de la solicitud de apertura de un procedimiento especial de continuación. Este es el plazo que tienen las empresas para informar a la Seguridad Social y Hacienda según una reciente publicación en la web de la Seguridad Social,. De lo contrario, podrían perder el derecho a exonerar sus deudas públicas.

    Esta es una cuestión muy relevante en un procedimiento de este tipo. Porque no comunicar la apertura del concurso a la Administración, no hacerlo a tiempo o siguiendo correctamente los canales establecidos puede suponer para la empresa perder el derecho a las quitas y esperas que resulten del procedimiento especial de continuación. 

    Exoneración de hasta 20.000 euros en las deudas públicas de las empresas

    Y estas exoneraciones podrían ascender a un global de 20.000 euros (10.000 euros para Hacienda y otros 10.000 para la Seguridad Social). Concretamente, la nueva Ley Concursal prevé que la exoneración de las deudas públicas serán de un 50% del total adeudado con la Administración y sin poder superar 10.000 euros por entidad. Es decir, que la empresa sólo puede alcanzar el máximo de 20.000 euros si tiene obligaciones pendientes por valor de más de 20.000 euros con Hacienda y de más de 20.000 euros con la Seguridad Social.

    Cómo informar a la Seguridad Social de la apertura de un procedimiento concursal especial

    La Seguridad Social ha habilitado un servicio online a través del cual las microempresas que entren en un procedimiento concursal especial y mantengan deudas con la Tesorería General pueden notificar esta situación. 

    La condición básica es que la apertura del procedimiento especial de continuación se haya solicitado no antes de las 72 horas anteriores.

    Cómo lograr la exoneración de la deuda pública en un procedimiento concursal especial

    Para quedar exonerada de sus deudas públicas, la microempresa debe demostrar su endeudamiento a través de un procedimiento concursal especial. Y con el objetivo de facilitar este procedimiento, el pasado 9 de enero se puso en marcha un procedimiento que consiste en un test digital. 

    Esta nueva plataforma concursal de liquidación de bienes permite a las microempresas comunicarse directamente con los juzgados mercantiles. Por ejemplo, les facilita la presentación de los distintos formularios normalizados. De esta manera la información llega y puede ser almacenada por el Registro mercantil o por el juzgado competente, agilizando los trámites.

    Los requisitos para las empresas que deseen iniciar el procedimiento abreviado son dos: 

    • Tener una media de menos de 10 trabajadores a lo largo del año anterior.
    • Haber registrado un volumen de negocio inferior a los 700.000 euros y un pasivo inferior a los 350.000 euros durante el año anterior.

    Si tu empresa se encuentra en dificultades y te enfrentas a la presentación de un procedimiento concursal especial, en Confianz podemos asesorarte a lo largo de todo el proceso. 

  • Las ventajas de la empresa familiar ante el nuevo impuesto a las grandes fortunas

    Acogerse al marco fiscal de la empresa familiar puede ser una buena estrategia financiera para los contribuyentes afectados por el nuevo Impuesto Temporal Solidario a las Grandes Fortunas (ITSGF). 

    La empresa familiar disfruta de ventajas que tienen por objetivo salvaguardar los activos productivos para facilitar la pervivencia en el tiempo de las sociedades. Los bienes de la empresa familiar reciben un tratamiento fiscal diferenciado y armonizado en todas las autonomías:

    • Exención en el Impuesto sobre el Patrimonio del valor de la empresa familiar. Por contra, un empresario titular de la actividad o de las acciones de una empresa no familiar debe tributar por ellas en su Impuesto sobre el Patrimonio y el ITSGF, según el valor de la compañía.
    • Bonificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En algunas comunidades autónomas llega al 99% del valor de la empresa familiar.
    • Diferimiento en el IRPF de la ganancia patrimonial puesta de manifiesto en las donaciones de acciones o participaciones.

