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Autor: Confianz

  • Qué ventajas fiscales tiene constituir una fundación

    Para las empresas familiares la constitución de una fundación puede ser interesante por diversos motivos: por filosofía, por imagen, por sus beneficios fiscales… Hoy vamos a analizar algunas de estas ventajas.

    Qué es una fundación

    Según el artículo 2 de la Ley 50/2002, de Fundaciones: “Son fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general”.

    Estos fines de interés general pueden ser:

    • Defensa de los derechos humanos.
    • Víctimas del terrorismo y actos violentos.
    • Asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, laborales.
    • Fortalecimiento institucional.
    • Cooperación para el desarrollo.
    • Promoción del voluntariado.
    • Promoción de la acción social.
    • Defensa del medio ambiente.
    • Fomento de la economía social.
    • Atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales o culturales.
    • Promoción de los valores constitucionales, defensa de los principios democráticos y fomento de la tolerancia.
    • Desarrollo de la sociedad de la información o de investigación científica y desarrollo tecnológico

    Quién puede constituir una fundación 

    Según el artículo 8 de la Ley de Fundaciones, tanto las personas físicas como las personas jurídicas pueden constituir una fundación.

    En el caso de las personas físicas, la constitución puede ser:

        • Inter vivos: se realizará mediante escritura pública, a través de lo previsto para la escritura de constitución que comentaremos en el siguiente apartado.
        • Mortis causa: se realiza testamentariamente, cumpliendo el testamento con los requisitos para la escritura de constitución.

    Las personas jurídicas privadas de índole asociativa, requerirán acuerdo del órgano competente para poder disponer gratuitamente de sus bienes. Las de índole institucional deberán recabar el acuerdo de su órgano rector.

    Las personas jurídico-públicas tendrán capacidad para constituir fundaciones, salvo que sus normas reguladoras establezcan lo contrario.

    Dotación de la fundación

    El artículo 12 de la Ley 50/2002 de Fundaciones establece que la dotación puede consistir en bienes y derechos de cualquier clase y ha de ser adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines fundacionales.

    En principio se presume suficiente la dotación cuyo valor económico alcance los 30.000 euros. Si la dotación es inferior, los fundadores deberán justificar su adecuación y suficiencia a los fines fundacionales. Para ello deberán de presentar su primer programa de actuación, junto con un estudio económico donde se acreditará su viabilidad.

    En caso de aportaciones dinerarias, esta se podrá hacer de forma sucesiva, siempre que el desembolso inicial sea, al menos, del 25%. El resto se tendrá que hacer efectivo en un plazo máximo de 5 años.

    En el caso de que la aportación no sea dineraria, se debe incorporar a la escritura de constitución una tasación realizada por un experto independiente.

    Cuáles son las ventajas fiscales de constituir una fundación

    La constitución de una fundación conlleva un marco fiscal muy beneficioso para aquellos que la constituyan, con exenciones o reducciones en los siguientes impuestos. 

    Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

    Ya desde su constitución las fundaciones gozan de la exención total del impuesto ITP / AJD sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

    Impuesto de sociedades

    Las fundaciones también gozan de exención del impuesto de sociedades. Sólo deben soportar un tipo impositivo del 10% en el caso de las actividades que no estén contempladas en los Estatutos y supongan una explotación económica.

    Impuesto sobre bienes inmuebles

    En el IBI están exentos los bienes inmuebles destinados a actividades sociales.

    Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

    Del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana quedan exentas todas las transmisiones onerosas realizadas por la fundación, siempre que el terreno esté exento del IBI. Y en las transmisiones a título lucrativo si la obligación de tributar fuera de la fundación. Es indispensable, sin embargo, revisar siempre la ordenanza municipal correspondiente.

    Impuesto del valor añadido

    Las fundaciones ya no tienen que solicitar la exención del IVA para poder ponerla en práctica, basta con que la entidad cumpla los requisitos del artículo 20.3 de la Ley del IVA. 

    Impuesto sobre actividades económicas

    El impuesto sobre actividades económicas, que grava el ejercicio de cualquier actividad económica, queda exento en los próximos casos:

    • Dos primeros años de inicio actividad.
    • Cifra de negocios inferior al millón de euros.
    • Investigación o enseñanza pública.
    • Actividades pedagógicas, científicas, asistenciales y de ocupación para discapacitados.

    Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

    En el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras las entidades que promuevan directamente construcciones, instalaciones u obras tendrán derecho a una bonificación del 65%, siempre que se ejecuten en terrenos calificados urbanísticamente como equipamiento y se destinen a equipamientos comunitarios como centros docentes, instalaciones deportivas, centros sanitarios, salas de exposiciones y otros establecimientos de interés público, social o comunitario, entre otros.

    Por último, las fundaciones gozan también de beneficios en el IRPF.

    Es difícil resumir todas las ventajas fiscales que ofrecen las fundaciones a las empresas familiares. En Confianz somos especialistas y asesoramos a nuestros clientes a lo largo de todo el proceso de constitucion y consolidación.

  • ¿En qué consiste una reestructuración societaria?

