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Categoría: Actualidad

  • Cómo declarar el uso mixto (privado y profesional) de los coches de empresa

    Los coches de empresa que la plantilla utiliza también en el ámbito particular suelen generar muchas dudas fiscales. ¿Qué tratamiento hay que darle en cuanto al IRPF y el IVA a los gastos derivados de la flota de vehículos? Sigue leyendo para conocer todos los detalles.

    Qué pasa cuando un vehículo de empresa se utiliza tanto para fines laborales como para uso personal

    Muchas empresas adquieren o alquilan vehículos para proporcionarlos a los empleados que necesitan viajar con frecuencia, como el equipo comercial o el staff directivo. Las dudas en torno al tratamiento fiscal de este gasto comienzan cuando los empleados también utilizan el coche a nivel personal fuera del horario de trabajo.

    A lo largo de los años esta dualidad en el uso ha provocado una gran disparidad en los criterios manifestados por la Administración y los tribunales. Por eso, en fechas recientes la AEAT ha publicado una nota en la que aclara cuáles son los criterios aplicables a este tipo de retribución.

    Tratamiento fiscal de los coches de empresa en 2023

    IRPF del trabajador

    Cuando un vehículo de empresa se utiliza tanto para fines profesionales como personales, se considera una retribución en especie y se debe incluir en la nómina del trabajador, tributando en el IRPF y cotizando a la Seguridad Social. 

    La principal dificultad aquí es cómo determinar con exactitud el valor monetario de esta retribución en especie. Existen aquí diferentes posibilidades:

    • Entrega en propiedad del vehículo al trabajador. Se incluye como retribución del trabajo en especie el coste de adquisición del vehículo y los impuestos asociados. El único límite es que la retribución en especie no puede superar el 30% del salario anual.
    • El trabajador utiliza el vehículo pero éste no es de su propiedad. 
      • Si el vehículo es propiedad de la empresa, la retribución en especie es del 20% anual del coste de adquisición del vehículo, sin tener en cuenta su depreciación.
      • Si es un renting, la retribución en especie es el 20% anual del valor de mercado del vehículo nuevo.
    • Uso del vehículo por el trabajador con entrega posterior. Durante el período de utilización, la retribución en especie es del 20% anual sobre el valor de mercado nuevo. Si se acaba entregando el coche al trabajador, se considera el precio de mercado del coche usado en el momento de la entrega, considerando el uso anterior.

    Reducciones por el uso de vehículos energéticamente eficientes

    En el caso de los vehículos con mejor desempeño desde el punto de vista de la eficiencia energética, cuentan con reducciones interesantes:

    • Vehículos con emisiones de CO2 menores a 120 g/km y valor de mercado (antes de impuestos) no superior a 25.000 euros: 15%.
    • Vehículos híbridos con valor de mercado (antes de impuestos) no superior a 35.000 euros: 20%.
    • Vehículos eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (E-REV) o eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 15 km y un valor de mercado (antes de impuestos) no superior a 40.000 euros: 30%.

    IVA de la empresa

    En lo que respecta al IVA, al tratarse de un vehículo de uso mixto, la empresa podrá deducirse el 50% del IVA soportado.  

    En el caso de que el uso profesional del vehículo supere el 50% es posible intentar deducirse un porcentaje mayor, pero Hacienda impone bastantes restricciones a esta posibilidad. Se tendrá en cuenta las horas previstas en el convenio colectivo, los fines de semana, festivos, vacaciones y el horario fuera de la jornada de trabajo en los días laborables.

    Planificación fiscal para la gestión de las flotas de empresa

    Ante el creciente escrutinio de la Agencia Tributaria, es necesario considerar cuidadosamente la planificación fiscal en torno al uso de coches de empresa para evitar sanciones y controversias. En Confianz monitorizamos los cambios en las normativas vigentes para ofrecer a nuestros clientes el mejor enfoque fiscal. 

  • Derechos y obligaciones del acreedor concursal

    Cuando una empresa que atraviesa dificultades se declara en concurso de acreedores, se considera acreedor concursal a toda persona física o jurídica con la que dicha empresa mantenga deudas.

    Para solventar esta situación, la reforma de la Ley Concursal puesta en marcha en septiembre de 2022 establece nuevos mecanismos de cancelación de deudas que aspiran a brindar una mayor protección tanto a los acreedores concursales como a los deudores. 