    Cómo planificar la empresa familiar para ahorrar en el Impuesto Solidario a las Grandes Fortunas

    Como hemos visto, la constitución de una empresa familiar no solo permite ahorrar directamente en la cuota del Impuesto Solidario a las Grandes Fortunas, sino que también beneficia a las siguientes generaciones. Esto es así porque el régimen de la empresa familiar permite bonificar en gran parte la tributación que se genera ante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

    Además, el impuesto a las grandes fortunas declara exentos los bienes y derechos gravados en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Esto es: los bienes culturales, las residencias permanentes hasta 300.000 euros y, también, las empresas familiares. De esta manera se pretende evitar las posibles deslocalizaciones de este tipo de capitales al extranjero.

    Pero para poder aprovechar todas sus ventajas es importante señalar que la sociedad creada debe cumplir una serie de condiciones:

    • No puede ser una sociedad patrimonial cuyo objeto principal sea la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Tiene que ser una sociedad operativa con actividad económica y al menos el 50% de su activo se debe encontrar afecto al desarrollo de la actividad empresarial. 
    • Otros miembros de la familia empresaria deben poseer al menos el 20% de la sociedad, o el 5% de forma individual. Estos familiares pueden ser tanto el cónyuge como los ascendientes, descendientes y colaterales hasta un segundo grado. 
    • La dirección de la empresa debe estar en manos de un miembro de la familia accionista. La remuneración que perciba por este trabajo tiene que sumar más del 50% de sus rendimientos del trabajo y actividades económicas. 
    • En caso de herencia, las acciones deberán mantenerse durante al menos 10 años.

    Poco margen de maniobra para reordenar el patrimonio 

    Durante los dos años en los que el ITSGF estará en principio vigente, el Gobierno estima que afectará a casi 23.000 contribuyentes y recaudará 1.500 millones de euros anuales. Sin embargo, hay que recordar que el texto legislativo deja la puerta abierta a prorrogarlo durante más tiempo.

    El ITSGF ha sido aprobado en un tiempo legislativo récord. Además, este impuesto grava ya el patrimonio de 2022, aunque se pague en 2023. Esto ha dejado a las grandes fortunas sin apenas tiempo para reordenar su patrimonio.

    De cara a este 2023, la constitución de una empresa familiar puede ser una manera de ahorrar en el nuevo impuesto a las grandes fortunas. Sin embargo, esta estrategia exige una cuidadosa planificación por parte de expertos en empresas familiares.

  • La Comisión Europea analizará las subvenciones extranjeras en las operaciones de M&A

    A partir del 12 de octubre, en las operaciones de M&A no bastará con realizar un análisis de control de concentraciones e inversión extranjera directa. También habrá que realizar un análisis sobre si la operación debe sujetarse también a la autorización de la Comisión Europea conforme a la nueva normativa de subvenciones extranjeras. Irremediablemente, esto alargará los plazos y encarecerá los costes de la operación.

    Te lo contamos en detalle.

    Nuevo reglamento sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior

    El pasado 23 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2022/2560 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior. Conocido por sus siglas en inglés como Reglamento FSR (Foreign Subsidies Regulation), su contenido se inspira en la normativa europea sobre ayudas de Estado y control de concentraciones.

    El nuevo reglamento establece que cualquier subvención extranjera a empresas europeas podrá ser objeto de investigación por parte de la Comisión Europea. Ésta tendrá amplios poderes para realizar requerimientos de información, inspecciones e investigaciones de mercado en sectores específicos. Por este motivo, todas las empresas que reciban alguna subvención de este tipo tendrán que recopilar información tanto de los cinco años anteriores al 12 de julio de 2023 como de manera recurrente en un futuro.

    Cómo afecta el Reglamento FSR a las fusiones y adquisiciones

    La Unión Europea quiere de esta manera evitar distorsiones en el mercado interior y en la igualdad de condiciones de competencia. Sobre todo cuando estas subvenciones se utilicen a continuación para financiar total o parcialmente operaciones de M&A.

    El Reglamento FSR tiene un impacto directo en las operaciones de M&A para aquellas empresas que hayan recibido subvenciones extranjeras desde los tres años anteriores al 12 de julio de 2023 y en el futuro. 

    A partir del 12 de octubre de 2023, en las operaciones de M&A habrá que realizar, como hasta ahora, el análisis de control de concentraciones y de FDI. Pero además habrá que añadir un análisis que establezca si la operación debe sujetarse también a la condición de que la Comisión la autorice conforme a la normativa de subvenciones extranjeras.