    La reestructuración societaria es un proceso de cambio en el que una empresa se transforma y adapta a un nuevo modelo empresarial. Vamos a estudiarla por partes.

    Tipos de reestructuración societaria

    La reestructuración puede ser de distintos tipos. Estos son los principales:

    • Fusión de empresas. Sucede cuando dos o más sociedades mercantiles se integran en una única sociedad mediante la transmisión en bloque de sus patrimonios. A los socios de las sociedades que se extinguen se atribuyen las acciones, las participaciones o las cuotas de la sociedad resultante, que puede ser de nueva creación o una de las sociedades que se fusionan.
    • Escisión. Puede ser de tres tipos:
      • Escisión total: consiste en la extinción de una sociedad, con división de todo su patrimonio en dos o más partes. 
      • Escisión parcial: consiste en el traspaso en bloque por sucesión universal de una o varias partes del patrimonio de la sociedad cada una de las cuales forme una unidad económica, a una o varias sociedades de nueva creación o ya existentes, recibiendo los socios de la sociedad que se escinde un número de acciones, participaciones o cuotas sociales de las sociedades beneficiarias de la escisión proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde y reduciendo ésta el capital social en la cuantía necesaria. 
      • Segregación: es el traspaso en bloque por sucesión universal de una o varias partes del patrimonio de una sociedad, cada una de las cuales forma una unidad económica, a una o varias sociedades. La sociedad segregada recibe a cambio acciones, participaciones o cuotas de las sociedades beneficiarias.
    • Cesión global de activo y pasivo. Es la transmisión en bloque de todo el patrimonio de una sociedad inscrita, por sucesión universal. Podrá realizarse a uno o varios socios o terceros, a cambio de una contraprestación que no podrá consistir en acciones, participaciones o cuotas de socio del cesionario.

    Motivos para emprender una reestructuración empresarial

    Las reestructuraciones societarias son útiles en diversas situaciones:

    • Ante un periodo de crisis, la fusión de sociedades puede permitir una importante reducción de gastos de operación y producción. así como una mayor rentabilidad en cuanto que los instrumentos de gestión son administrados bajo una gestión única o se encuentran situados en un mismo espacio.
    • En grupos empresariales, la reestructuración empresarial puede ser una manera de proteger el patrimonio de todas las sociedades del grupo y evitar responsabilidades que afecten de forma directa a las empresas o al patrimonio personal de sus socios.
    • Planificar el impuesto sobre sucesiones y donaciones, facilitando la sucesión empresarial.
    • Diversificar los riesgos.
    • Ahorrar los costes administrativos, de operación y/o producción. Por ejemplo con una optimización en la gestión de los recursos humanos.
    • En la fusión de empresas, la sociedad absorbente adquiere mayor solidez y por lo tanto disfruta de mayor crédito a nivel comercial.
    • Optimización fiscal.

    Cómo realizar una reestructuración societaria

    1. Primero es importante llevar a cabo un estudio de la empresa o empresas. Analizar su estructura e idoneidad en función de sus planes de futuro.
    1. Identificar el objetivo general y particular de la reestructuración societaria que se quiere a llevar a cabo.
    1. Realizar un estudio de todas las alternativas. Valorar las distintas opciones de reestructuración existentes y estudiar si existe la posibilidad de aplicar el régimen fiscal especial de las operaciones de reestructuración para favorecer su tributación.
    1. Analizar los efectos legales que implica una reestructuración societaria, así como las obligaciones y derechos de todos los socios.

    En Confianz asistimos a nuestros clientes en sus operaciones de reestructuración empresarial para alcanzar sus objetivos, obtener beneficios y ahorrar costes.

  • Pacto de socios o pacto parasocial, más allá de los estatutos

    Un pacto de socios o pacto parasocial, también denominado reservado o extra-estatutario, es un contrato entre socios que recoge los compromisos a los que quieren someter su relación, más allá de lo previsto en los estatutos sociales. 

    El pacto parasocial permite tener una guía de criterios en la regulación de los derechos y obligaciones de los socios en diferentes ámbitos. Su contenido puede ser muy amplio y debe adaptarse a las necesidades particulares de cada sociedad.

    Con él se ponen por escrito acuerdos importantes para el funcionamiento futuro tanto de la empresa como de las relaciones entre socios. De esta manera se evitan futuras controversias judiciales.

    En qué se diferencian el pacto de socios y los estatutos

    Los estatutos sociales de una compañía son las normas y principios generales por los que se rige la relación de los socios con ella. Estas reglas son públicas, porque cualquiera puede consultarlas en el registro mercantil, y tienen eficacia frente a terceros. 

    En cambio, el pacto parasocial permite que los miembros de una sociedad puedan adoptar acuerdos no públicos que les obliguen sólo a ellos, con carácter vinculante y plenamente exigible.

    Qué aspectos regula el pacto de socios

    El pacto parasocial tiene que adaptarse a las necesidades específicas de los socios. Su fundamentación es el principio de la autonomía de la voluntad de los contratos del art. 1255 del Código Civil, que permite a los socios “establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni el orden público”. 

