Las resoluciones del TEAC en 2024 sobre sociedades holding han reventado la tranquilidad de muchos despachos. ¿Reestructuraste tu grupo en los últimos años? Esto te afecta. Da igual si la operación fue limpia, con motivos económicos y asesoramiento serio. Da igual si tuviste un informe vinculante de la DGT. Porque ahora la Inspección está releyendo el régimen FEAC con lupa y criterio cambiante. Y sí, hablamos de consecuencias fiscales directas. Aquí no hay margen para errores. Ni para confiarse. Te contamos lo que está pasando. Y cómo prepararte.
Cambios del TEAC
No lo han dicho con esas palabras. Pero es lo que está ocurriendo. Las resoluciones del TEAC en 2024 sobre sociedades holding introducen un giro: ya no basta con cumplir formalmente los requisitos del régimen fiscal especial. Ahora se exige fondo. Sustancia. Justificación empresarial. Traducido: si tu operación no tiene lógica económica real, puedes quedarte sin diferimiento fiscal.
¿El eje de todo? El artículo 89.2 de la LIS. El TEAC lo ha puesto en el centro. Dice que si el objetivo principal de una reestructuración es fiscal, no se aplica el régimen. Aunque cumplas con todo lo demás.
Segundo punto: los motivos económicos. No pueden ser genéricos. Tienen que ser claros, precisos, reales. La simple búsqueda de eficiencia fiscal ya no vale. La holding tiene que tener actividad propia o un rol concreto en el grupo..
Tercer cambio: la tributación diferida ya no se concede automáticamente. Ahora puede aplicarse de forma progresiva. ¿Qué significa esto? Que si, años después, se reparten dividendos o se venden participaciones y la Inspección huele abuso, pueden regularizar. A posteriori. Aunque la operación fuera “limpia” al principio. Esto es nuevo. E inquietante.
La inspección va por libre
El problema no acaba con lo que diga el TEAC. Empieza con cómo lo interpreta la Inspección. Y lo que estamos viendo no es tranquilizador. En 2024, varios expedientes muestran que se está aplicando este criterio de forma expansiva. Muy expansiva. Incluso cuando hay dictámenes favorables de la Dirección General de Tributos. La Inspección los ignora. Considera que si la operación carece de motivos válidos, puede regularizar igual. Esto es un giro fuerte. Y crea inseguridad jurídica.
Pero hay más. La prescripción fiscal de cuatro años parece desdibujarse. En algunos casos, se pretende revisar operaciones de hace una década si hay dividendos recientes. Lo justifican diciendo que el “efecto abusivo” se materializa ahora. Es decir, que el abuso no está en la operación inicial, sino en lo que haces después con ella. Eso, para muchos asesores, es jugar con el retrovisor. ¿El resultado? Empresas revisadas por operaciones cerradas hace años. Y sin margen para defenderse.
Además, se están cuestionando operaciones reales. Con sustancia. Con lógica. Con estructura. Pero que, a juicio del inspector, tienen “olor a fiscalidad”. Ese criterio subjetivo se está usando como base para liquidaciones. Y es peligroso. Porque convierte cualquier decisión empresarial en potencialmente sospechosa.
Qué puedes hacer si tienes una holding
Primero, no entres en pánico. Pero tampoco ignores esto. Si tienes una sociedad holding dentro de un grupo, necesitas actuar. Revisar. Documentar. Justificar. Porque aunque la operación tenga años, lo que hagas ahora puede ser el detonante para una inspección futura.
Paso uno: identifica las reestructuraciones hechas bajo el régimen FEAC.
Paso dos: analiza los motivos económicos que las justificaron.
Paso tres: revisa si la sociedad holding tiene actividad real. Personal. Funciones. Si no, es el momento de reforzar su papel. O repensar la estructura.
Paso cuatro: prepara documentación clara. No sólo actas o escrituras. Planes de negocio. Previsiones. Justificaciones internas. Y guarda todo. Porque el TEAC ya dejó claro que lo importante no es lo que firmaste, sino lo que hiciste y por qué.
Nosotros, en Confianz ayudamos a muchas empresas a resolver este tipo de situaciones. Sabemos cómo hablar con la Administración. Cómo defender operaciones si llega el momento. Y, sobre todo, cómo reestructurar con lógica empresarial real. Porque el régimen FEAC sigue siendo útil. Pero ahora exige más rigor. Más análisis. Más cabeza.
Y no, esto no es una moda fiscal del momento. Es un cambio de paradigma. Las resoluciones del TEAC en 2024 sobre sociedades holding marcan un antes y un después. Ignorarlo no es una opción. La prevención es tu mejor defensa.
Estas resoluciones no prohíben reestructurar. Ni usar sociedades holding. Pero sí te obligan a justificarlo todo con más claridad. Con más sentido económico. Con más respaldo documental. No improvises. No copies estructuras ajenas. No pienses que todo está hecho porque hace años funcionaba. El contexto ha cambiado. Y la Inspección, también.