    Con este objetivo, la nueva Ley Concursal busca una solución temprana e introduce mecanismos para resolver con la máxima rapidez y eficiencia los potenciales problemas de morosidad de las empresas. Para ello da al acreedor concursal la oportunidad de participar en las negociaciones para conseguir su dinero. Si ambas partes no llegan a una solución pactada, el acreedor concursal debe participar en el concurso de acreedores. En este sentido, no hay que olvidar que en el proceso concursal también es prioritario evitar siempre que sea posible que el deudor pierda toda la estabilidad económica y se vea obligado a llegar a la liquidación de sus bienes. Si la situación del deudor es insalvable, el derecho concursal otorga las herramientas jurídicas necesarias para que el deudor tenga una salida ordenada del mercado realizando una liquidación con el menor impacto posible para todas las partes involucradas.

    Derechos de un acreedor concursal

    La reforma de la Ley Concursal otorga más participación y protagonismo al acreedor concursal, que cuenta con una serie de protecciones jurídicas. Sus derechos más destacados son:

    • Presentar toda la documentación pertinente que demuestre que en efecto existe una deuda. Todos los perjudicados por la insolvencia del deudor se deben acreditar conforme a ley para participar en las negociaciones. Lo ideal es hacerlo mediante pruebas que demuestren el origen, la naturaleza, el importe, las fechas de adquisición y vencimiento del crédito.
    • Solicitar la declaración de concurso de acreedores de su deudor.
    • Si varios de sus deudores forman parte del mismo grupo de sociedad, el acreedor concursal puede solicitar la declaración judicial conjunta.
    • Poder conocer la declaración del inicio del concurso de manera pública para tener la oportunidad de participar del mismo. Este pronunciamiento se denomina auto de declaración del concurso y se debe publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Registro Mercantil. Tras esta publicación, los acreedores tienen un plazo de un mes para presentarse ante la administración concursal.
    • Remitir por correo electrónico a la administración concursal cuantos documentos considere relevantes para fundar la calificación del concurso como culpable.
    • Personarse en la fase de calificación del concurso, incluso cuando el administrador concursal emite el informe de culpabilidad del concurso, para defender esta posición.
    • Los acreedores que hayan formulado alegaciones y cuya deuda supere el millón de euros o represente como mínimo el 5% del pasivo total de la empresa concursada pueden realizar un informe de calificación.

    Obligaciones de los acreedores concursales

    A fin de realizar el proceso de concurso de acreedores, los acreedores concursales deben cumplir con las siguientes obligaciones:

    • Respetar lo que se establece en las negociaciones y no exigir otras condiciones.
    • Aceptar el pago de terceros para saldar la deuda. Sin embargo, no está obligado a subrogarse la deuda.
    • Pagar una indemnización al deudor en el caso de que se produzca un cambio en el domicilio donde este debe realizar el pago.

    Tanto si su empresa se encuentra próxima a declararse en concurso de acreedores como si actúa como acreedor concursal, el equipo de profesionales de Confianz podemos asesorarle y ayudarle a superar estas dificultades de la mejor manera posible.

  • Nueva fiscalidad para la donación de empresas familiares

    Los donantes de empresas familiares deben tributar en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) por una ganancia patrimonial sobre un importe proporcional al peso que los activos no afectos a la actividad empresarial tienen en el patrimonio de la empresa. Así lo establece la resolución del 29 de mayo de 2023 del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC). 

    De esta manera, el TEAC cambia su criterio para pasar a dar la razón a la Agencia Tributaria. Se trata todavía de un criterio relevante no reiterado que no constituye doctrina consolidada, porque este tema aún no ha sido llevado ante el Tribunal Supremo y por lo tanto no hay jurisprudencia establecida. Sin embargo, en Confianz valoramos que sin duda esta puede ser una nueva trava para la transmisión de empresas familiares en vida. 

    Los padres que donen la empresa familiar con bienes no afectos a actividad deben tributar por ganancia patrimonial en IRPF

    Según la reciente resolución del TEAC, en las donaciones de empresas familiares que incluyen bienes que no se encuentran afectos a la actividad, el donante debe tributar en el IRPF por una ganancia patrimonial sobre un importe proporcional al peso que estos activos tienen en el patrimonio de la empresa.

    Este criterio se basa en que la aplicación del artículo 33.3 c) de la Ley del IRPF que exige, en la remisión que hace al artículo 20.6 de la Ley del ISD, y éste, a su vez, al artículo 4 Ocho de la Ley del IP, que los activos del patrimonio de la entidad cuyas participaciones se donan se deben encontrar todos ellos afectos a la actividad económica.

    Así, la tributación de los bienes afectos sigue siendo diferida. El donante no tendrá que tributar por ellos si los ha mantenido de forma ininterrumpida durante, al menos, los cinco años anteriores a la fecha de la transmisión. Será el miembro de la familia empresaria que recibe la donación el obligado tributario si se produce la venta.