    Cada sociedad es diferente según los perfiles de sus socios. Por ejemplo, pueden coexistir socios trabajadores o emprendedores, y socios inversores; lo que pone de manifiesto intereses muy diferentes, que deben ser alineados en el Pacto de Socios. 

    Los acuerdos adoptados en el pacto de socios pueden clasificarse según las cuestiones que regulan en tres grandes grupos: 

    • Los pactos de relación regulan las relaciones directas entre socios y limitan aquellas actuaciones y conductas que puedan afectar al resto de socios. Por ejemplo, los acuerdos de no agresión, las limitaciones o derechos de adquisición preferente de participaciones; la fijación de un compromiso recíproco de compra y venta de las participaciones entre los socios…
    • Los pactos de atribución asignan derechos nuevos y otras ventajas a la sociedad en cuestión, naciendo así dichas garantías de los socios. Por ejemplo, acuerdos de no competencia o para la financiación a la sociedad por sus socios. Establecer prestaciones accesorias de los socios, como la obligación de que alguno de ellos preste servicios a la compañía. O 
    • Los pactos de organización regulan cuestiones relativas a la estructura y funcionamiento de la sociedad. Establecen un marco normativo para los procesos empresariales, votaciones, decisiones para el desarrollo del negocio, etc. Los temas principales son la modificación o disolución de la sociedad, la composición de los órganos de gobierno y administración, y el quórum reforzado. En este aspecto es importante destacar que sí existe obligación de publicidad para aquellos pactos parasociales que regulen el ejercicio del derecho de voto o afecten a la libre transmisibilidad de las acciones.

    Esta práctica extendida en las sociedades queda en su mayoría regulada en el Derecho español por la Ley de Sociedades de Capital y el Código Civil, así como por algunas normas específicas.

    Un contrato con fuerza de ley

    El pacto parasocial equivale a una relación contractual con fuerza de ley. Los pactos de socios no tendrán efectos frente a terceros, pero sí entre los socios y la sociedad firmantes, estando facultado cualquiera de ellos a exigir su efectivo cumplimiento.

    El pacto de socios puede modificarse en cualquier momento, cuando así lo acuerden la totalidad de sus suscribientes. De esta manera puede adaptarse con agilidad a las necesidades existentes en cada momento, de una manera mucho más dinámica que una modificación estatutaria. 

    Nuestro Departamento de Asesoría Mercantil estará encantado de solucionar cualquier duda que tengas al respecto. 

  • Cuatro consejos de sostenibilidad de negocio para las PYMES turísticas

    La reactivación del turismo a medida que la crisis del COVID-19 va quedando atrás está siendo difícil debido a los continuos rebrotes y cambios normativos en los horarios de apertura, toques de queda, aforos permitidos… Tomar medidas para asegurar la sostenibilidad de negocio es ahora más importante que nunca en estos sectores.

    Según estimaciones recientes en estos momentos existen más de 1.600 empresas zombis dentro del sector de la hostelería y la restauración. Muchos negocios del sector turístico siguen cerrados o no tienen suficiente actividad para ser rentables de nuevo y reincorporar a los trabajadores que tienen en ERTE. Para los pequeños hoteles y la mayor parte de la restauración es urgente revisar la salud de sus negocios y evitar endeudamientos más graves de los que puedan tener en la actualidad. 

    Estos son cuatro consejos para garantizar la supervivencia de una PYME turística a largo plazo.

    Planificación financiera para asegurar la sostenibilidad de negocio

    Es indispensable que los negocios hagan un análisis interno de sus finanzas y tengan muy claro datos como cuánto necesitan ingresar para poder pagar sus deudas, cuáles son sus mínimos viables, saber si facturando un 80% menos van a poder seguir pagando los ICO…

    Esto es especialmente urgente en el caso de los autónomos, que pueden tener que responder ante las deudas de su actividad con sus propios bienes personales y familiares.

    Optimizar la cadena de suministro

    Algunas de las mayores oportunidades de impacto positivo en la sostenibilidad de negocio a largo plazo se producen en la cadena de suministro. Esta es una de las claves para la creación de valor e influye directamente en el retorno de la inversión.

    Según un reciente estudio de Jaggaer y EcoVadis, hasta el 90% del impacto en sostenibilidad de negocio puede darse en la cadena de suministro.

    El control de costes debe ser una prioridad empresarial. Cada vez más compañías se sirven de plataformas digitales como una forma de optimizar la compra y aumentar la rentabilidad. Pero todavía hay demasiadas empresas que dedican muchos esfuerzos a tareas que podrían digitalizarse y de esta manera facilitar la integración de criterios de sostenibilidad en los procesos de selección, negociación, aprovisionamiento y reducción de costes.

    Diferenciarse de toda la competencia

    Ya sea por la caída del turismo internacional, por la crisis económica o por el radical cambio de hábitos del último año, el sector turístico tiene que afrontar un descenso en el número de clientes. Ante un aumento de la competencia es vital diferenciarse. Cada empresa no solo compite con otras que ofrecen el mismo producto y servicio, sino con todo tipo de ofertas de ocio: salidas a la naturaleza, deportes, plataformas digitales, etc.

