Confianz

Autor: Álvaro Mendiola

  • Cuánto vale tu empresa

    La pregunta del millón: “¿Cuánto vale mi empresa?” Muchos creen que la respuesta es simple. «Mi empresa factura 10M€, así que debe valer al menos 15M€». Pero, en fusiones y adquisiciones (M&A), el valor de una empresa es mucho más que una simple multiplicación.

    Métodos más comunes para valorar una empresa

    No existe una fórmula mágica para calcular el valor de una empresa, pero sí hay métodos que ayudan a obtener una estimación más realista. Veamos los más utilizados:

    1. Múltiplo de EBITDA

    El más usado en M&A. Se multiplica el EBITDA por un coeficiente que varía según sector, crecimiento, riesgos y otros factores. En general:

    • Empresas industriales: 5x – 8x EBITDA.
    • Empresas tecnológicas: 8x – 12x EBITDA.
    • Startups en crecimiento: Puede superar 15x EBITDA.

    2. Múltiplo de ventas (EV/Ventas)

    Se usa cuando el EBITDA es volátil o negativo. Consiste en multiplicar las ventas por un factor que depende del sector:

    • Comercio minorista: 0,5x – 1,5x ventas.
    • Software SaaS: 5x – 15x ventas.
    • Industria farmacéutica: 3x – 6x ventas.

    3. Valor contable

    Se calcula restando pasivos de activos. Más usado en sectores como banca y aseguradoras, pero menos relevante en negocios con activos intangibles.

    4. Flujo de caja descontado (DCF)

    Se basa en proyectar flujos futuros y descontarlos a valor presente. Es técnicamente más preciso, pero también más sensible a cambios en supuestos de crecimiento y riesgo.

    Factores que pueden aumentar o reducir la valoración

    Independientemente del método utilizado, ciertos factores influyen en la valoración final:

     Factores que aumentan el valor

    • Crecimiento constante: Empresas con ingresos recurrentes y estabilidad son más atractivas.
    • Diversificación de clientes: No depender de pocos clientes minimiza el riesgo.
    • Barreras de entrada: Propiedad intelectual, contratos largos o ventajas competitivas pueden justificar múltiplos más altos.

     Factores que reducen el valor

    • Dependencia de pocos clientes: Si un solo cliente representa más del 30% de ingresos, el riesgo es alto.
    • Finanzas desordenadas: Falta de claridad en números genera desconfianza en compradores.
    • Problemas legales o fiscales: Litigios o deudas ocultas afectan la valoración.

    Ejemplo práctico: ¿cómo cambia la valoración según los factores?

    Supongamos dos empresas que facturan 10M€ y tienen EBITDA de 2M€:

    • Empresa A: Crecimiento estable, clientes diversificados, contrato con grandes corporaciones. Se valora a 8x EBITDA → 16M€.
    • Empresa B: Alta dependencia de un solo cliente y fluctuaciones de ingresos. Se valora a 5x EBITDA → 10M€.

    Mismo EBITDA, pero distinto valor. La diferencia está en la percepción de riesgo y sostenibilidad.

    La negociación: clave para el precio final

    El valor teórico es solo un punto de partida. En la práctica, la negociación y la percepción de los compradores influyen enormemente en el precio final.

    Algunos puntos clave en la negociación:

    • Due diligence: La revisión financiera, legal y operativa puede descubrir riesgos ocultos y ajustar el precio.
    • Sinergias: Si el comprador ve oportunidades de reducir costos o mejorar ingresos, podría pagar más.
    • Competencia entre compradores: Si hay varios interesados, el precio sube.

     

    Saber cuánto vale tu empresa es solo el primer paso. Vender en las mejores condiciones requiere estrategia, negociación y un socio que conozca el mercado.

    Si estás considerando vender tu empresa o simplemente quieres conocer su valor real en el mercado actual, contáctanos. Nuestro equipo de expertos te guiará en cada paso del proceso.

