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Etiqueta: Impuesto Complementario

  • Estrategias fiscales antes y después de una M&A

    ¿Sabías que el 40% de las fusiones y adquisiciones fracasan debido a problemas fiscales no detectados? Una operación de M&A mal planificada puede arrastrar pasivos ocultos millonarios, activar el Impuesto Complementario o chocar contra la normativa europea de propósito económico legítimo.

    La realidad es cruda. Ignorar estos factores puede convertir tu operación soñada en una pesadilla financiera. Sin embargo, con la estrategia fiscal adecuada, las M&A pueden ser el catalizador perfecto para acelerar el crecimiento de tu empresa.

    Qué revisar antes de firmar

    Due diligence fiscal

    La revisión fiscal previa debe desentrañar riesgos críticos como deudas tributarias enterradas, créditos fiscales sin documentación sólida e incentivos aplicados sin base económica real.

     En 2024, por ejemplo,  una empresa tecnológica española tuvo que devolver 2.3 millones de euros en deducciones por I+D aplicadas incorrectamente por la compañía adquirida. La multa y los intereses duplicaron el impacto inicial.

    En 2025, el Impuesto Complementario ha añadido complejidad. Sus obligaciones se evalúan por la situación post-fusión del grupo consolidado. Dos empresas individualmente exentas pueden, tras la operación, quedar sujetas a este gravamen del 15% sobre beneficios superiores a 20 millones.

    El filtro europeo que puede parar tu operación

    La Directiva Anti-Abuso Fiscal de la UE exige que toda adquisición tenga motivación económica genuina. Una operación motivada únicamente por beneficios fiscales puede ser declarada elusiva. En España, Hacienda aplica este criterio con rigor creciente.

    Recuerda documentar desde el primer día las razones comerciales de tu operación. Un business case sólido blindará la operación ante cuestionamientos fiscales.

    Estructura de adquisición

    La elección entre compra de activos, adquisición de participaciones o fusión determina el tratamiento de plusvalías, la herencia de créditos fiscales y el grado de exposición ante deudas tributarias. Una estructura inteligente minimiza la carga fiscal inmediata sin hipotecar el futuro.

    Después de la firma

     

    El SPA

    El contrato de compraventa debe incluir cláusulas de ajuste dinámico ante contingencias fiscales y sistemas de indemnización. Los seguros W&I ya son estándar en operaciones superiores a 10 millones de euros en España.

    Según KPMG (2025), más del 30% de los SPA incluyen cláusulas específicas sobre el Impuesto Complementario. El coste medio de una póliza W&I representa entre 0.8% y 1.2% del valor de la transacción, pero puede ahorrarte hasta 10 veces esa cantidad.

     

    Integración fiscal

    Una vez cerrada la operación, la integración determina el éxito final. Un proceso mal ejecutado puede generar duplicidades tributarias, provocar inspecciones de Hacienda y crear lagunas que comprometan la imagen ante inversores.

    La integración exitosa requiere presentación unificada del Impuesto de Sociedades y IVA consolidado, criterios contables homogéneos y gestión centralizada de obligaciones tributarias.

    En operaciones complejas, recomendamos establecer un «war room fiscal» durante los primeros 90 días post-closing para detectar y resolver desajustes en tiempo real.

    En el mundo  de las M&A, lo fiscal es parte del ADN estratégico de cualquier operación bien resuelta. Las empresas que lo entienden desde el primer día convierten la planificación fiscal en ventaja competitiva.

    Nuestro enfoque integrado diseña estructuras fiscalmente eficientes, anticipa cambios regulatorios y ejecuta transiciones que protejan el valor de tu inversión.

    ¿Planificas una operación de M&A? La mejor decisión comienza con una conversación. Contáctanos y encontrarás en Confianz a tus socios estratégicos con más de 30 años de experiencia.

     5-Aspectos-Clave-en-la-Fiscalidad-de-Fusiones-y-Adquisiciones.