    La pandemia ha cambiado por completo las preferencias, y los turistas ahora buscan un ambiente familiar, espacios abiertos y evitar las aglomeraciones. Se han disparado por ejemplo la demanda de alquileres vacacionales, autocaravanas y casas rurales.

    Las PYMES turísticas tienen que ponerse en el lugar del cliente, identificar qué es lo que busca y darle una propuesta de valor acorde con sus gustos y preferencias. En el último año todo ha cambiado, así que ya no se puede seguir ofreciendo lo mismo de siempre.

    Adaptar el local a las nuevas necesidades del cliente

    Ya sea por las normativas contra el COVID-19 o por los cambios de costumbres en los clientes, hoy hay muchos locales que antes funcionaban perfectamente pero que ahora tienen un gran handicap por ser demasiado pequeños, no tener suficiente ventilación, tener las mesas muy juntas… En estos momentos es difícil predecir cuándo volveremos a una situación en la que todos estos condicionantes no se tengan en cuenta.

    En el caso concreto de la restauración, durante la pandemia ha habido permisividad con las nuevas terrazas que han proliferado en zonas urbanas. Ahora es el momento de asegurar los permisos correspondientes para garantizar la sostenibilidad de negocio a largo plazo. 

    En definitiva, ahora es el momento en el que los empresarios de PYMES turísticas tienen que tomar decisiones para evitar que sus negocios les ahoguen. En Confianz tenemos una larga experiencia ayudando a las empresas a mejorar su sostenibilidad empresarial de una manera global. 

  • Aumentan las operaciones de M&A en el sector farmacéutico y sanitario

    A lo largo de 2020 el COVID-19 prácticamente paralizó las operaciones de M&A a nivel global, pero este 2021 se está revelando como un año muy activo en este tipo reestructuraciones.

    Si hay algún sector que se ha visto beneficiado por la pandemia, ese sin duda ha sido el farmacéutico y sanitario, uno de los pocos que vio incrementada su actividad durante 2020. Ahora, el valor de estas compañías sigue tendiendo al alza y ha captado significativamente el interés de todo tipo de inversores. 

    Un reciente informe de PwC analysis señala que, a nivel global, las operaciones en los sectores farmacéutico y sanitario han aumentado un 14% en términos interanuales. La actividad fue especialmente alta durante el primer durante el primer semestre de 2020, en el que las operaciones aumentaron en un 25% respecto al mismo periodo del año anterior.

    El importe total agregado superó los 80.000 millones de euros. Algunas de las operaciones más significativas fueron las realizadas por Astrazeneca y Alexion; Gilead Sciences e Inmonomedics; y entre Siemens Healthineers y Varian Medical Systems.

    62 operaciones en España a lo largo de 2020

    En nuestro país, según los datos publicados por CB Insights, en 2020 se efectuaron 62 operaciones de M&A en los sectores farmacéutico y sanitario, un 77,14% más que en 2019. Su importe medio fue de 6,76 millones de euros por operación, y supusieron un 15,58% del total de fusiones y adquisiciones realizadas en España a lo largo del año. 

    Entre las más destacadas está la operación llevada a cabo por Ona Therapeutics, una startup biotecnológica fundada en el año 2019 que levantó el pasado año una ronda Serie A por un importe de 27,90 millones de euros. También MedLumics, compañía de diagnósticos por imágenes, consiguió levantar una ronda Serie C por un importe 16,44 millones de euros.

    En cuanto a financiación adquirida a través de préstamos, y no mediante la toma de capital social, hay que destacar la financiación obtenida por el Grupo Ferrer Internacional por importe de 220 millones de euros a través de instrumentos como préstamos a largo plazo Term Loan, línea de Circulante Revolving Crédit y línea de crédito para adquisiciones con entidades como BBVA y Caixabank.

    2021, un año de M&A en el sector médico y farmacéutico

    De cara a lo que queda de 2021, se estima que el 43% de las empresas de sanidad emprenderán procesos de reestructuración operativa, según las respuestas aportadas en la encuesta Perspectivas España 2021 elaborado por Kpmg. En el caso concreto de las fusiones, el estudio prevé que el 10% de las empresas enfocadas a sanidad realice este tipo de operaciones.

    Varios factores favorecen la inversión en el sector médico y farmacéutico:

    • El desarrollo, la producción y la gran demanda de vacunas contra el COVID-19.
    • Los inversores tienen un gran volumen de liquidez.
    • Los sectores farmacéutico y sanitario son considerados tradicionalmente un refugio seguro en épocas de crisis.

    Todo ello permite pronosticar que 2021 seguirá siendo un año activo en cuanto a operaciones de M&A se refiere para el sector sanitario y farmacéutico. El valor de las compañías tenderá al alza.

    Sin embargo, habrá que estar pendientes de las consecuencias que pueda tener el apoyo mostrado por Joe Biden a la suspensión de las patentes de las vacunas del Covid-19 y la decisión que tome la Unión Europea sobre este tema. 

    En Confianz ofrecemos servicios de consultoría en operaciones de reestructuración empresarial para reforzar las posibilidades de continuidad y crecimiento.