    Golpe fiscal a la donación de empresas familiares

    De hecho, en realidad ahora el TEAC está unificando las normas debido a una laguna legal existente en la ley del IRPF mediante la aplicación de una norma -la del Impuesto sobre el Patrimonio (IP)- que es la que configura los requisitos de la empresa familiar, aunque no es la que da lugar a la exención, que se remite al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

    Según el Tribunal Económico Administrativo Central, las mismas proporciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) deben aplicarse al IRPF, según las regulaciones fiscales. El TEAC justifica esta decisión aludiendo a diversos artículos de las leyes del IRPF y del ISD, que indican que los activos deben estar vinculados a una actividad económica.

    La dificultad de cómo valorar los activos no afectos a la actividad empresarial

    Con este nuevo enfoque del TEAC han aparecido también casi simultáneamente testimonios de contribuyentes afectados que argumentan que en su caso el método de valoración de los activos no relacionados con la empresa para el IRPF no refleja la realidad. Por su parte, el TEAC ha defendido utilizar para ello las estadísticas del Registro Mercantil y considerar factores esenciales como el tamaño y la actividad de la empresa.

    Una dificultad añadida para la sucesión en las empresas familiares

    En Confianz sabemos que el momento de la sucesión es uno de los más críticos para las empresas familiares. A la espera de comprobar si el Tribunal Supremo acaba dictando jurisprudencia sobre este tema, no cabe duda de que esta resolución del TEAC introduce una nueva dificultad fiscal y complica la transmisión de empresas familiares a los descendientes en vida, en este caso a través de la donación. 

  • La sostenibilidad ya es un factor ineludible en el M&A

    Ha dejado de ser algo marginal. La introducción de criterios de sostenibilidad en las operaciones de M&A se ha convertido en una cuestión estratégica para compañías de todos los sectores a nivel mundial. Las empresas han llegado mayoritariamente a la conclusión de que la adopción de compromisos corporativos de sostenibilidad ayuda a culminar el proceso de fusión o adquisición con éxito. Y, a la larga, contribuye tanto a la consecución de sus objetivos estratégicos como a la mejora del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas. 

    En un entorno tan desafiante a nivel regulatorio como el actual, las compañías que cuentan con una estrategia de Responsabilidad Corporativa y Sostenibilidad gozan de una ventaja competitiva y son menos vulnerables ante cabios en las normativas sociales, ambientales o de gobierno corporativo.

    Un reto para vendedores y compradores/inversores

    La integración de criterios de sostenibilidad a la hora de evaluar una operación aporta mayor certeza en la estimación del valor. Pero es imprescindible para ello que la parte vendedora ofrezca una evaluación exhaustiva y la transmita con precisión al comprador o inversor. No bastan las buenas palabras. Es necesario utilizar mecanismos como las búsquedas de dominio público o la utilización de instrumentos de inteligencia comercial, que ayuden a contrastar con certeza la información requerida.

    El potencial comprador también se enfrenta ahora a un nuevo desafío: encontrar un target que no solo sea atractivo desde una perspectiva estratégica y financiera, sino que también esté alineado con sus propios criterios ambientales, sociales y de gobernanza. 

    Las cuestiones de sostenibilidad se insertan a lo largo de todo el proceso de M&A

    Hoy cualquier operación de M&A conlleva un análisis en profundidad del activo que va más allá de los tradicionales asuntos legales, tributarios y financieros. La influencia de los criterios ESG (Environmental, Social and Governance) es transversal a lo largo de todo el proceso:

    • En la fase de due diligence. Ahora los análisis deben incluir también el cumplimiento de políticas de inclusión, diversidad y equidad. También es necesario identificar los posibles riesgos legales en materia social y de gobernanza. Incluida la forma en la que el target puede ofrecer a sus stakeholders un monitoreo continuo de estos asuntos. Asimismo, hay que analizar e identificar los puntos fuertes y los débiles de la agenda de sostenibilidad de la empresa. 
    • En la estructuración, negociación y cierre de la operación. En el proceso de valoración hay que incorporar las métricas y objetivos de Responsabilidad Corporativa y Sostenibilidad. También considerar el impacto de los factores ambientales, sociales y de gobierno en el mercado. Y prever la futura evolución de las condiciones regulatorias y los diferentes escenarios normativos que podrían tener lugar. Porque los acuerdos de compra o inversión deben adaptarse para mitigar los riesgos derivados del nivel de cumplimiento de los criterios ESG del target. Por ejemplo con la inclusión de seguros de manifestaciones y garantías, condiciones de cierre y obligaciones posteriores al cierre. También se incluyen cada vez más a menudo en los contratos aspectos que deben mantenerse antes y después de completar la operación de M&A. Por ejemplo la llamada cláusula Harvey Weinstein, en virtud de la cual el vendedor debe indemnizar a los compradores o inversionistas si alguno de los directivos del target es denunciado o se ve involucrado en actos de acoso y abuso sexual.