    Qué operaciones están sujetas a notificación

    • Aquellas en las que alguna de las empresas que toman parte esté establecida en la UE y genere aquí un volumen de negocios de 500 millones de euros o más.
    • Si las siguientes empresas han obtenido de terceros países en los tres ejercicios anteriores contribuciones financieras combinadas superiores a 50 millones de euros. 

    Procedimiento de notificación

    En los contratos de M&A afectados por el Reglamento FSR se deberán solicitar la autorización previa de la Comisión Europea.

    Esta notificación la deben realizar las partes implicadas:

    • En caso de fusión: conjuntamente por las partes intervinientes en la fusión o adquisición de control conjunto.
    • Si se trata de una adquisición: la persona o empresa que adquiera el control de la totalidad o partes de una o varias empresas.

    La Comisión dispone de un plazo de 25 días hábiles desde la recepción de la notificación completa para decidir iniciar una investigación exhaustiva. Lo hará si ve indicios de que exista una subvención extranjera que distorsione el mercado interior. Esta investigación exhaustiva puede durar hasta 90 días hábiles antes de que la Comisión adopte una decisión.

    La Comisión puede adoptar tres tipos de decisiones:

    • Con compromisos, como el reembolso de la subvención, la reducción de la presencia en el mercado, la abstención de realizar determinadas inversiones, etc.
    • Sin objeciones. 
    • Prohibiendo la operación de concentración.
  • Todos los detalles del nuevo Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas

    El pasado 28 de diciembre de 2002 se publicó en el BOE la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que regula en su artículo 3 el nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF). Estas son sus líneas maestras.

    Quién debe pagar el impuesto a las grandes fortunas

    Este impuesto temporal es un tributo de naturaleza directa, que complementa con una cuota adicional el Impuesto sobre el Patrimonio de las personas físicas cuyo patrimonio neto supere los 3 millones de euros. La doble imposición se evita porque los sujetos pasivos podrán deducirse en el ITSGF la cuota efectivamente satisfecha en el Impuesto de Patrimonio.

    Objetivos del impuesto a las grandes fortunas

    Sus objetivos principales son dos:

    • Finalidad recaudatoria. Ante el actual contexto de crisis energética y de subida de precios, este instrumento exige un mayor esfuerzo a los contribuyentes que gozan de una mayor capacidad económica. 
    • Finalidad armonizadora. Este es un impuesto de carácter estatal, no susceptible de ser cedido a las comunidades autónomas. Porque uno de sus objetivos es reducir las diferencias que existen en el gravamen del patrimonio en las distintas autonomías. 

    En qué ejercicios habrá que pagar el impuesto de solidaridad

    El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas en principio se aplicará en los dos primeros ejercicios desde su entrada en vigor. Es decir, los ejercicios 2022 y 2023, puesto que entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, el 29 de diciembre de 2022.

    No obstante, aunque el nuevo impuesto es de momento temporal, la norma también especifica su carácter revisable. Así pues, cuando finalice su vigencia prevista podrán evaluarse los resultados y proponer su mantenimiento o supresión. 

    Cómo se calculará la base imponible

    La base imponible corresponde al valor del patrimonio neto del sujeto pasivo,. Este se determina por la diferencia entre el valor de los bienes y derechos de que sea titular:

    • Las cargas y gravámenes de naturaleza real, cuando disminuyan el valor de los respectivos bienes o derechos.
    • Las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.
    • La base imponible se reducirá, en concepto de mínimo exento, en 700.000 euros.

    En lo demás, se aplicarán las reglas del capítulo IV de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Así, por ejemplo están exentos del impuesto los bienes del Patrimonio Histórico Español o de las CCAA, los objetos de arte y antigüedades que no excedan de ciertas cantidades, la vivienda habitual hasta un importe máximo de 300.000 euros, los derechos de contenido económico correspondientes a ciertos sistemas de previsión social, los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo, etc.

    ¿Cuál es la escala de cuotas aplicables?

    • Los patrimonios entre 3.000.000 y 5.347.998,03 euros se graban con un tipo del 1,7%. 
    • Los que se encuentran entre 5.347.998,03 y 10.695.996,06 euros se graban con un tipo del 2,1%
    • Aquellos que superen los 10.695.996,06 euros se graban con un tipo del 3,5%.

