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Etiqueta: impuesto sobre sociedades 2025

  • Cómo reducir el Impuesto sobre Sociedades en 2025 antes del cierre fiscal

    El cierre fiscal de 2025 llega con una oportunidad que muchas pymes y microempresas no deberían dejar pasar. Reducir el Impuesto sobre Sociedades este año es posible. La reforma fiscal aprobada en diciembre de 2024 establece una rebaja progresiva de tipos que entrará en vigor el próximo 1 de enero. Ahora bien, aprovechar esos nuevos tramos requiere planificación.

    Estrategias inmediatas para reducir el Impuesto sobre Sociedades

    La clave no está en deducir por deducir. Se trata de anticipar movimientos contables y fiscales que generen impacto. Por ejemplo, si tu empresa factura menos de 10 millones de euros anuales, adelantar gastos deducibles antes del 31 de diciembre puede resultar más ventajoso que esperar. Compras de material, reparaciones pendientes o renovación de equipos informáticos son gastos que, ejecutados ahora, te permiten reducir la base imponible en un ejercicio donde todavía tributas al 24% o 25%. Al mismo tiempo, diferir ingresos puede ser una táctica inteligente. Si tienes margen para posponer la emisión de facturas o el reconocimiento de ciertos contratos de servicios hasta enero de 2026, estarás tributando sobre esos importes con los nuevos tipos reducidos. Esta estrategia es perfectamente legal si se documenta correctamente y responde a la realidad económica de tu actividad.

    La reserva de capitalización sigue siendo una herramienta infrautilizada. Permite reducir la base imponible en un 20% sobre el incremento de fondos propios, siempre que se mantengan durante tres años. Si además has ampliado plantilla en 2025, puedes sumar una reducción adicional. No es un trámite complejo, pero sí exige coherencia entre la contabilidad y la declaración fiscal. Muchas empresas lo pasan por alto y pierden miles de euros en ahorro potencial.

    La fiscalidad verde como palanca de ahorro

    Los incentivos fiscales vinculados a sostenibilidad no son solo marketing institucional.Si tu empresa adquiere un vehículo eléctrico en 2025, puede aplicar libertad de amortización. Las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga tienen carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, lo que significa que cualquier compra realizada este año queda cubierta. Las empresas que adquieran vehículos eléctricos para su flota pueden beneficiarse de deducciones en el Impuesto sobre Sociedades, especialmente si la compra se enmarca dentro de planes de eficiencia energética. No son ayudas testimoniales. Las empresas que adquieran vehículos eléctricos en 2025 podrán beneficiarse de una deducción del 15% sobre el precio de compra, con un límite de 20.000 euros por vehículo. Para instalaciones de puntos de recarga, la deducción alcanza el 15% con tope de 4.000 euros. Esto se suma a las amortizaciones aceleradas, que permiten recuperar la inversión en menos tiempo. En un contexto donde reducir el Impuesto sobre Sociedades es prioritario, esta vía funciona y tiene recorrido hasta finales de 2026.

    Los límites que nadie suele revisar

    Hay gastos que parecen menores pero que generan ajustes fiscales si no se controlan. Las atenciones a clientes y proveedores tienen un límite del 1% sobre el importe neto de la cifra de negocios. Superar ese porcentaje significa que la parte excedente no es deducible. Documentar correctamente estos gastos ahorra disgustos en una inspección. La amortización libre hasta 300 euros por unidad existe, pero con un límite global anual de 25.000 euros. Muchas empresas compran equipos informáticos o mobiliario y los amortizan libremente sin considerar ese tope acumulado. El resultado puede ser un ajuste extratemporario que revierta deducciones de ejercicios anteriores. Otro aspecto olvidado son los gastos de ampliación de capital. Si tu empresa ha incrementado capital social en 2025, esos gastos deben registrarse con cargo a reservas y son fiscalmente deducibles. No hacerlo correctamente implica perder una deducción legítima que reduce la base imponible.

    Diferir o adelantar según convenga para reducir el Impuesto sobre Sociedades

    La reforma fiscal de diciembre de 2024 trae rebajas desde enero de 2026. Las microempresas tributarán al 19% los primeros 50.000 euros y al 21% el resto. Las pymes pagarán un 23% frente al 24% actual. ¿Qué implica esto? Diferir ingresos a enero puede generar ahorro real. Si tu actividad lo permite, posponer facturas o contratos tiene sentido. Eso sí, cualquier movimiento debe estar justificado operativamente, no solo fiscalmente.

    Adelantar gastos deducibles antes del cierre de 2025 también funciona. Material, equipos, reparaciones o aprovisionamientos ejecutados ahora reducen la base imponible cuando los tipos son más altos. Las empresas de nueva creación mantienen el 15% durante sus dos primeros ejercicios con beneficios. No aplica a entidades patrimoniales, pero es una ventaja clara para startups.