  • Impacto del Impuesto Complementario en las fusiones y adquisiciones en España

    El impacto del Impuesto Complementario (Pilar 2) es una nueva figura fiscal que afecta a las fusiones y adquisiciones  en España. Desde su implementación mediante la Ley 7/2024 del 20 de diciembre, este impuesto grava la diferencia entre el 15% y el tipo efectivo de imposición sobre las ganancias en cada jurisdicción.

    Para quienes están inmersos en operaciones de M&A, este impuesto no es solo un detalle técnico. Puede cambiar la valoración de una empresa, generar costos inesperados y complicar la estructuración fiscal de una compra o fusión. No es lo mismo hacer números antes y después de considerar este impuesto. Vamos a repasar los principales problemas que puede traer y cómo reducir riesgos.

    Cómo afecta el Impuesto Complementario en M&A

    El Impuesto Complementario se aplica a grupos empresariales con 750 millones de euros de facturación consolidada en al menos dos de los últimos cuatro ejercicios. ¿Qué significa esto para las empresas en M&A? Hay tres escenarios posibles:

    • Sumando fuerzas, pero también impuestos. Dos empresas que por separado no llegan a los 750 millones pueden superar el umbral al unirse. En ese caso, el impuesto entra en juego y cambia las cuentas.

     

    • Un paso más y dentro del radar. Si una empresa ya está cerca de ese umbral, una adquisición puede hacer que pase la barrera y quede sujeta al impuesto. Eso obliga a repensar toda la operación.

     

    • Nuevas reglas. Si el comprador ya está sujeto al impuesto, sumar una empresa en una jurisdicción con un tipo impositivo inferior al 15% puede suponer un pago adicional. Lo que parecía una operación rentable puede dejar de serlo si no se hace bien el cálculo.

    No es solo un tema de contabilidad, sino de estrategia. No hay margen para sorpresas en M&A.

     

    Due diligence fiscal.  Mejor prevenir 

    Los plazos de due diligence suelen ser ajustados, pero este impuesto hace que revisar las cuentas con lupa sea más importante que nunca. Algunos puntos a tener en cuenta:

    • Dónde está cada euro. No todas las jurisdicciones tributan igual. Si la empresa objetivo tiene operaciones en países con un tipo inferior al 15%, hay que calcular qué impacto tendrá en la factura final.
    • Información a cuentagotas. No siempre se consigue toda la documentación necesaria en los plazos de una due diligence. Si no hay transparencia en los números, el riesgo se dispara.
    • Impacto a futuro. Si después de la compra la estructura del grupo cambia, las reglas del impuesto también pueden hacerlo. Y eso significa costes adicionales inesperados.

    Una mala planificación aquí puede salir muy cara. Es clave que el vendedor tenga listo un análisis detallado del impacto del impuesto antes de entrar en negociaciones.

    Cómo estructurar la operación para evitar sustos

    Evitar problemas con el Impuesto Complementario no es solo cuestión de números, sino de cómo se diseña la operación desde el principio. Algunas estrategias útiles:

    • Aclarar quién paga qué. En los contratos de adquisición, hay que definir con precisión quién asume las responsabilidades fiscales. No basta con suponerlo, hay que dejarlo por escrito.

     

    • Ajustes de precio. Si la due diligence no permite conocer con exactitud el impacto del impuesto, se pueden incluir cláusulas para ajustar el precio en función de los costes reales tras la compra.

     

    • Buscar la mejor estructura. En algunos casos, realizar la compra a través de una entidad en un país con un tipo impositivo superior al 15% puede reducir el impacto del impuesto.

    Un detalle importante: hoy por hoy, los seguros de garantía no cubren los riesgos derivados de este impuesto si no se han identificado antes. No hay red de seguridad si algo sale mal.

    Más allá de la teoría, en Confianz ayudamos a las empresas a reducir riesgos y diseñar estructuras que eviten problemas con este impuesto. Si estás en proceso de M&A y quieres evitar sorpresas, hablemos y vemos cómo encarar la operación con claridad.