    La cuota íntegra del ITSGF, conjuntamente con las cuotas del IRPF y del Impuesto de Patrimonio, no podrá exceder del 60% de la suma de las bases imponibles del primero. Una vez más, aquí son de aplicación las reglas sobre el límite de la cuota íntegra del Impuesto de Patrimonio.

    Si la suma de las cuotas de los tres impuestos supera el 60%, se reducirá la cuota de este impuesto hasta alcanzar el límite indicado, sin que la reducción pueda exceder del 80%.

  • Los secondary buyout (SBO) se disparan en España

    Los secondary buyout entre fondos de private equity se han disparado en el último año en España. Es decir, cada vez más fondos de capital riesgo españoles se están apalancando en otros fondos internacionales para vender sus mejores activos.

    El secondary buyout (SBO) es una operación de M&A en la que un fondo de capital riesgo compra a otro fondo de capital riesgo su participación en una empresa previamente adquirida por éste.

    También conocido como adquisición apalancada secundaria, estas megacompras entre fondos de capital riesgo movieron el año pasado más de 7.000 millones de euros en España. Algunas de las principales operaciones fueron las de Altadia, adquirida por Carlyle a Lone Star por más de 1.900 millones de euros; la teleco Adamo, adquirida por Ardian a la gestora sueca EQT por más de 1.000 millones;  y la pizarrera Cupa, adquirida por Brookfield a Carlyle por 900 millones. 

    Por qué hay cada vez más secondary buyout en España

    Existen diversos motivos que explican por qué se producen cada vez más grandes compraventas de compañías españolas entre fondos de capital privado nacionales e internacionales.

    • Unos niveles de liquidez históricos en los private equity gracias a los procesos de levantamiento de capital de los últimos años. 
    • La decidida apuesta de los inversores internacionales por España. Numerosos fondos de capital riesgo extranjeros están aterrizando en el mercado español, muchos incluso abriendo oficina local. 
    • La creciente competencia por los activos de calidad ha despertado un gran apetito en el mercado, facilitando a sus propietarios jugosas plusvalías. Hay más compradores y vendedores en el mercado y se ha reducido la brecha entre las condiciones exigidas por las diferentes partes. 
    • La incertidumbre global incita a invertir en empresas más consolidadas. Porque, en teoría, las compañías que ya han contado con un private equity como socio tienen estándares de calidad más elevados y han vivido dos o más etapas de crecimiento e internacionalización.

    Características de los secondary buyout

    La rapidez 

    Los secondary buyout son operaciones de M&A que suelen cerrarse de forma especialmente veloz. En estas compraventas suelen interesarse varios fondos de capital riesgo e incluso otras empresas. Por este motivo, la parte compradora a menudo tiene que hacer frente a una fuerte presión no solo en precio, sino también en plazos. 

    El uso de la póliza de seguro de manifestaciones y garantías

    Para el fondo de capital riesgo vendedor es una prioridad asegurarse de no tener ninguna potencial responsabilidad futura en relación con la venta de la compañía. Para lograr esta salida limpia, suele obligar al comprador a suscribir una póliza de seguro de manifestaciones y garantías (warranty and indemnity insurance o W&I). De esta forma el fondo comprador tiene cobertura frente a contingencias desconocidas y es la aseguradora quien cubre el riesgo por incumplimiento de las manifestaciones y garantías del vendedor. 

    Fijación de precios por el sistema locked box

    En los secondary buyout el precio suele fijarse por el sistema locked box. Es decir, el precio se fija con base en unas cuentas cerradas con fecha anterior a la firma del contrato de compraventa. A partir de esa fecha el riesgo/beneficio económico del negocio se traslada al comprador. Por su parte, el vendedor asume ciertas obligaciones durante el período interino.

    Perspectivas de futuro

    En mercados como el francés o el británico, los secondary buyout suponen casi el 30% del total de operaciones de M&A. En España todavía nos encontramos lejos de este porcentaje, por lo que hay que pensar que las adquisiciones apalancadas secundarias todavía tienen un amplio recorrido de crecimiento en los próximos años.