    Una dificultad añadida

    En definitiva, la inclusión generalizada de los criterios de sostenibilidad en las operaciones de M&A es un factor de complejidad añadido durante todo el proceso de negociación. El equipo de asesoría M&A de Confianz está preparado para acompañar a tu empresa a lo largo de todo este proceso.

  • La Directiva Faster quiere reducir las trabas tributarias a la libre circulación de capitales

    La Comisión Europea quiere más competitividad en el mercado de capitales. Para ello impulsa la llamada Directiva Faster, que aspira a reducir el número de trabas tributarias que existen a la libre circulación de capitales. Esta propuesta de directiva se orienta a hacer más rápidos y seguros los procedimientos de exacción y devolución de retenciones en la fuente sobre dividendos e intereses de fuente extranjera. 

    Objetivos de la Directiva Faster

    La propuesta se publicó el pasado 19 de junio con el título de “Nuevo sistema de la UE para evitar la doble imposición y prevenir el abuso fiscal: una deducción más rápida y más segura de las retenciones en origen recaudadas en exceso”. Sus objetivos finales son cuatro:

    • Acotar los excesos de retenciones impositivas sobre dividendos e intereses.
    • Facilitar las inversiones evitando cualquier tipo de doble tributación. Aunque esta sea solo inicial y a la larga pueda recuperarse.
    • Crear un nuevo certificado digital de residencia fiscal a escala comunitaria.

    Principales medidas incorporadas a la propuesta de directiva

    La propuesta es eminentemente procedimental y no material. Y estas son las acciones básicas que introduce:

    El certificado digital de residencia fiscal

    La Comisión Europea apuesta por la digitalización del certificado de residencia fiscal. De esta manera quiere garantizar la transparencia y la certidumbre sobre la identidad de los inversores en títulos negociados en mercados de capitales, retenedores, intermediarios financieros y Estados miembros, según el caso.

    Si el contribuyente es una persona física, el certificado digital de residencia fiscal (eTRC) deberá incluir su nombre y apellidos y la fecha y lugar de nacimiento. Por el contrario, si es una entidad especificará su nombre y su Identificador Único Europeo (EUID). Además, en todos los casos especificará el número de identificación fiscal, el domicilio, la fecha de emisión, el período cubierto, la identificación de la autoridad fiscal que expide el certificado. También deberá incluir cualquier información adicional que pueda ser pertinente cuando el certificado se expida para fines distintos de la devolución de retenciones.

    Creación y mantenimiento de un registro nacional de intermediarios financieros certificados

    Los Estados miembros que hayan establecido un sistema de devolución del exceso de retención en origen practicado sobre los dividendos de acciones cotizadas en bolsa y pagados a inversores residentes en otro Estado miembro, deberán contar con un registro nacional de intermediarios financieros certificados. El objetivo es facilitar el seguimiento del flujo de ingresos a lo largo de toda la cadena de pagos entre intermediarios. Desde el emisor hasta el destinatario o inversor final.

    Dos procedimientos para paliar los problemas derivados de los excesos de retención

    La propuesta de directiva prevé dos tipos de procedimientos que los Estados miembros podrán aplicar individualmente o de forma combinada:

    • El procedimiento de exención en la fuente. El tipo impositivo reducido o la exención se aplica directamente en el momento en que se paga el dividendo/interés.
    • El procedimiento de reembolso rápido del exceso de retención. Una vía de devolución rápida en un plazo máximo de 50 días a partir de la fecha de pago del dividendo o, en su caso, de la fecha del cupón.

    Cuándo entrará en vigor la Directiva Faster

    Esta es una propuesta de directiva que se encuentra en el inicio de su tramitación y por lo tanto todavía puede sufrir cambios durante el proceso. Según lo previsto, su aprobación deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2026 y sus medidas serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2027. Si tienes dudas sobre cómo afecta la Directiva Faster a los procesos de M&A de tu compañía y necesitas asesoramiento, ponte en contacto con nosotros. 

  • Más de un tercio de las operaciones de M&A se filtra a la prensa

    Ver publicados en prensa los detalles de un proceso de M&A (fusión y adquisición) puede complicar en gran medida las negociaciones. En cualquier operación de M&A es esencial mantener la confidencialidad durante todo el proceso hasta el cierre de la operación de M&A con la firma del contrato de compra-venta ante Notario. Y sin embargo, un informe reciente del grupo asesor global de comunicaciones estratégicas H/Advisors revela que uno de cada tres acuerdos de fusiones y adquisiciones de importe igual o superior a 2.000 millones de dólares trasciende a los medios de comunicación antes de que se haya comunicado oficialmente. 