  • Cómo transformar una PYME en una scaleup

    Transformar una PYME en una scaleup, hacer crecer una empresa en estructura y competitividad, es un reto complejo. Sin embargo, con la asesoría empresarial adecuada es posible.

    Las empresas que se mantienen como jugadores pequeños son más vulnerables ante una crisis económica, tal como lo acabamos de comprobar en este último año. De hecho, la mayoría de las empresas no logra nunca pasar de este estadio y viven en la incertidumbre constante hasta que alguna coyuntura económica acaba con ellas. 

    Existen muchos proyectos empresariales en etapas nacientes y pocos consolidados y con una visión a largo plazo. Por este motivo, para las PYMES y startups el objetivo tiene que ser transformarse en scaleups: empresas con potencial de desarrollo y un modelo de negocio comprobado.

    Las scaleups son negocios perdurables en el tiempo, resistentes a la pérdida de empleos durante procesos de recesión, que generan empleos a largo plazo con posibilidades de promoción dentro de la misma empresa.

    Qué es una scaleup

    Se suele definir como scaleup una empresa cuya facturación crece un 20% anual durante más de tres periodos seguidos o una startup que ha alcanzado más de un millón de euros en financiación. 

    Las scaleups son empresas con potencial de desarrollo, que cuentan con una estructura interna sólida, son competitivas en su sector, tienen un negocio ya probado y ahora quieren redimensionar su modelo para lograr metas más ambiciosas. En otras palabras, esas compañías quieren escalar una empresa que ya ha demostrado su rentabilidad a corto plazo y transformarla en un proyecto con garantías a largo plazo.

    Este punto de inflexión puede ser su internacionalización, la expansión a un sector diferente, la mejora de sus productos o la ampliación de la plantilla.

    El desafío de crecer

    En esta fase surgen muchas dudas. El mayor desafío es saber cómo manejar una empresa que hasta ese momento se regía como una pequeña familia: decidir nuevas contrataciones para atender a una demanda creciente, delegar, encontrar talento, tal vez pagar en stock options…

    Cierto es que a todo el mundo le encantaría enfrentarse al problema de liderar una empresa en pleno crecimiento. Sin embargo, no deja de ser un desafío que si no se supera puede dar al traste con todo el esfuerzo previo. Este crecimiento implica riesgos, una mayor inversión, una reestructuración de la compañía, innovación y adopción de nuevas tecnologías… Las scaleups tienen que ser empresas con una gran capacidad de aprendizaje permanente, así como de vivir en un cambio constante.

    Los tres errores de las empresas que quieren ser scaleups

    Estos son algunos de los errores más comunes que se cometen a la hora de hacer crecer una startup o PYME:

    • Enamoramiento del producto: tener un buen producto no lo es todo. Hay que saber ir más allá y ser objetivo.
    • No retener el cliente: es la parte más difícil del embudo de ventas y es imprescindible para crecer.
    • No priorizar: probar muchas pequeñas cosas en vez de centrarse en una sola. Es bueno experimentar, pero también hay que focalizar y profundizar.

    Cómo crear una estrategia scaleup

    Una buena asesoría empresarial orientada a convertir una PYME o una startup en una scaleup lanzada hacia el crecimiento tiene que tener en cuenta todos estos puntos:

    • Identificar y superar las barreras del crecimiento que impiden a la empresa escalar.
    • Diseñar una estrategia capaz de dominar un nicho de mercado.
    • Crear rutinas que reduzcan el estrés de la operación diaria y eviten errores que cuesten tiempo y dinero.
    • Detectar las tendencias clave actuales.
    • Identificar los puntos fuertes.
    • Establecer prioridades.
    • Diversificar las fuentes de ingresos. 
    • Optimizar el flujo de efectivo.
    • Reclutar al mejor equipo.
    • Motivarlo y enfocarlo a resultados.
    • Desarrollar alianzas externas.
    • Definir indicadores clave del rendimiento (KPIs) y métricas para evaluar el alcance de los objetivos.

    En Confianz ofrecemos servicios de asesoría empresarial para ayudar a las empresas en crecimiento a escalar su negocio en su mercado y otros nuevos.

  • Juntas telemáticas: ¿debe la empresa cambiar sus estatutos para celebrarlas?

    Los peores efectos de la pandemia del COVID-19 van quedando atrás. Y en la inmensa mayor parte de los casos esto es una gran noticia para las empresas. Sin embargo, la crisis sanitaria también ha traído consigo nuevas prácticas como las Juntas telemáticas, que han demostrado su conveniencia y validez en el día a día de las sociedades y que vale la pena conservar e implantar definitivamente de ahora en adelante.

    Entre ellas se encuentran sin duda el teletrabajo y las reuniones a distancia, que han llegado hasta lo más alto de los organigramas. A lo largo del último año, las reuniones de los órganos colegiados de las sociedades comerciales también se han celebrado habitualmente de forma telemática. Esto incluye asambleas de accionistas, juntas de socios, juntas directivas, etc.

    La situación excepcional ante la pandemia

    Durante el estado de alarma, el Real Decreto Ley 8/2020 permitió excepcionalmente celebrar de forma telemática las juntas, las reuniones de los consejos de administración y órganos colegiados. Dada la situación excepcional, y cumpliendo algunos requisitos, los socios podían celebrar juntas sin desplazarse aunque esta posibilidad no estuviera prevista en los estatutos de la empresa.