  • The evolution of the insolvency system in Spain

    In recent years, the insolvency system in Spain has undergone significant changes that seek to adapt. In 2023, 21,298 insolvency proceedings were registered, and this year a significant increase is expected, reaching 33,623 insolvency proceedings, according to data from the General Council of Economists. This increase represents a 25% increase in corporate insolvencies and a 75% increase in individual insolvencies. These figures highlight not only the current economic challenges, but also the urgency of modernising and strengthening the system to ensure a safer and more dynamic environment.

    Bankruptcy proceedings and the situation of micro-enterprises

    In Spain, 81.5% of insolvencies are «insolvencies without mass», i.e. they lack sufficient assets to cover the costs of the process. i.e. they lack sufficient assets to cover the costs of the process. In these cases, the figure of the insolvency administrator is not mandatory, unless it is requested by a creditor, which is rarely the case. This situation raises doubts about the effectiveness of the proceedings in ensuring fairness and legal certainty for all parties involved.

    The electronic procedure for micro-enterprises, an innovation designed to streamline these processes, has had a low take-up. This could be due to technical barriers, lack of knowledge or lack of confidence in its effectiveness. Given that microenterprises represent a fundamental part of the Spanish business fabric, it is crucial to promote and facilitate access to these procedures, ensuring greater equity and efficiency.

    An added challenge is the lack of updating of insolvency administrators’ fees, which have not been adjusted to the CPI for 20 years. This not only discourages new professionals from entering the sector, but has also led to a decrease in the number of active administrators. This aspect is key to the sustainability of the system and deserves priority attention in future reforms.

    Restructuring plans

    Restructuring plans have been one of the great bets of the Consolidated Text of the Insolvency Act. This pre-bankruptcy tool allows companies to renegotiate their debts and avoid insolvency. Although its use is growing, it is still limited, especially among small and medium-sized enterprises (SMEs).

    Restructuring plans not only benefit companies by allowing them to maintain their operational activity, but also have a positive impact on the economy by reducing unemployment rates and maintaining growth assets. However, for this tool to serve its purpose, it is necessary to simplify the associated processes and to increase outreach to companies that could benefit from it.

    The future of the insolvency system in Spain

    The insolvency system must evolve to adapt to the new economic and social challenges. One of the fundamental pillars is the professionalisation of insolvency administrators. Ensuring that these professionals have continuous training in legal, economic and management areas is essential to ensure transparent and efficient processes.

    In addition, the new Insolvency Administration Regulation is expected to introduce significant improvements. This text could address issues such as the updating of fees, the regulation of access to the profession and the more efficient management of resources in insolvency proceedings. The possibility of converting insolvency administration firms into professional partnerships is also being considered, which could improve the quality and efficiency of case management.

    An opportunity to build a stronger system

    The increase in insolvency proceedings is a reflection of the current economic challenges, but it also presents an opportunity to improve the insolvency system in Spain. Tools such as restructuring plans, the digitalisation of processes and the professionalisation of insolvency administrators can make a big difference in the way companies deal with insolvency situations.

    At Confianz, we work to offer customised solutions to help companies overcome these challenges. From advising on restructuring plans to the comprehensive management of bankruptcy proceedings, we are committed to protecting our clients’ assets and ensuring their business continuity.

  • La evolución del sistema concursal en España

    En los últimos años, el sistema concursal en España ha experimentado cambios significativos que buscan adaptarse. En 2023, se registraron 21.298 concursos de acreedores , y para este año se espera un aumento significativo, alcanzando los 33.623 concursos , según datos del Consejo General de Economistas. Este incremento representa un 25% más en concursos empresariales y un 75% en los individuales . Estas cifras evidencian no solo los retos económicos actuales, sino también la urgencia de modernizar y fortalecer el sistema para garantizar un entorno más seguro y dinámico.

    Concursos empresariales y la situación de las microempresas

    En España, el 81,5% de los concursos de acreedores son «concursos sin masa» , es decir, carecen de activos suficientes para cubrir los costes del proceso. En estos casos, la figura del administrador concursal no es obligatoria, a menos que sea solicitada por un acreedor, algo que rara vez ocurre. Esta situación plantea dudas sobre la efectividad de los procedimientos en garantizar justicia y seguridad jurídica para todas las partes implicadas.