    Tras el análisis de 267 transacciones realizadas en 2022, el estudio muestra algunas tendencias claras de cuáles son las operaciones de M&A que tienen más probabilidades de filtrarse a la prensa:

    • Por regiones, las negociaciones de acuerdos en Europa Occidental y Asia-Pacífico tienen más probabilidad de filtrarse antes de su anuncio oficial que las operaciones que tienen lugar en Estados Unidos. 
    • Si atendemos a los sectores, los que mayores tasas de filtraciones presentan son el aeroespacial, el de defensa y el de gran consumo, con empresas propietarias de marcas de gran notoriedad.
    • Según el volumen, las transacciones de gran envergadura, con un valor igual o superior a los 25.000 millones de dólares, llegan a filtrarse hasta en un 80% de los casos.

    Desde Confianz no podemos dejar de subrayar la importancia de estar preparados para esta eventualidad durante un proceso de M&A. Estas operaciones son acontecimientos complejos y cualquier filtración puede tener un impacto negativo sobre la negociación. Por este motivo es necesario prever una respuesta rápida y profesional.

    3 motivos por los que la confidencialidad es crucial en procesos de M&A

    A la hora de gestionar cualquier operación en el marco de las M&A, es crucial la confidencialidad por parte de todas las partes. Los motivos son múltiples e incluyen:

    • Impedir que la competencia aproveche cualquier información filtrada para intentar arrebatar clientes a la empresa en venta.
    • En el caso de las compañías cotizadas, evitar la caída del precio de las acciones y los movimientos especulativos.
    • Mantener la calma de los partners y trabajadores, para que no les asalten las incertidumbres y aparezca la desmotivación y/o la fuga de talento.
    • Proteger la reputación corporativa de todas las partes implicadas.

    Confiar en un único asesor es la mejor manera de garantizar la confidencialidad

    Contratar un único despacho asesor que se encargue en exclusiva de todo el proceso de fusión o adquisición y efectuar todas las acciones a través de él es la mejor manera de evitar la publicación de filtraciones en la prensa.  

    Esta exclusividad permite, entre otros: 

    • Garantizar la confidencialidad. Porque cuantas menos personas conozcan los detalles de las negociaciones, menos posibilidades habrá de que existan filtraciones no deseadas.
    • Optimizar todos los esfuerzos. Porque si intervienen varias partes intermediarias es fácil que acaben llegando a conclusiones contradictorias.
    • Trabajar con un flujo de comunicación fluido y veloz. Porque limitando el número de actores en la negociación es mucho más sencillo transmitir la información entre todos ellos.

    Contar con un asesor especializado en M&A como Confianz a lo largo de todo el proceso permite es la mejor base para que la operación resulte exitosa.

    Elegir al asesor en una operación de M&A puede ser complicado. En unas negociaciones tan complicadas el factor humano se convierte en fundamental. Lo mejor es siempre acudir a profesionales experimentados como los de Confianz, que garantizan máxima discreción, confianza absoluta y profesionalidad impecable. Los estudios y experiencia de nuestro equipo, la satisfacción de nuestros clientes y nuestros casos de éxito previos son nuestra mejor tarjeta de presentación.

  • Los ocho tipos de inspecciones que realiza Hacienda para vigilar a las empresas

    Hacienda ha intensificado la vigilancia que lleva a cabo a través de inspecciones a las empresas. Según los datos de 2022 que acaban de hacerse públicos ahora, en ese año se llevaron a cabo casi 1,9 millones de comprobaciones fiscales extensivas. Esta cifra supone un 5,2% más que en el año anterior y un 16,1% más que en 2020.  El avance de la tecnología que permite detectar ingresos sin declarar o gastos mal aplicados por los negocios ha facilitado en gran medida este crecimiento.

    En Confianz, consideramos vital que las empresas estén preparadas y bien asesoradas ante este tipo de situaciones. El conocimiento de las áreas en las que Hacienda pone el foco puede marcar la diferencia.

    Entre los motivos más frecuentes por los que se investigó se encuentran las deducciones aplicadas de forma indebida en IVA o IRPF, o los ingresos que no se han declarado pero sí aparecen en las bases de datos de la Agencia Tributaria.