    Ahora, con la paulatina vuelta a la normalidad, muchas empresas que ya han comprobado de primera mano las ventajas de celebrar juntas no presenciales o mixtas desean seguir organizándolas en este formato. Para ello, es sin embargo imprescindible asegurar que los estatutos de estas empresas están adecuados para poder seguir celebrando este tipo de juntas.

    Todavía no corre una prisa inminente, puesto que hasta final de 2021 las empresas podrán seguir manteniendo este tipo de reuniones sin necesidad de modificar artículo estatutario alguno. Sin embargo, es obligatorio pensar ya qué ocurrirá a partir del próximo ejercicio.

    La nueva Junta telemática

    Hasta ahora, la Ley de Sociedades de Capital contemplaba en su artículo 182 la posibilidad de asistir telemáticamente a las juntas. Sin embargo, en virtud de la Ley 5/2021, el pasado 3 de mayo entró en vigor la modificación de este artículo, que incorpora un nuevo artículo (el 182 bis) que regula la Junta exclusivamente la Junta telemática. Esta Ley traspone la Directiva (UE) 2017/828 y también afecta al artículo 521 LSC.

    Una novedad muy importante de esta nueva regulación es la posibilidad de que la junta sea 100% telemática. Esto implica que ya no se podrá asistir presencialmente, ni siquiera aunque los socios pretendan hacerlo, al no tener lugar en una sede física.

    Ante un cambio de este calado en el funcionamiento de cualquier empresa, se exige que la modificación estatutaria para la celebración de juntas sólo telemáticas sea aprobada por, al menos, dos tercios de los socios presentes o representados en la junta que trate este asunto.

    Requisitos para organizar una Junta telemática

    • Para garantizar la participación en las juntas telemáticas, los administradores deberán implementar las medidas necesarias. Para ello especificarán en la convocatoria los medios tecnológicos que se utilizarán, los trámites para acceder (máximo una hora antes de comenzar la junta), la lista de asistentes y la explicación a los socios sobre cómo ejercitar sus derechos. 
    • Al iniciar la reunión, el representante legal debe comprobar y verificar la identidad de cada uno de los asistentes. Se garantiza así que se trate de quien tiene la calidad necesaria para participar.
    • Ya no se puede continuar con la práctica de exigir una remisión previa del derecho de voto. 
    • Tampoco se exige a las sociedades que se aseguren de que los socios tienen los medios para poder asistir telemáticamente.

     

    Adaptar los estatutos sociales a las Juntas telemáticas

    Todas estas novedades recientes hacen aconsejable analizar los estatutos sociales y, si es necesario, adaptarlos para poder celebrar Juntas telemáticas o mixtas. Con ello evitaremos causas de invalidez de las reuniones y decisiones, e incumplimientos de regulaciones obsoletas establecidas en los estatutos o en acuerdos de accionistas.

    En estos estatutos sociales renovados podremos incluir también algunas recomendaciones prácticas como la utilización de medios tecnológicos confiables, el establecimiento de un método que facilite el uso de la palabra y el ejercicio del voto, detalles asociados a la protección de datos y la confidencialidad, etc.

  • Concurso de acreedores para los autónomos: así funciona

    Acaba de producirse una novedad importante en el concurso de acreedores para los autónomos. Y es que, según un reciente auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, los trabajadores por cuenta propia en situación de insolvencia también pueden presentar un concurso de acreedores para liquidar legalmente su negocio, incluso aunque solo tengan un único acreedor. 

    Hasta ahora los tribunales siempre habían interpretado que el deudor debía tener varios acreedores para poder solicitar un concurso de acreedores. De hecho, a lo largo de los años, muchos concursos de acreedores se han denegado precisamente por este motivo. Porque el solicitante debía dinero a una sola persona u organismo.

    Ahora, el citado auto de la Audiencia Provincial de Barcelona le ha dado la razón a una profesional a la que un juzgado civil le había rechazado la solicitud para iniciar un concurso de acreedores por no tener más de una entidad a la que debía dinero.

    Esta resolución es consecuente con el Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado en septiembre de 2020, que ya deja entrever que los profesionales pueden tener solo un acreedor y presentar un concurso si, a pesar de no deber dinero a varias entidades, son insolventes.

    Concurso de acreedores para los autónomos con un único acreedor

    Este auto de la Audiencia Provincial de Barcelona resuelve una situación en muchos casos injusta, ya que un autónomo con un único acreedor puede encontrarse en la misma situación de insolvencia que otro que tenga varios. En la práctica, muchos trabajadores por cuenta propia tienen como único acreedor a la Administración Pública. Y las deudas con ese organismo pueden por sí mismas ser más que suficientes para generarles una situación de insolvencia.

    Esta situación hasta ahora ha venido dando lugar a situaciones rocambolescas. Por ejemplo, muchos autónomos dejaban de pagar la línea del teléfono para así tener más de un acreedor y lograr que los tribunales aceptasen su concurso. 