    El procedimiento electrónico para microempresas, una innovación diseñada para agilizar estos procesos, ha tenido una baja adopción . Esto podría deberse a barreras técnicas, desconocimiento o falta de confianza en su eficacia. Dado que las microempresas representan una parte fundamental del tejido empresarial español, es crucial promover y facilitar el acceso a estos procedimientos , garantizando una mayor equidad y eficiencia.

    Un desafío agregado es la falta de actualización en los honorarios de los administradores concursales, que llevan 20 años sin ajustarse al IPC . Esto no solo desincentiva la entrada de nuevos profesionales al sector, sino que también ha provocado una disminución en el número de administradores activos. Este aspecto es clave para la sostenibilidad del sistema y merece una atención prioritaria en las reformas futuras.

    Planes de reestructuración

    Los planes de reestructuración han sido una de las grandes apuestas del Texto Refundido de la Ley Concursal. Esta herramienta preconcursal permite a las empresas renegociar sus deudas y evitar la insolvencia. Aunque su uso está creciendo, sigue siendo limitado, especialmente entre las pequeñas y medianas empresas (pymes).

    Los planes de reestructuración no solo benefician a las empresas al permitirles mantener su actividad operativa , sino que también tienen un impacto positivo en la economía al reducir las tasas de desempleo y mantener los activos del crecimiento. Sin embargo, para que esta herramienta cumpla su propósito, es necesario simplificar los procesos asociados y aumentar la divulgación entre las empresas que podrían beneficiarse de ella.

    El futuro del sistema concursal en España

    El sistema concursal debe evolucionar para adaptarse a los nuevos retos económicos y sociales. Uno de los pilares fundamentales es la profesionalización de los administradores concursales . Garantizar que estos profesionales cuenten con formación continua en áreas jurídicas, económicas y de gestión es esencial para asegurar procesos transparentes y eficaces.

    Además, se espera que el nuevo Reglamento de la Administración Concursal introduzca mejoras significativas . Este texto podría abordar temas como la actualización de los honorarios, la regulación del acceso a la profesión y la gestión más eficiente de los recursos en los procedimientos concursales. También se plantea la posibilidad de convertir los despachos de administración concursal en sociedades profesionales , lo que podría mejorar la calidad y eficacia en la gestión de los casos.

    Una oportunidad para construir un sistema más sólido

    El aumento en los concursos de acreedores es un reflejo de los retos económicos actuales, pero también presenta una oportunidad para mejorar el sistema concursal en España. Herramientas como los planos de reestructuración, la digitalización de procesos y la profesionalización de los administradores concursales pueden marcar una gran diferencia en la manera en que las empresas enfrentan situaciones de insolvencia.

    En Confianz , trabajamos para ofrecer soluciones personalizadas que ayuden a las empresas a superar estos retos. Desde la asesoría en planes de reestructuración hasta la gestión integral de procesos concursales, estamos comprometidos con proteger el patrimonio de nuestros clientes y garantizar su continuidad empresarial .

     

     

  • El Tribunal Supremo equipara la dación en pago en sede concursal a la enajenación forzosa

    Una sentencia del Tribunal Supremo dictada el 21 de octubre de 2024 ha puesto fin a la numerosa jurisprudencia contradictoria que existía hasta ahora entre las diferentes audiencias provinciales Españolas sobre los efectos en los contratos de arrendamiento cuando se produce una dación en pago en el seno del procedimiento concursal.

    El Supremo ha decidido que la dación en pago, en el seno de un concurso de acreedores, se puede equiparar a una enajenación forzosa. Siempre teniendo en cuenta que se trata de una transmisión sujeta a supervisión y autorización por parte del juez del concurso tras aprobarse un plan de liquidación.

    Se amplía la interpretación de la Ley de Arrendamientos Urbanos

    En este caso una serie de inmuebles habían sido adjudicados por vía de dación en pago en el procedimiento concursal de la arrendadora propietaria. El Supremo ha confirmado que existen dos casos en los que el contrato de arrendamiento existente con el anterior propietario (posteriormente concursado), deberá quedar extinguido:

    1. Cuando estos contratos no se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad correspondiente.
    2. Cuando, además, el nuevo propietario tras la dación en pago de estos inmuebles desconozca la preexistencia de arrendatarios. Se convierte por lo tanto en  un tercero de buena fe.