    Requerimientos y visitas in situ a la empresa

    Cuando existen discrepancias entre los datos de las bases de datos de Hacienda y los declarados por la empresa, la Agencia Tributaria suele verificar si la compañía cumple con sus obligaciones tributarias. Para ello utiliza dos métodos:

    • El requerimiento, que consiste en una carta certificada en la que solicita documentación que justifique parte o la totalidad de los ingresos e impuestos declarados. Se incluye asimismo un modelo de representación para enviar la información requerida a la Agencia Tributaria.
    • La visita in situ a la empresa, a veces por sorpresa, es una opción que se reserva para los casos más flagrantes y que tiene como objetivo recabar de primera mano los indicios necesarios para demostrar el presunto fraude fiscal. En 2022 se desarrollaron 29.086 actuaciones inspectoras de este tipo, la mayoría correspondientes con expedientes pertenecientes al denominado Plan de Visitas IVA 2022, donde se comprueban todos los posibles fraudes relacionados con este impuesto.

    Los ocho puntos en los que la Agencia Tributaria pone la lupa

    Los 1,9 millones de inspecciones realizadas por Hacienda a las empresas en 2022 se reparten en estas ocho áreas principales:

    1. Control de la aplicación de la normativa

    Incluye casi todas las comprobaciones del área de gestión sobre IRPF, control de retenciones y otros impuestos, impuestos declarados fuera de plazo, etc.

    2. Control de actividades económicas

    Engloba casi todas las comprobaciones, requerimientos y visitas para vigilar la economía sumergida, los ingresos no declarados o incluso las deducciones en IVA o IRPF mal aplicadas por los autónomos y pequeños negocios.

    3. Comprobaciones formales

    Tratan todas las cuestiones de defectos de forma en el cumplimiento y pago de los impuestos, así como los fallos de forma en las facturas y en los libros contables.

    4. Análisis patrimonial y societario

    Engloba todas las actuaciones de vigilancia sobre el patrimonio de los empresarios que operan a través de entidades jurídicas, para evitar que vinculen su patrimonio personal al de sus sociedades para evadir impuestos.

    5. Ocultación de actividad y abuso de formas societarias

    En la misma línea que el anterior apartado, investiga el mal uso de las entidades jurídicas para ocultar los rendimientos obtenidos por personas físicas con el objetivo de obtener más ventajas fiscales.

    6. Actuaciones de análisis de la información

    Son las comprobaciones que se llevan a cabo gracias a la detección de alguna irregularidad fiscal a través de los sistemas informáticos de la Agencia Tributaria. Con el cruce de datos, Hacienda puede verificar si hay deducciones mal aplicadas, ingresos no declarados o cualquier infracción. 

    7. Grandes empresas, multinacionales y grupos fiscales

    En este grupo se engloban todas las actuaciones a empresas que ingresen más de seis millones de euros para destapar cualquier ocultación de ingresos, infracción en IVA y demás irregularidades. 

    8. Otras actuaciones de comprobación

    Incluyen todas las actuaciones restantes, como los requerimientos, informes, análisis de denuncias y actuaciones de análisis de los obligados tributarios que tienen por objeto asegurar el cumplimiento tributario.

    Desde Confianz, nos especializamos en guiar a empresas y autónomos a través de cada una de estas áreas, asegurando el cumplimiento y minimizando riesgos.

  • Se reduce de dos años a un mes el plazo para incluir al trabajador en el plan de pensiones de la empresa

    Hasta ahora las empresas tenían un margen de dos años para incorporar los nuevos trabajadores en plantilla al plan de pensiones de la compañía. Sin embargo, a partir de ahora esta incorporación deberá ser prácticamente inmediata, en el plazo de un solo mes desde su contratación en plantilla. Así lo recoge el reciente Real Decreto 668/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo.

    Este Real Decreto completa el desarrollo reglamentario de la Ley de Planes de Pensiones de Empleo y promete acelerar la incorporación de trabajadores a los vehículos de ahorro para la jubilación. La medida, que afecta a grandes empresas y pymes por igual, está pensada tanto para los planes de pensiones de empleo ya constituidos como para los nuevos fondos de pensiones de promoción pública. Esta última es la figura a través de la que se pretende impulsar el ahorro previsión en el ámbito de la empresa. 

    En España escasea el plan de pensiones privado 

    El ahorro en planes de pensiones privados en España es muy reducido, sobre todo comparado con el volumen ahorrado en depósitos bancarios. 

    Si miramos los datos del cierre del primer trimestre proporcionados por la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensión Inverco, vemos que la inmensa mayoría corresponde a planes individuales promovidos por entidades financieras (82.553 millones de euros y 7,35 millones de partícipes). Muy por detrás se quedan los planes de empleo (35.200 millones de euros y 1,90 millones de partícipes), un tipo de plan de pensiones privado promovido sobre todo por grandes empresas y la administración pública.