    Cómo finalizar la actividad como autónomo

    Cuando no hay deudas

    Cuando no hay deudas acumuladas lo único que tienen que hacer los autónomos persona física es liquidar la compañía. Simplemente deben terminar de realizar los pagos si queda alguno pendiente y darse de baja en la Seguridad Social.

    En el caso de los autónomos societarios, el trámite consiste en una disolución mercantil más una escritura de disolución de la empresa.

    Cuando sí hay deudas

    Cuando existen deudas, la única manera que tiene un autónomo para cerrar su negocio de manera legal es abrir un concurso de acreedores. 

    El concurso de acreedores para los autónomos suele ser largos y tiene un alto coste. En él, los autónomos tienen que exponer su realidad económica frente a un abogado, un procurador y un administrador concursal. Este último es designado por el Juzgado de lo Mercantil y será el que establecerá el orden y modo de pago de las deudas.

    La ventaja es que el concurso permite al profesional por cuenta propia llegar a un acuerdo con sus acreedores y, en muchos casos, reducir la deuda. 

    Consecuencias de no finalizar la actividad con un concurso de acreedores para los autónomos

    Si la finalización de la sociedad no se realiza de forma correcta con un concurso de acreedores, tanto los autónomos persona física como los autónomos societarios pueden tener que responder con todo su patrimonio de la deuda contraída por la sociedad.

    En los últimos años, la Agencia Tributaria (AEAT) ha aumentado las investigaciones de los negocios que cierran sin hacer antes frente a sus deudas pendientes. Según la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), en 2019 la AEAT utilizó un 119% más la figura legal de derivación de responsabilidad fiscal. Esto significa que Hacienda entiende que el administrador de la sociedad, que en un principio tiene responsabilidad limitada, sí que es responsable de las deudas impagadas que el negocio contrajo con el erario público.

    Por este motivo en Confianz ofrecemos siempre un completo asesoramiento, planificación y gestión concursal. Para que la compañía entre en el concurso de acreedores en el estado más adecuado a nivel económico y financiero.

  • La sucesión para las empresas familiares en la post pandemia

    Las empresas familiares, que suman el 88% de todas las empresas españolas y suponen el 57% del PIB nacional, han sufrido mucho con la crisis del COVID-19. En el último año la empresa familiar ha tenido que hacer frente a una gran incertidumbre y muchos imprevistos.

    Uno de los principales desafíos en el mundo post pandemia para las empresas familiares será el de mantener el interés de la siguiente generación por la empresa. Las circunstancias excepcionales que estamos viviendo pueden desanimar a los más jóvenes, que pueden ver demasiado complicado sacar la empresa adelante. Las empresas familiares deberán lograr que el espíritu emprendedor trascienda a la generación fundadora, cuidando la capacitación y actualización constante para mantenerse al día con el entorno y el mercado.

    Características de la empresa familiar

    Existen una serie de rasgos comunes que comparten muchas empresas familiares.:

    • Nacen como un pequeño negocio de menos de diez empleados.
    • Su fundador suele ser un emprendedor individual.
    • El capital inicial es pequeño y puede ser propio o prestado, ya sea por la familia o externamente. 

    Con el paso de las generaciones, es habitual que de este inicio en el que existe un único líder se pase a un escenario de multiliderazgo. Lo que en un principio es una propiedad muy concentrada acaba estando mucho más distribuida, y es indispensable recurrir al pacto y el consenso.

    La sucesión generacional es el mayor reto de las empresas familiares

    El momento de la sucesión es muy delicado para las organizaciones familiares. Se calcula que solo la mitad sobrevive a la marcha de su fundador, y menos del 30% logra llegar a la tercera generación. Esto es así a pesar de que el 74% de los negocios familiares españoles ya tienen a la próxima generación trabajando en la compañía. Para las empresas familiares la continuidad del negocio tiene una gran relevancia: el 95% de ellas espera pasar la gestión y/o la propiedad a la próxima generación familiar. Sin embargo, solo el 15% cuenta con planes de sucesión documentados y comunicados.

    El proceso de sucesión se ha de planificar de manera minuciosa y precisa, como cualquier plan estratégico. Es fundamental determinar los tiempos del proceso y dar certezas a todos los involucrados. 

    Es imprescindible que el relevo generacional se haga con tiempo y que la generación saliente pueda tutelar y ejercer su mentoría sobre la siguiente. Una buena opción es establecer un modelo de cooperación en el que todas las generaciones aporten su capital humano y su compromiso, cada uno en función de sus capacidades y etapa vital. En este sentido, es prioritario implicar a la siguiente generación en el conocimiento de la empresa.

    El consejo de familia y el protocolo familiar

    El consejo de familia tiene como objetivo fomentar las relaciones entre los distintos miembros, detectar y resolver las posibles desavenencias y diseñar un marco general de actuación para todos los miembros de la familia en sus relaciones con la empresa.

    Por su parte, el protocolo familiar es un contrato privado en el que la familia fija por escrito los temas sobre los que desea tener una reglamentación consensuada. Este documento regula las relaciones profesionales y económicas entre los miembros de la familia y la empresa, y tiene el objetivo primordial de asegurar la continuidad de la compañía. Es clave para evitar confusiones entre los valores personales y familiares con las necesidades del negocio.