    Se garantiza por lo tanto la seguridad jurídica en estos supuestos.

    El Supremo indica que el artículo 13.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos es de aplicación en este tipo de casos. Incluso a pesar de no estar comprendida la dación en pago en el listado de esta norma. Y lo hace porque, aunque este no es uno de los supuestos contemplados en la Ley, sí que es asimilable a una enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria o de una sentencia judicial.

    El fallo deja claro que, en una dación en pago en el seno de un concurso, la voluntariedad del deudor no interviene en absoluto. Nos encontramos por ende, en una enajenación forzosa. Esta resolución garantiza una estabilidad jurídica en estos supuestos, donde hasta ahora los clientes se veían abocados a tener que reconocer contratos de arrendamientos no inscritos en el Registro de la Propiedad. Todo por el simple hecho de haber adquirido el inmueble en un concurso de acreedores y no en subasta judicial.

    Conclusión sobre la dación en pago en sede concursal 

    En su resolución, el Tribunal Supremo parte de las interpretaciones del precepto ya realizadas en la jurisprudencia previa. Como las STS 577/2020 de 4 de noviembre, 109/2021 de 1 de marzo y 379/2021 de 1 de junio. En ellas ya declaró que, cuando se produce una enajenación forzosa de un inmueble cuyo arrendamiento no figura inscrito, se produce la pérdida por extinción del título que legitimaba la posesión de los ocupantes. Por tanto, el derecho del arrendador se resuelve siempre que se produzca la pérdida del derecho sobre el inmueble que permitía al propietario arrendarlo.

    El Supremo concluye por lo tanto que la dación en pago puede equipararse a la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria. Sobre todo porque se produce en el marco de un proceso universal en el que se realiza una enajenación de activos. Se reúnen, por lo tanto, los mismos requisitos implícitos en el meritado artículo 13.1 de la Ley de Arrendamiento Urbano. Esto es así porque se supone, a través de la correspondiente autorización judicial, una transmisión del derecho sobre el inmueble que permitía a su propietario arrendarlo. Así pues, los arrendamientos que no hubieran accedido al Registro de la Propiedad con anterioridad quedarán automáticamente extinguidos.

  • The Supreme Court equates dation in payment in insolvency proceedings with forced alienation

    A Supreme Court ruling handed down on 21 October 2024 has put an end to the numerous contradictory jurisprudence that existed until now between the different Spanish provincial courts on the effects on lease contracts when there is a dation in payment in the context of bankruptcy proceedings.

    The Supreme Court has decided that the dation in payment, in the context of an insolvency proceeding, can be equated to a forced disposal. Always bearing in mind that it is a transfer subject to supervision and authorisation by the insolvency judge following approval of a liquidation plan.

    The interpretation of the Law on Urban Leases is extended

    In this case a number of properties had been awarded by way of dation in payment in the bankruptcy proceedings of the landlady. The Supreme Court has confirmed that there are two cases in which the existing lease contract with the previous owner (subsequently bankrupt) must be extinguished:

    1. When these contracts are not registered in the corresponding land register.
    2. When, in addition, the new owner after the dation in payment of these properties is unaware of the pre-existence of tenants. He therefore becomes a bona fide third party.

    Legal certainty is therefore guaranteed in these cases.

    The Supreme Court indicates that article 13.1 of Law 29/1994, of 24 November, on Urban Leases is applicable in this type of case. Even though dation in lieu of payment is not included in the list of this regulation. And it does so because, although this is not one of the cases contemplated in the Law, it can be assimilated to a forced disposal derived from a mortgage foreclosure or a court ruling.

    The judgement makes it clear that, in a dation in payment in the context of insolvency proceedings, the debtor’s voluntariness does not play any part whatsoever. We are therefore dealing with a compulsory alienation. This ruling guarantees legal stability in these cases, where until now, clients were forced to recognise leases that were not registered in the Land Registry. All for the simple fact of having acquired the property in an insolvency proceeding and not in a judicial auction.