    Fondos de pensiones de empleo de promoción pública

    Con el objetivo de impulsar el ahorro previsión en la empresa, también en empresas de menor tamaño, nacen los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (FPEPP) que se implantarán probablemente este mismo otoño. Estas son sus principales características:

    • Sus comisiones serán más bajas que las de los planes individuales, de entre el 0,1% y el 0,25% anual.
    • Las gestoras se comprometen a tener 500 millones de euros en estos fondos en tres años, por lo que tendrán un volumen que les peritirá acceder a activos de inversión más sofisticados.
    • Se podrá seguir realizando aportaciones en el caso de jubilación parcial.
    • Los ahorradores podrán beneficiarse de aportaciones realizadas por las empresas a través de programas comerciales o campañas de patrocinio.
    • Los planes de empleo ya en vigor y los planes de pensiones simplificados, podrán adscribirse a estos nuevos fondos de pensiones de empleo de promoción pública.
    • Se gestionarán a través de una plataforma digital que permitirá poner a disposición de promotores y trabajadores toda la información. 

    ¿Cómo funcionará su puesta en marcha?

    Hace unas semanas el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones propuso ya la adjudicación del contrato de gestión de estos nuevos fondos de pensiones de empleo de promoción pública a cinco entidades: VidaCaixa (CaixaBank), Gestión de Previsión y Pensiones (BBVA), Caser Pensiones, Santander Pensiones e Ibercaja Pensión.

    Cada una de ellas administrará tres ­FPEPP con perfiles de riesgo diferentes: uno más conservador, otro mixto y otro más arriesgado. Son estas gestoras las que deciden qué activos comprar para cada vehículo de inversión. En total existirán 15 opciones diferentes a elegir.

    En definitiva, estos fondos de pensiones de empleo de promoción pública aspiran a consolidarse como un instrumento de previsión social complementaria dando un impulso a la previsión social en la empresa.

  • Donación de participaciones o pacto sucesorio: ¿Qué es mejor para una empresa familiar?

    El momento del relevo generacional es uno de los más críticos para las empresas familiares. Para hacerlo un poco más fácil, históricamente se han introducido beneficios fiscales cuando un progenitor dona sus participaciones a sus descendientes. En España existen dos régimenes para ello: la donación de participaciones y el pacto sucesorio. Vamos a verlos en detalle y a repasar las novedades que se han producido en este ámbito en los últimos tiempos.

    Donación de participaciones de la empresa familiar

    En toda España, la donación de participaciones entre diferentes generaciones de una empresa familiar tiene en teoría ventajas fiscales tanto para el donante como para el donatario.

    • Reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del donatario (normalmente el hijo del fundador de la empresa). El requisito es que mantenga la empresa en su poder durante al menos diez años. En este caso son las comunidades autónomas quienes regulan este beneficio.
    • No sujeción de la ganancia patrimonial en el IRPF del donante, que queda diferida. Las condiciones son que tenga 65 o más años o invalidez y que se jubile. En este caso, la Ley estatal es la única competente para regular la materia.

    El riesgo de los incentivos fiscales a la donación de participaciones de empresas familiares

    Si el donatario cumple el requisito de mantenimiento y luego vende sus participaciones, en el momento de la transacción deberá hacerse cargo del IRPF que en su día dejó de tributar el donante. Por el contrario, si incumple el requisito de mantenimiento y por ejemplo vende las participaciones antes de que hayan transcurrido diez años, entonces es el donante quien tiene que hacerse cargo del IRPF que dejó de tributar en su momento. Esta puede ser una situación delicada, puesto que en ese momento será una persona jubilada que puede no encontrarse en su mejor momento a nivel financiero.

    A este riesgo potencial hay que añadir la reciente Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 29 de mayo de 2023 (RG 1501/2020), que ha resuelto que si la empresa que se dona es titular de activos no afectos a una actividad económica, el diferimiento en el IRPF del donante se produce solo de forma parcial.

    Es decir, al donante se le va a generar una ganancia patrimonial sometida a tributación, en un importe proporcional al peso que estos activos tienen en el patrimonio de la empresa. El resto, queda diferido y condicionado al cumplimiento del requisito de mantenimiento del donatario.

    Como consecuencia de todas estas dificultades, muchas empresas familiares optan por planificar la transmisión a la muerte del propietario de las participaciones.

    Las ventajas del pacto sucesorio

    Ciertas comunidades autónomas con Derecho civil propio cuentan con un régimen alternativo a la donación: el pacto sucesorio.

    Con el pacto sucesorio el propietario acuerda, en vida, la transmisión de ciertos bienes en favor de los que serían sus herederos. La diferencia clave respecto de la donación es que los pactos sucesorios tributan como una herencia y, por tanto, el que transmite no paga IRPF. No es necesario que el padre tenga ninguna edad determinada ni que se jubile. Puede incluso seguir dirigiendo la empresa. También es indiferente si la empresa tiene activos no afectos a su actividad.

