La fiscalidad de trabajadores no residentes en España en 2025 es un tema que, aunque pueda parecer técnico, tiene implicaciones prácticas y reputacionales para empresas y directivos. Cómo bien sabemos, estamos viviendo un momento en el que el talento se mueve con facilidad, y es de suma importancia entender las obligaciones fiscales asociadas a la contratación o desplazamiento de trabajadores no residentes para evitar sanciones y proteger la imagen corporativa.
¿Qué implica la fiscalidad de trabajadores no residentes?
Un trabajador no residente es aquel que no permanece más de 183 días en España durante el año natural y cuyo núcleo principal de intereses económicos y familiares está fuera del país. Estos trabajadores tributan en España únicamente por los ingresos obtenidos en territorio español, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
Las empresas que contratan a trabajadores no residentes deben aplicar una retención del 24% sobre los ingresos obtenidos en España. Sin embargo, si el trabajador es residente fiscal en un país de la Unión Europea, Noruega o Islandia, la retención se reduce al 19%. Estas retenciones deben ingresarse a Hacienda mediante el modelo 216 y resumirse anualmente en el modelo 296.
Es fundamental identificar correctamente la residencia fiscal de cada trabajador antes de firmar el contrato y asegurarse de aplicar la retención correcta y de cumplir con los modelos fiscales adecuados. Documentar todas las situaciones especiales, como trabajadores transfronterizos o impatriados, es clave para evitar sorpresas ante una inspección.
Casos especiales
Los trabajadores transfronterizos, aquellos que viven en un país y trabajan en otro, presentan particularidades fiscales. Por ejemplo, los convenios de doble imposición con Francia y Portugal permiten que el trabajador tribute solo en su país de residencia, siempre que cumpla ciertos requisitos, como una distancia máxima de 20 km en el caso de Francia. En estos casos, la empresa española no debe practicar retención alguna.
El régimen opcional para no residentes de la UE/EEE permite que, si el trabajador obtiene al menos el 75% de sus ingresos en España, pueda solicitar tributar como si fuera residente. Esto le permite recuperar parte de las retenciones soportadas y es una opción interesante para perfiles internacionales con vínculos económicos significativos en el país.
La Ley Beckham, o régimen de impatriados, permite a ciertos directivos y profesionales desplazados a España tributar como no residentes (tipo fijo del 24%) durante seis años, aunque vivan en el país. Este régimen, diseñado para atraer talento internacional, requiere cumplir requisitos específicos y ha sido objeto de controversia y revisión por parte de la Agencia Tributaria para evitar fraudes y abusos.
Reputación y cumplimiento
La correcta gestión fiscal de trabajadores no residentes no solo evita sanciones, sino que transmite seriedad, solvencia y compromiso con la legalidad. Comunicar transparencia y cumplimiento en la gestión de equipos internacionales refuerza la imagen de la empresa y de sus directivos.
La fiscalidad de trabajadores no residentes en España en 2025 es una herramienta de control, una oportunidad reputacional y una responsabilidad directa del liderazgo. No importa si gestionas talento internacional, reputación corporativa o estrategia fiscal. Este es un tema que no se puede delegar sin supervisión.
En Confianz ayudamos a que la fiscalidad internacional no sea un obstáculo, sino una ventaja competitiva. ¿Tu empresa trabaja con directivos o consultores extranjeros? ¿Tienes dudas sobre cómo aplicar correctamente los modelos o retenciones? Hablemos.