    Conclusion on dation in lieu of payment in bankruptcy proceedings 

    In its decision, the Supreme Court starts from the interpretations of the precept already made in previous case law. Such as STS 577/2020 of 4 November, 109/2021 of 1 March and 379/2021 of 1 June. In them, it has already declared that, when there is a forced alienation of a property whose lease is not registered, the loss is produced by extinction of the title that legitimised the possession of the occupants. Therefore, the lessor’s right is terminated whenever there is a loss of the right over the property that allowed the owner to lease it.

    The Supreme Court therefore concludes that the dation in payment can be equated to the forced disposal derived from a foreclosure. Especially because it takes place within the framework of a universal process in which an alienation of assets is carried out. The same requirements implicit in the aforementioned article 13.1 of the Urban Leasing Act are therefore met. This is because a transfer of the right to the property that allowed the owner to lease it is assumed by means of the corresponding judicial authorisation. Thus, leases that have not been entered into the Land Registry beforehand will be automatically extinguished.

  • En 2026 las empresas deberán comunicar los niveles salariales a toda la plantilla

    Hace ya más de un año que se aprobó la Directiva 2023/970 del Parlamento Europeo conocida como Ley de Transparencia Salarial de la UE, que tiene como objetivo reforzar el principio de igualdad de retribución entre mujeres y hombres, eliminar la brecha de género y garantizar que las empresas ofrezcan igual salario por un mismo puesto de trabajo o actividad de igual valor. Se acerca por lo tanto el momento de implementar esta normativa por parte de las empresas. A partir del 7 de junio de 2026 será obligatorio proporcionar información salarial previa en las ofertas de empleo y comunicar los salarios y explicar los criterios usados para determinar los niveles salariales. Además, las compañías deberán tomar medidas cuando detecten una diferencia salarial significativa.

    Nuevas normas en los procesos de selección de personal

    En los procesos de selección:

    • Las empresas no podrán preguntar a las personas candidatas por sus sueldos actuales o anteriores.
    • Los candidatos tendrán derecho a conocer la retribución inicial o la banda retributiva para el puesto al que postula antes de realizar la entrevista. Ya no bastará con remitir al convenio colectivo correspondiente.

    Transparencia en los niveles salariales y criterios de retribución

    Las empresas tendrán la obligación de poner a disposición de su plantilla los criterios utilizados para determinar la retribución de cada trabajador, así como los niveles salariales y la progresión retributiva.

    Además, cada trabajador podrá solicitar su nivel retributivo individual y los niveles retributivos medios, que la empresa deberá facilitar desglosados por sexo para las categorías de personas trabajadoras que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor.

    Obligaciones adicionales para las empresas con más de 100 trabajadores

    Las empresas cuya plantilla esté formada por más de 100 personas trabajadoras deberán, previa consulta con la representación de los trabajadores, comunicar a la autoridad competente información concreta sobre su brecha salarial. La periodicidad de esta obligación varía en función del tamaño de la plantilla. Las compañías con entre 100 y 249 trabajadores deberán hacerlo cada 3 años. Por su parte, las empresas con más de 250 personas trabajadoras deberán actualizar la información de forma anual.

    Las empresas con una brecha salarial de un 5% tendrán que tomar medidas

    El objetivo último de la UE es fijar la brecha salarial en un máximo del 5%, cuando la media europea actual es del 13%. Por este motivo, la normativa va más allá de obligar a la transparencia en la información salarial para imponer medidas correctoras. Las empresas con una brecha salarial de un 5% o más deberán realizar junto a los representantes de los trabajadores una evaluación retributiva con el objetivo de subsanar esa diferencia injustificada. Tendrán para ello un plazo máximo de seis meses.

    Los trabajadores que sufran discriminación retributiva por razón de género podrán recibir una indemnización. La Directiva prevé tambén sanciones para las empresas en las que exista discriminación salarial. En función de la gravedad de los hechos, las multas oscilarán entre los 626 y los 225.018€.