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    Revisar con un asesor especializado en noviembre y diciembre permite identificar oportunidades específicas para cada negocio. No se trata de aplicar medidas genéricas, sino de diseñar una estrategia fiscal coherente con la actividad real de la empresa… y eso es lo que hacemos en Confianz.

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  • Impuesto sobre Sociedades 2025 claves estratégicas

    El impuesto sobre sociedades 2025 se ha convertido en el trámite donde se decide la ventaja competitiva de las empresas españolas. Quien domine sus nuevos tipos, deducciones y obligaciones ganará margen, caja y tranquilidad. Sin embargo, la reforma trae matices que no caben en un simple titular. Por eso desgranamos aquí lo esencial, con un enfoque práctico. 

    Nuevos tipos del impuesto sobre sociedades 2025

    El tipo general sigue anclado en el 25 % pero todo lo que queda por debajo ha cambiado.

    Las micropymes con facturación inferior a un millón tributarán al 21 % por los primeros 50.000 € de base imponible. Para el resto aplica un 22 %, dos puntos menos que en 2024.

    Las pymes medianas verán un escalón intermedio con una tarifa del 24 %, mientras que las entidades de reducida dimensión pasan al 20 %.

    Las empresas emergentes y las de nueva creación mantienen el 15 % durante los cuatro primeros ejercicios con beneficios, un respiro clave para la liquidez temprana.

    Por su parte la cuota mínima del 15 % para grupos con ventas superiores a veinte millones sigue vigente. Conviene revisar los ajustes diferidos para no perder deducciones.

    La rebaja para micropymes no se detiene en 2025. El Gobierno prevé descensos anuales hasta situar el primer tramo en el 17 % y el resto en el 20 % en 2027. Por ello adelantar beneficios a este ejercicio puede resultar ventajoso.

    Los grupos fiscales que consolidan deberán calcular su tributación mínima sobre la suma de cuotas individuales. No se aplica sobre el resultado consolidado, lo que puede encarecer el impuesto si hay sociedades en pérdidas.

    Deducciones e incentivos del impuesto de sociedades

    La deducción por I+D+i pesa más que nunca. Ahora abarca la compra de intangibles desarrollados por terceros siempre que el proyecto cuente con informe del Ministerio de Ciencia. El Tribunal Supremo ha confirmado que dicho informe es vinculante para Hacienda y garantiza la deducibilidad.

    Los proyectos verdes reciben otra ayuda. Se mantiene la libertad de amortización para instalaciones de autoconsumo renovable hasta quinientos mil euros. Además se introduce amortización acelerada para vehículos eléctricos y puntos de recarga.

    La reserva de capitalización sube su potencia. La reducción pasa al 20 % del incremento de fondos propios. Llega incluso al 30 % si la plantilla media crece más de un diez por ciento.

    Por último la deducción por donativos escala del 35 % al 40 %. Marcar la Casilla Empresa Solidaria no cuesta nada al contribuyente y multiplica el impacto social.

    La revolución digital también alcanza el impuesto sobre sociedades 2025. Se crea un crédito fiscal del diez por ciento para gastos en software avanzado de análisis de datos y ciberseguridad. Este incentivo es compatible con la deducción por innovación y puede acumularse con la amortización acelerada de hardware.

    La limitación de gastos financieros sigue anclada en el 30 % del EBITDA, pero se suaviza para proyectos de infraestructura verde certificados. En estos casos se admite un umbral adicional de cinco millones que, bien calculado, reduce la base imponible sin alterar la ratio de endeudamiento.

    Obligaciones formales y estrategia

    El impuesto de sociedades 2025 debe presentarse entre el uno y el veinticinco de julio, o el veintidós si domicilias el pago. El Modelo 200 incorpora un bloque de titularidad real que obliga a identificar a las personas físicas que controlan la sociedad.

    Las autoliquidaciones rectificativas simplifican la corrección de errores. Basta presentar un nuevo Modelo 200 y autocalcular intereses sin esperar requerimientos.

    En compensación de bases negativas reaparecen los antiguos escalones. El límite general del 70 % baja al 50 % entre veinte y sesenta millones de ingresos y al 25 % por encima.

    El impuesto sobre sociedades 2025 premia la anticipación. Quién combina inversión inteligente con control del cumplimiento obtiene rebajas reales y reduce riesgos. 

    Recuerda que el impuesto sobre sociedades 2025 interactúa con el impuesto complementario mínimo aprobado por la OCDE y que se liquidará en 2026. Anticipar ajustes contables este año suavizará la doble carga fiscal mundial del Pilar Dos.

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