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Impacto del Impuesto Complementario en las fusiones y adquisiciones en España

El impacto del Impuesto Complementario (Pilar 2) es una nueva figura fiscal que afecta a las fusiones y adquisiciones  en España. Desde su implementación mediante la Ley 7/2024 del 20 de diciembre, este impuesto grava la diferencia entre el 15% y el tipo efectivo de imposición sobre las ganancias en cada jurisdicción.

Para quienes están inmersos en operaciones de M&A, este impuesto no es solo un detalle técnico. Puede cambiar la valoración de una empresa, generar costos inesperados y complicar la estructuración fiscal de una compra o fusión. No es lo mismo hacer números antes y después de considerar este impuesto. Vamos a repasar los principales problemas que puede traer y cómo reducir riesgos.

Cómo afecta el Impuesto Complementario en M&A

El Impuesto Complementario se aplica a grupos empresariales con 750 millones de euros de facturación consolidada en al menos dos de los últimos cuatro ejercicios. ¿Qué significa esto para las empresas en M&A? Hay tres escenarios posibles:

  • Sumando fuerzas, pero también impuestos. Dos empresas que por separado no llegan a los 750 millones pueden superar el umbral al unirse. En ese caso, el impuesto entra en juego y cambia las cuentas.

 

  • Un paso más y dentro del radar. Si una empresa ya está cerca de ese umbral, una adquisición puede hacer que pase la barrera y quede sujeta al impuesto. Eso obliga a repensar toda la operación.

 

  • Nuevas reglas. Si el comprador ya está sujeto al impuesto, sumar una empresa en una jurisdicción con un tipo impositivo inferior al 15% puede suponer un pago adicional. Lo que parecía una operación rentable puede dejar de serlo si no se hace bien el cálculo.

No es solo un tema de contabilidad, sino de estrategia. No hay margen para sorpresas en M&A.

 

Due diligence fiscal.  Mejor prevenir 

Los plazos de due diligence suelen ser ajustados, pero este impuesto hace que revisar las cuentas con lupa sea más importante que nunca. Algunos puntos a tener en cuenta:

  • Dónde está cada euro. No todas las jurisdicciones tributan igual. Si la empresa objetivo tiene operaciones en países con un tipo inferior al 15%, hay que calcular qué impacto tendrá en la factura final.
  • Información a cuentagotas. No siempre se consigue toda la documentación necesaria en los plazos de una due diligence. Si no hay transparencia en los números, el riesgo se dispara.
  • Impacto a futuro. Si después de la compra la estructura del grupo cambia, las reglas del impuesto también pueden hacerlo. Y eso significa costes adicionales inesperados.

Una mala planificación aquí puede salir muy cara. Es clave que el vendedor tenga listo un análisis detallado del impacto del impuesto antes de entrar en negociaciones.

Cómo estructurar la operación para evitar sustos

Evitar problemas con el Impuesto Complementario no es solo cuestión de números, sino de cómo se diseña la operación desde el principio. Algunas estrategias útiles:

  • Aclarar quién paga qué. En los contratos de adquisición, hay que definir con precisión quién asume las responsabilidades fiscales. No basta con suponerlo, hay que dejarlo por escrito.

 

  • Ajustes de precio. Si la due diligence no permite conocer con exactitud el impacto del impuesto, se pueden incluir cláusulas para ajustar el precio en función de los costes reales tras la compra.

 

  • Buscar la mejor estructura. En algunos casos, realizar la compra a través de una entidad en un país con un tipo impositivo superior al 15% puede reducir el impacto del impuesto.

Un detalle importante: hoy por hoy, los seguros de garantía no cubren los riesgos derivados de este impuesto si no se han identificado antes. No hay red de seguridad si algo sale mal.

Más allá de la teoría, en Confianz ayudamos a las empresas a reducir riesgos y diseñar estructuras que eviten problemas con este impuesto. Si estás en proceso de M&A y quieres evitar sorpresas, hablemos y vemos cómo encarar la operación con claridad.