    Conclusión

    La implantación de la Ley de Transparencia Salarial supone un cambio importante a nivel legal para las empresas. Hasta ahora, la carga de la prueba recae sobre la persona trabajadora, que es quien tiene que demostrar si sufre una discriminación salarial. Por el contrario, a partir del año que viene, será obligación del empleador demostrar que no ha infringido las normas de la UE en materia de igualdad salarial y transparencia retributiva.

    Esta Directiva, todavía pendiente de transposición a la legislación española, supone riesgos significativos para las empresas, como un aumento general de los sueldos o un menor margen de negociación salarial. El equipo de asesores en materia de Derecho Laboral de Confianz podemos ayudarte a cumplir con la nueva normativa minimizando las consecuencias negativas. 

  • By 2026 companies will have to communicate salary levels to all employees

    It has been more than a year since the European Parliament’s Directive 2023/970 known as the EU Pay Transparency Act was passed, which aims to reinforce the principle of equal pay for women and men, eliminate the gender gap and ensure that companies offer equal pay for equal work or work of equal value. The time is therefore approaching for companies to implement this regulation. From 7 June 2026, it will be mandatory to provide prior salary information in job advertisements and to communicate salaries and explain the criteria used to determine salary levels. In addition, companies will have to take action when they detect a significant pay gap.

    New rules for recruitment processes

    In selection processes:

    • Employers may not ask applicants about their current or previous salaries.
    • Candidates will have the right to know the starting salary or pay band for the position for which they are applying before the interview. It will no longer be sufficient to refer to the relevant collective agreement.

    Transparency in salary levels and remuneration criteria

    Companies are obliged to make available to their staff the criteria used to determine the remuneration of each employee, as well as the salary levels and pay progression.

    In addition, each worker may request his or her individual pay level and average pay levels, which the company shall provide broken down by sex for categories of workers performing the same work or work of equal value.

    Additional obligations for companies with more than 100 employees

    Companies with a workforce of more than 100 employees must, after consultation with employee representation, communicate to the competent authority specific information on their pay gap. The periodicity of this obligation varies according to the size of the workforce. Companies with between 100 and 249 employees must do so every 3 years. Companies with more than 250 employees must update the information on an annual basis.

    Companies with a 5% wage gap will have to take action

    The EU’s ultimate goal is to fix the pay gap at a maximum of 5%, while the current European average is 13%. For this reason, the regulation goes further than just requiring transparency in wage information to impose corrective measures. Companies with a pay gap of 5% or more will have to carry out a pay assessment together with workers’ representatives with the aim of closing this unjustified gap. They will have a maximum period of six months to do so.

    Workers who suffer pay discrimination on grounds of gender may receive compensation. The Directive also provides for penalties for companies where there is pay discrimination. Depending on the seriousness of the offence, fines range from €626 to €225,018.

    Conclusion

    The implementation of the Pay Transparency Act represents an important legal change for companies. Until now, the burden of proof has been on the employee to prove that he or she is suffering from pay discrimination. From next year onwards, however, it will be the employer’s obligation to prove that he or she has not violated EU rules on equal pay and pay transparency.

    This Directive, still pending transposition into Spanish law, entails significant risks for companies, such as a general increase in salaries or less room for wage negotiation. Confianz’s team of labour law advisors can help you comply with the new regulations while minimising the negative consequences.

  • M&A forecasts: exit pressure grows

    The first half of the year has not been as good as forecasts expected, but macroeconomic factors augur a recovery of the M&A market by the end of 2024, despite the current uncertainty.

    Exit pressure is growing because the more time passes with a reduced number of M&A deals, the more the need for these deals grows. There is pent-up demand, especially from private equity funds. In addition, companies are turning to deals to accelerate growth and reinvent themselves in a time of change and dynamic environment: artificial intelligence is revolutionising business models across the board. CEOs’ desire to drive growth for their companies in a low-growth economy where organic growth is not easy also creates M&A opportunities.

