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El régimen de inversión extranjera directa (FDI) en operaciones de M&A

El régimen de inversión extranjera directa (FDI) es esencial en el contexto de fusiones y adquisiciones porque crea mecanismos de control y cooperación entre los Estados miembros de la UE. El reciente Real Decreto 571/2023 crea un nuevo marco normativo para las inversiones extranjeras en las empresas españolas. Por lo tanto, tiene un peso determinante en las operaciones de M&A.

¿Qué es una inversión extranjera directa?

Una inversión extranjera directa es una inversión de cualquier tipo por parte de un inversor extranjero con el objetivo de crear o mantener vínculos duraderos y directos entre el inversor extranjero y la empresa a los que se destinen los fondos para el ejercicio de una actividad económica en España. También se incluyen en esta clasificación las inversiones que permitan una participación efectiva en la gestión o el control de una empresa.

Real Decreto 571/2023 sobre inversiones exteriores

El Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores, que entró en vigor el pasado 1 de septiembre de 2023, ha modificado y desarrollado el régimen de inversiones extranjeras directas (FDI) en España. Estas son algunas de sus novedades:

Reduce el plazo de resolución

El plazo de resolución de las solicitudes de autorización se reduce de 6 a 3 meses.

Crea un nuevo sistema de exenciones

Introduce nuevas operaciones exentas del régimen de autorización previa. En esta situación se encuentran, con excepciones, las inversiones de origen extranjero en empresas de sectores estratégicos cuya cifra de negocios no supere los 5.000.000 de euros en el último ejercicio contable cerrado.

Fija unos perfiles de inversor sujetos a la obtención de una autorización

Delimita las actividades incluidas en determinados sectores estratégicos sujetos a autorización en caso de inversión extranjera directa. Por ejemplo, pasan a tener la consideración de fundamentales los insumos provistos por las compañías que desarrollan y modifican software empleado en la operación de infraestructuras críticas en sectores como el energético o el de telecomunicaciones y los insumos indispensables y no sustituibles para garantizar la integridad, seguridad o continuidad de las actividades que afecten a las infraestructuras críticas. Por ejemplo, el suministro de agua, la energía, las materias primas estratégicas, los servicios sanitarios, la seguridad alimentaria, el sistema financiero y tributario…

También están obligados a obtener autorización, con independencia del sector en el que inviertan, todos los inversores no residentes en la UE o aquellos residentes cuya titularidad real corresponda a un no residente, cuando pase a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital de una sociedad española o, cuando adquiera el control de la totalidad o de una parte de ella de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 7 de la Ley de Defensa de la Competencia, si se encuentra en alguno de estas tres situaciones:

            1. Está controlado por el gobierno de un tercer país.
            2. Ha intervenido anteriormente en sectores que afectan al orden público, la seguridad pública o la salud pública de otro Estado miembro.
            3. Existe un riesgo grave de que el inversor ejerza actividades delictivas que afecten a la seguridad pública, orden público o salud pública.

Implanta nuevas sanciones

Considera una infracción muy grave realizar una operación sin autorización previa. Como consecuencia, la multa mínima es de 30.000€ y podrá ascender hasta el contenido económico de la operación.

Conclusión

En definitiva, el Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores cambia significativamente las normas del juego en lo que a las inversiones extranjeras en M&A se refiere. Si tu empresa afronta una operación de este tipo, puedes contar con la asesoría experta del equipo de Confianz especializado en fusiones y adquisiciones.