    En este caso no se trata de un diferimiento fiscal, sino de un beneficio definitivo. Pero existe una condición: que el heredero no transmita los bienes antes de que transcurran cinco años o del fallecimiento del anterior titular. En caso contrario, se subroga en su valor de adquisición y el pacto sucesorio provoca un mero diferimiento fiscal. Es el hijo, y no el padre, el que debe hacerse cargo de pagar el IRPF. 

    La gran limitación del pacto sucesorio es que solo puede hacerse en Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco, Galicia y las Islas Baleares. Para los residentes de otros territorios, precisan dos años de residencia en una de estas comunidades y una manifestación de voluntad para que este Derecho civil propio les sea de aplicación.

    En Confianz podemos asesorarte para organizar el relevo generacional de tu empresa familiar de la forma más ventajosa. Ponte en contacto con nosotros. 

  • Previsiones para el mercado de M&A en el segundo semestre de 2023

    El año 2023 se inició con unas expectativas de M&A moderadas debido a la subida de los tipos de interés y a los temores que existían sobre la aparición de una posible recesión. A pesar de todo, el número de transacciones en los primeros seis meses ha superado los niveles de 2019, previos a la pandemia. ¿En el segundo semestre vamos a ver cambios?

    Previsiones del mercado de M&A para lo que queda de 2023

    Para el segundo semestre del año el mercado presenta síntomas que invitan a pensar que aparecerán oportunidades de M&A más interesantes y transformadoras. Porque tras un inicio de año difícil muchas cosas han cambiado en los últimos meses: la inflación y la escalada de los tipos de interés se están ralentizando, Estados Unidos ha sorteado la crisis del techo de deuda y la inteligencia artificial se ha revelado como la próxima gran revolución tecnológica.

    Los directivos van a seguir utilizando la actividad de M&A como una herramienta para reposicionar sus negocios, impulsar el crecimiento y generar resultados duraderos. Por tres motivos:

    • La caída del valor de las compañías cotizadas creará oportunidades de inversión. 
    • Seguirá el repunte de las reestructuraciones empresariales, lo que puede dar lugar a fusiones y adquisiciones de compañías en dificultades. El retail, el gran consumo, el inmobiliario y el industrial son los cuatro sectores en los que se espera un mayor número de reestructuraciones.
    • Los tipos de interés más estables reducirán la incertidumbre y harán más fácil determinar el precio de las operaciones.

    El auge del mid market en el segundo semestre

    El mercado de fusiones y adquisiciones en lo que queda de año estará dominado por las operaciones de tamaño medio, más factibles de llevar a cabo en el entorno regulatorio y de financiación actual. Los ejecutivos están apostando por transacciones de tamaño medio porque se ven menos afectadas por la volatilidad del mercado y se enfrentan a un menor escrutinio regulatorio. Además, también pueden ser transformadoras y acelerar el crecimiento si forman parte de una estrategia bien planificada.

    El empuje de la inteligencia artificial

    Por sectores, el más activo en la primera mitad del año ha sido el de tecnología, medios y telecomunicaciones, que ha aglutinado el 28% de las operaciones. Las nuevas tecnologías están siendo clave para la transformación de las empresas; y la inteligencia artificial creará oportunidades en el mercado de fusiones y adquisiciones, tanto para los grupos corporativos como para los fondos de capital privado.

    Si hablamos de valor, el sector de energía, electricidad y recursos naturales ha liderado el ranking de enero a junio, con el 23% del total. Las compañías buscan cada vez más reducir su impacto en el medioambiente y apuestan por estrategias de cero emisiones netas. La transición energética es ya una realidad y está generando enormes cambios que abren oportunidades para acometer operaciones de M&A.

    Consejos para emprender ahora una operación de M&A

    Las condiciones macroeconómicas van a alargar los periodos de negociación de las operaciones y obligarán a profundizar en los procesos de due diligence. Las situaciones de negocio que aparecerán en el mercado de M&A serán más complejas y desafiantes para todas las partes.

    Para cerrar una transacción y evitar rebajas en los precios, los vendedores deben dar por hecho que los compradores y sus fuentes de financiación dedicarán más tiempo y esfuerzo al análisis y el estudio de la operación. Sin embargo, un error habitual que vemos con bastante frecuencia es que los vendedores y sus bancos fijan unos plazos de venta muy agresivos. Esto puede hacer que la operación fracase.

    Finalizamos con un consejo: las compañías con sólidos balances y liquidez harán bien en aprovechar el momento para realizar adquisiciones ahora que la difícil financiación disminuye la competencia. En Confianz somos especialistas en operaciones M&A y podemos asesoraros en todo el proceso.