    Private equity funds have their sales portfolios full

    According to PitchBook data, private equity firms had more than 27,000 portfolio companies worldwide at the beginning of 2024. Many private equity firms are in the process of raising funds and have some urgency to sell.

    Uncertain environment forces continous adaptation

    Today’s macroeconomic, geopolitical and technological factors create a disruptive and complex environment that forces companies to continuously innovate and reinvent themselves. In this situation, M&A is the ideal strategy to acquire new capabilities, talent and technology or to divest non-core assets.

    AI is here and it will change almost everything

    The impact of generative AI is already beginning to be significant in business and society. And in the near future, it will generate huge cost efficiencies, create new sources of revenue, improve the value proposition… Forecasts suggest that this is another factor that will require companies to re-evaluate their business models, their strategies, their markets…

    Organic growth forecast to stagnate

    The macroeconomic environment makes it increasingly difficult for companies to grow organically. Many will have to resort to M&A to achieve inorganic revenue growth.

    M&A forecasts: sectors that will be most active in the market 

    • The move towards electromobility will generate M&A deals between automotive manufacturers and the technology sector or the mining of materials essential for battery production.
    • Some of the pharmaceutical industry‘s most important patents will expire in the coming years. Companies in the sector will use M&A to acquire biotech companies.
    • Energy companies in renewables and also in fossil fuel production, seeking to gain efficiency gains through size and access to new oil and gas reserves.
    • Again, the technology sector will see major deals between companies in AI, cybersecurity, cloud storage…

    Conclusion

    None of the macroeconomic factors mentioned in this article will disappear in the short term. So the big question is not whether M&A will pick up again, the question is when. And we have reason to believe that it will be in the coming months.

    Because at Confianz we are already detecting an upturn in activity among sellers. Many are preparing for sale, developing business plans and conducting sales due diligence. Our forecast is that more quality assets and businesses will come to market in the coming months.

  • Previsiones M&A: la presión de salida crece

    La primera mitad del año no ha sido tan buena como esperaban las previsiones, pero los factores macroeconómicos auguran una recuperación del mercado M&A para el final de 2024, pese a la incertidumbre del momento. 

    La presión de salida crece porque, contra más tiempo pasa con un número reducido de operaciones M&A, más crece la necesidad de realizar estas operaciones. Existe una demanda acumulada, especialmente de los fondos de capital privado. Además, las empresas están recurriendo a operaciones para acelerar el crecimiento y reinventarse en un momento de cambio y entorno dinámico: la inteligencia artificial está revolucionando los modelos de negocio de forma transversal. El deseo de los CEO de impulsar el crecimiento de sus empresas en una economía de bajo crecimiento en el que no es fácil el crecimiento orgánico también genera oportunidades de M&A. 

    Los fondos de private equity tienen sus carteras de venta llenas

    Según datos de PitchBook, a principios de 2024 las firmas de capital privado tenían más de 27.000 compañías en cartera en todo el mundo. Muchas firmas de private equity se encuentran en proceso de captación de fondos y tienen cierta urgencia por vender.

    El entorno incierto obliga a una adaptación continua

    Los actuales factores macroeconómicos, geopolíticos y tecnológicos crean un entorno disruptivo y complejo que obliga a las empresas a innovar y reinventarse de forma continua. En esta situación, el M&A es la estrategia ideal para adquirir nuevas capacidades, talento y tecnología o para desinvertir en los activos no esenciales.

    La IA ya está aquí y va a cambiarlo casi todo

    El impacto de la IA generativa ya empieza a ser significativo en las empresas y la sociedad. Y en los próximos tiempos permitirá generar enormes eficiencias de costes, crear nuevas fuentes de ingresos, mejorar la propuesta de valor… Las previsiones apuntan a que este es otro factor que exigirá a las empresas a reevaluar sus modelos de negocio, sus estrategias, sus mercados…

    Las previsiones apuntan a un estancamiento del crecimiento orgánico

    El entorno macroeconómico dificulta cada vez más el crecimiento orgánico de las empresas. Muchas tendrán que recurrir al M&A para lograr un crecimiento inorgánico de sus ingresos.