    Entre otros muchos temas, en el protocolo familiar se pueden establecer mecanismos precisos no solo en lo referente al proceso de sucesión y al ingreso en la compañía de los diferentes miembros de la familia, sino también a las cláusulas de salida de la empresa de los socios familiares o las condiciones para una posible venta.

    En Confianz somos especialistas en la asesoría a empresas familiares, y podemos ayudarte a crear un plan de transición generacional en la gestión y en la propiedad.

  • La aportación de las fusiones y adquisiciones a la economía 

    Las fusiones y adquisiciones no son operaciones nuevas. Tienen lugar en todos los sectores de la economía y su aumento en los últimos años ha sido consecuencia de aspectos como una mayor competencia, la globalización de la economía, el desarrollo de los mercados financieros y el progreso tecnológico.

    Este fenómeno empresarial suele estar ligado al reconocimiento de una amenaza o de una oportunidad en el mercado.

    Actualmente estamos en un momento de pleno auge de fusiones y adquisiciones, tanto a nivel nacional como mundial. entre los principales factores han favorecido la liquidez de las empresas se encuentran el desarrollo de la economía y la variación positiva de las bolsas y los bajos tipos de interés. Además, la globalización ha aumentado el número de competidores a los que se enfrentan las compañías.

    En nuestro país se suma otro factor adicional. Debido al gran número de organizaciones que nacieron después de la guerra civil, un alto número de sus dirigentes están en edad de jubilación, razón por la que muchos venden su empresa. 

    La aportación de las fusiones y adquisiciones a la economía 

    Si estas hacen crecer la eficiencia de la empresa resultante, se conseguirán mejoras en los productos y un aumento de la demanda. En consecuencia, esto afectará de manera positiva en el empleo. Un aumento de capacidad de la nueva empresa puede necesitar crear más puestos de trabajo también. De hecho, este tipo de operaciones han reducido la demanda europea de empleo debido a su uso como un dispositivo de reestructuración de los mercados laborales.

    Las fusiones y adquisiciones también crean o refuerzan el poder de mercado. Permiten a la nueva empresa y a su competencia aumentar los precios. En consecuencia, se incrementa el valor del capital del resto de empresas en el momento del anuncio. Sin embargo, la política antimonopolio suele perjudicarlas al prevenir el incremento de sus precios y, por tanto, el valor del capital de las empresas cae. 

    También influye en el precio de las acciones. Muchos estudios aseguran que los accionistas de la empresa adquirida se encuentran con retornos un 25 por ciento superiores después de la operación. Los beneficios llegan nada más anunciarse la fusión, incluso aunque no tenga lugar. Esto se debe a la anticipación del mercado de valores ante una posible adquisición de éxito. En general, los retornos son más altos en las fusiones hostiles que en las amistosas. Además, aquellas financiadas con efectivo tienden a obtener mejores resultados que las financiadas con intercambio de valores.

    Los beneficios y la productividad

    No es fácil saber si el aumento de los beneficios se debe a una mayor eficiencia o a un poder de mercado superior. No existe una teoría clara sobre si se incrementan los beneficios respecto a antes de la fusión. Aunque no todos los tipos de M&A generan la misma rentabilidad, las fusiones horizontales y las relacionadas con pequeños negocios suelen tener más rentabilidad que los conglomerados. La fusión horizontal lleva a precios un 1,5% mayores de lo que habrían sido sin operación, mientras que la fusión no horizontal lleva en general al resultado opuesto: reducciones de entre un 2,5 y 3,1% en el precio. 

    La productividad aumenta siempre y cuando la disminución del empleo sea mayor a la reducción de la producción. Normalmente, la transferencia de activos se suele traducir en un aumento de la productividad, en la medida en que son transferidos a aquellos que los gestionan más eficientemente. El rendimiento tecnológico es uno los factores clave por los que realizar estas operaciones. Tras adquirir una empresa tecnológica, la compañía podrá contar con más inversión en I+D. Las M&A contribuyen a mejorar el rendimiento tecnológico a largo plazo de las empresas que están en un entorno high-tech. Conseguir encajar de forma óptima la estrategia y organización de las empresas involucradas es fundamental para que la nueva empresa mejore sus habilidades y capacidades de este tipo.

    Fusiones y adquisiciones en 2021

    Mientras que en 2020 un 13% de las empresas consultadas llevó a cabo alguna adquisición y otro 7% completó una fusión, los porcentajes casi se duplica para este año. Se prevé que un 24% vaya a poner en marcha la adquisición de otras sociedades y un 13% tiene previsto embarcarse en procesos de fusión. Además, el 35% de las compañías espera llevar a cabo alianzas o joint ventures.

    Los principales motivos por los que las empresas se adentrarán en este tipo de operaciones son las buenas oportunidades que existen en el mercado y la posibilidad de aumentar su número de clientes. Por otro lado, un 35% elige esta opción para consolidar su cuota de mercado, adentrarse en nuevas líneas de negocio, aumentar su alcance geográfico o incrementar su cadena de suministro.