    Previsiones M&A: sectores que serán más activos en el mercado 

    • El avance hacia la electromovilidad generará operaciones de M&A entre los fabricantes del sector de la automoción y el sector de la tecnología o la minería de materiales imprescindibles para la producción de baterías.
    • En los próximos años caducarán algunas de las patentes más importantes de la industria farmacéutica. Las empresas del sector recurrirán al M&A para adquirir empresas de biotecnología.
    • Compañías de energía del ámbito de las renovables y también de la producción de combustibles fósiles, que buscan ganar una mayor eficiencia a través del tamaño y tener acceso a nuevas reservas de gas y petróleo.
    • De nuevo hay que mencionar el sector tecnológico, que vivirá importantes operaciones entre empresas de IA, ciberseguridad, almacenamiento en la nube…

    Conclusión

    Ninguno de los factores macroeconómicos que mencionamos en este artículo desaparecerá en el corto plazo. Por lo tanto, la gran pregunta no es si las fusiones y adquisiciones volverán a reactivarse, la cuestión es cuándo lo harán. Y tenemos motivos para pensar que será en los próximos meses. 

    Porque en Confianz ya estamos detectando un repunte de la actividad entre los vendedores. Muchos están preparándose para la venta, desarrollando planes de negocio y llevando a cabo due diligence de venta. Nuestra previsión es que en los próximos meses saldrán al mercado más activos y negocios de calidad.

  • The foreign direct investment (FDI) regime in M&A transactions

    The foreign direct investment (FDI) regime is essential in the context of mergers and acquisitions because it creates control and cooperation mechanisms between EU Member States. The recent Royal Decree 571/2023 creates a new regulatory framework for foreign investments in Spanish companies. Therefore, it has a determining weight in M&A operations.

    What is foreing direct investment?

    A foreign direct investment is an investment of any kind by a foreign investor for the purpose of creating or maintaining lasting and direct links between the foreign investor and the company to which the funds are allocated for the exercise of an economic activity in Spain. Also included in this classification are investments that allow an effective participation in the management or control of a company.

    Royal Drecree 571/2023 on foreign investments

    Royal Decree 571/2023 of 4 July on foreign investment, which came into force on 1 September 2023, has modified and developed the foreign direct investment (FDI) regime in Spain. These are some of its new features:

    Reduces the resolution period

    The time limit for deciding on applications for authorisation is reduced from 6 to 3 months.

    Creates a new system of exemptions

    It introduces new transactions exempt from the prior authorisation regime. Exceptions are made for investments of foreign origin in companies in strategic sectors whose turnover does not exceed 5,000,000 euros in the last financial year for which accounts have been closed.

    Sets out investor profiles subject to ahthorisation

    It delimits the activities included in certain strategic sectors subject to authorisation in the case of foreign direct investment. For example, inputs provided by companies that develop and modify software used in the operation of critical infrastructure in sectors such as energy or telecommunications and inputs that are indispensable and non-substitutable to ensure the integrity, security or continuity of activities affecting critical infrastructure are now considered essential. For example, water supply, energy, strategic raw materials, health services, food safety, financial and taxation systems…

    Authorisation is also required, irrespective of the sector in which they invest, for all non-EU resident investors or those residents whose beneficial ownership is held by a non-resident, when they acquire a holding equal to or greater than 10% of the capital of a Spanish company or, when they acquire control of all or part of it in accordance with the criteria established in Article 7 of the Law on the Defence of Competition, if they are in any of these three situations:

    1. It is controlled by the government of a third country.
    2. It has previously intervened in sectors affecting public policy, public security or public health in another Member State.
    3. There is a serious risk that the investor engages in criminal activities affecting public safety, public order or public health.

    Implements new sanctions

    It is considered a very serious infringement to carry out a transaction without prior authorisation. As a result, the minimum fine is €30,000 and may amount to up to the economic content of the transaction.

    Conclusion

    In short, Royal Decree 571/2023 of 4 July on foreign investments significantly changes the rules of the game as far as foreign investments in M&A are concerned. If your company is facing an operation of this type, you can count on the expert advice of the Confianz team specialised in mergers and acquisitions.